Leasing
Definición
El contrato de leasing, también conocido como arrendamiento financiero, es una forma de financiar la compra de activos fijos de alto coste.
¿Qué es un arrendamiento?
El arrendamiento es un contrato por el cual una de las partes, el arrendador, cede el derecho a utilizar un determinado bien por un periodo de tiempo a la otra parte, el arrendatario, quien tendrá que pagar por la cesión de ese derecho de uso una cantidad fija periódicamente.
Clases de Leasing
Leasing Operativo y Renting
El leasing operativo se produce cuando un fabricante, proveedor o simple propietario, destina un bien de su propiedad para darlo en locación garantizando su calidad y funcionamiento. Formalizado el contrato, sus principales características son:
- El propietario o locador asume la obligación de conservar y mantener en buen estado de funcionamiento el bien facilitado.
- Se hace cargo de todos los gastos de reparación o reposición que no sean originados por la culpa directa del locatario.
Leasing Financiero
Es un contrato por el cual el usuario se obliga a pagar mensualidades por el uso de un bien, facilitado por el propietario durante un plazo determinado, y a cuyo término puede optar por la adquisición del mismo. Por su parte, el dador adquiere dicho bien con la intención simultánea de dar su uso y luego transferir la propiedad. Es una nueva técnica de financiación por lo que solamente puede ser prestada por entidades bancarias o instituciones financieras.
Definición de Contrato de Leasing
Es una operación de arrendamiento financiero que consiste en la adquisición de una mercancía, a petición de su cliente, por parte de una sociedad especializada. Posteriormente, dicha sociedad entrega en arrendamiento la mercancía al cliente con opción de compra al vencimiento del contrato. En este contrato el arrendador traspasa el derecho de usar el bien a cambio del pago de rentas de arrendamiento durante un plazo determinado. Al término del cual el arrendatario puede hacer tres cosas:
- Comprar el bien por un valor determinado (y bajo).
- Devolver el bien.
- Alargar el periodo de leasing.
Obligaciones del Arrendador y Arrendatario
Obligaciones del Arrendador
- Entregar el bien en buen estado.
- Recibir la renta.
Obligaciones del Arrendatario
- Pagar la renta.
- Cuidar el bien.
- No rescindir el contrato.
Ventajas y Desventajas del Leasing
Ventajas
- Nueva técnica de financiación: La asistencia crediticia tradicional tiene como limitación que el dinero a facilitarse depende del total de recursos propios y del patrimonio de la empresa que será deudora.
- Libertad de acceso a otras fuentes crediticias: No afecta las posibilidades de recurrir a otras fuentes de crédito. Mientras que los préstamos tradicionales deben reflejarse en el activo y en el pasivo del balance de la empresa tomadora, el leasing no aparece consignado en ninguno de sus rubros.
- Inexistencia de inversiones iniciales en su contratación: El tomador no hace desembolsos iniciales de envergadura. Solo abona la primera cuota pactada y los gastos de sellado, impuestos, seguros, etc.
- Eliminación de riesgos de obsolescencia: Facilita el progreso en materia de equipamiento. La empresa puede renovar sus equipos de modo más ventajoso que con los sistemas tradicionales.
- Aumento de la capacidad de producción: Favorece el crecimiento de los medios de producción, especialmente del parque de bienes de equipo y maquinaria industrial en general.
- Optimización de la productividad del capital.
- Incidencia sobre el balance impositivo: Permite imputar como gasto de explotación el importe correspondiente a los compromisos de pago periódicos contraídos.
- Movilización del capital en giro o de trabajo: Existe la regla económica que sostiene que el capital de trabajo debe rendir más que el capital inmovilizado. Este rendimiento está dado por su incidencia en las utilidades obtenidas al cierre del ejercicio.
- Simplificación del control de costos operativos.
- Flexibilidad y sencillez de operativa: La financiación a través del leasing es fácilmente adaptable a las específicas necesidades del tomador.
Desventajas
- Onerosidad en la financiación: El costo del leasing es superior respecto a otros sistemas tradicionales de financiación.
- Fluidez de las innovaciones: El desenvolvimiento del leasing tendrá lugar en la medida que su operación sea lucrativa para el dador y su costo de contratación sea razonable.
- Asunción de la depreciación técnica: El riesgo por depreciación o envejecimiento técnico y económico del bien contratado, es el más grave inconveniente que asumen las partes intervinientes.
- Inexistencia de mercado secundario: Al vencimiento del contrato, al tomador le quedan dos caminos: optar por la compra definitiva del bien o restituir el mismo renunciando al ejercicio de la mencionada opción.
Obligaciones Negociables
Definición
Cuando una empresa necesita financiar sus proyectos puede recurrir al mercado de capitales y obtener fondos a corto, mediano o largo plazo mediante la emisión de obligaciones negociables. Quienes compran estos papeles son los obligacionistas o inversores, que prestan efectivo a cambio de una tasa de interés y se convierten en acreedores de la empresa. Por su parte, la compañía se compromete a devolverles el dinero adeudado en el plazo pactado y con el interés correspondiente. A diferencia de las acciones, las obligaciones negociables son instrumentos de renta fija, ya que tienen un cronograma de pagos predefinido. Llegado el vencimiento de la obligación, la empresa cumple sus compromisos y el obligacionista deja de ser su acreedor.
Existen diversas modalidades de emisión de obligaciones negociables que se adaptan a las circunstancias y necesidades particulares de cada empresa, así como también a las exigencias del mercado. Por ello, cuando se emiten obligaciones negociables la empresa debe tener en cuenta no solo sus necesidades de fondos sino también los requerimientos de los inversores, según la proporción de riesgo e interés que se demanda en cada momento.
Una vez que los papeles fueron colocados por primera vez en el mercado, los tenedores de los mismos pueden encontrar una contraparte para venderlos, de acuerdo al precio que surge de la oferta y demanda del papel en lo que se conoce como el mercado secundario.
Ventajas
- Financiamiento a tasas de interés atractivas y plazos superiores respecto de otras alternativas de financiación.
- Diversidad de estructuración de las obligaciones negociables. Permite a la emisora diseñar la financiación de acuerdo a sus necesidades y proyecciones particulares.
- Conversión en acciones. Las obligaciones negociables pueden emitirse con la posibilidad de que el inversor pueda convertirlas en acciones, lo que evita que la emisora realice desembolsos para cancelar su deuda ya que, por el contrario, recurre a incrementos del capital.
- Programa global. La empresa puede emitir obligaciones negociables en el marco de un programa global, lo que le permite solicitar la autorización de emisión de un monto máximo que podrá completar mediante diversas series.
- Ventajas impositivas. Las emisoras de obligaciones negociables cotizantes en Bolsa tienen una exención del impuesto al valor agregado sobre la totalidad de las prestaciones relativas a la emisión, suscripción y colocación del título.
Características de las Obligaciones Negociables
Pago de Capital y Renta
El capital de las obligaciones negociables se devuelve generalmente en cuotas periódicas llamadas amortizaciones. Estos pagos pueden realizarse en forma anual, semestral o en otro plazo acorde a las necesidades del emisor. En las condiciones de emisión la empresa puede incluir algunos años de gracia, durante los cuales no realizará pagos de capital pero sí abonará los intereses. Si existe un periodo de gracia, el capital adeudado se divide entre los años restantes.
Por su parte, el pago de intereses se denomina pago de renta y también puede realizarse periódicamente. La tasa de interés que abona la obligación negociable puede ser fija, variable o mixta. Generalmente la obligación negociable tiene un cronograma de pagos de capital y renta periódico hasta su vencimiento. Sin embargo, la empresa puede preferir devolver un monto fijo al vencimiento por lo que emitirá una obligación negociable con descuento denominada cero cupón. Por su parte, las obligaciones negociables bullet son aquellas que realizan pagos de capital íntegramente al vencimiento pero pagan intereses en forma periódica.
Garantías
Las obligaciones negociables pueden contar con cláusulas particulares. En este sentido, el pago de los papeles puede estar avalado por garantías reales, fiduciarias o mediante la garantía que otorgue un tercero.
ON Convertibles
Además, las sociedades anónimas pueden emitir obligaciones que brinden al inversor la posibilidad de convertirlas en acciones de la firma según las condiciones determinadas en la emisión. Estas obligaciones combinan las necesidades de financiamiento a mediano y largo plazo con la intención de apertura futura de capital. Estas obligaciones representan para el inversor instrumentos de renta fija con beneficios adicionales derivados de posibles ganancias si el precio de las acciones de la sociedad emisora aumenta. Por su parte, la sociedad tiene la posibilidad de cancelar la deuda mediante el incremento del capital social sin desembolsos. La resolución sobre la emisión de obligaciones convertibles implica simultáneamente la decisión de aumentar el capital social en la proporción necesaria para atender los futuros pedidos de conversión.
Prospecto
Para dar conocimiento de la emisión se publica el prospecto de emisión. Se trata de un documento a disposición de los potenciales inversores que ofrece información de la empresa, tal como sus orígenes y proyecciones, y un detalle sobre la emisión en particular. En las condiciones, el prospecto debe informar todas las características del título como la forma de pago de amortización y renta, moneda de emisión, régimen impositivo y calificaciones de riesgo. Las obligaciones negociables que ofrece la empresa deberán cumplir con las condiciones que se detallan en el prospecto.
Programa Global
Las obligaciones negociables se pueden emitir en el marco de un programa global. Un programa global de emisión es el procedimiento por el cual las empresas autorizadas a la oferta pública pueden solicitar el permiso para financiar un monto global total que podrá obtenerse en varias etapas mediante la emisión de distintas series de obligaciones negociables. Al solicitar el programa global de la empresa elaborará un prospecto completo y las emisiones podrán efectuarse dentro de los cinco años contados a partir de la autorización original del programa. El programa es útil para aquellas compañías que prevén una necesidad de fondos en forma regular por un periodo o monto determinado, con el consecuente ahorro de tiempos y costos. Si bien cada serie de obligaciones negociables requiere el permiso de oferta pública de la CNV y el permiso de cotización de la Bolsa, cuando la emisión se realiza en el marco de un programa global, serán menores los pasos para autorizar cada serie y se presentará un prospecto reducido en cada emisión, con la posibilidad de realizar la colocación de las series en el momento más adecuado del mercado.
Calificación de Riesgo
La capacidad del emisor de realizar los pagos de renta y amortización de deuda se puede evaluar mediante las notas que asignan empresas calificadoras de riesgo a las emisiones de las sociedades. Actualmente no es requisito poseer una calificación de riesgo para obtener la autorización de oferta pública de obligaciones negociables pero la Superintendencia de AFIP exige a las Administradoras de Fondos de Pensión que sólo inviertan en valores de deuda que posean una calificación de riesgo mínima. Es por ello que las emisoras de obligaciones negociables, en su gran mayoría, solicitan estas calificaciones de modo tal de incluir en el universo de eventuales tenedores de sus valores a las AFIP.
Warrants
Definición
El Warrant es un título de crédito de carácter circulatorio y resulta de fundamental importancia conocer el marco regulatorio en que se desenvuelve su operatoria.
La primera ley que trató específicamente el tema fue la 928 y se dictó en 1878. Sin embargo no tuvo mayor impacto y fracasó desde sus orígenes ya que limitó notoriamente el campo de acción a los lugares donde hubiese aduanas, siendo sus funcionarios los que debían intervenir cada certificado que se emitiera observándose, además, que la operatoria recaía principalmente sobre mercaderías importadas. Por otra parte, también se requería la formalización de un protesto previo para la ejecución del documento y el pago de diversos aranceles que convirtieron toda la mecánica en inoperable y excesivamente costosa. Con posterioridad se dictó en 1914 la ley 9643.
Gran Impulsor de Crédito
La Ley 9643 que regula el Certificado de Depósito y Warrants y su Decreto Reglamentario del 31 de octubre de 1914, debe considerarse vigente, y constituye el único mecanismo jurídico en la materia que actualmente se encuentra operable. Resulta conducente la necesidad de modernizar el esquema legal, sin que ello altere su esencia, que tiene como destinatario fundamental al pequeño y mediano productor, que actúa como soporte de las denominadas economías regionales y debe resultar sencillo en su comprensión y aplicación, y permitir el uso generalizado de todos los factores que intervengan. Como corolario de este pensamiento, no debe soslayarse la importancia que tiene el warrant, que constituye un verdadero impulsor del crédito. Resultará necesario brindar toda la seguridad y transparencia que los actores exigen para su utilización. Esto contribuirá al desarrollo de toda la actividad económica.
El Warrant Hoy
El warrant es un título de crédito que permite al dueño de una mercadería darla en custodia a una empresa emisora debidamente autorizada, obteniendo a cambio la emisión de un certificado de depósito y Warrant. Mediante dicho sistema, la empresa almacenista, debidamente autorizada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, emite dos certificados: el de depósito que acredita la titularidad de la mercadería, y el warrant, que permite acceder al financiamiento dando en garantía las mercaderías depositadas. Ambos documentos pueden circular en forma autónoma, debiéndose registrar obligatoriamente el primer endoso en los libros rubricados que deben llevar las empresas autorizadas. A los fines de su negociación el warrant produce efectos durante los seis meses siguientes a la fecha de su emisión, sin perjuicio de su renovación total o parcial. Si el préstamo no fuese cancelado, el acreedor tiene expedita la acción prevista en el artículo 17 de la Ley.