Ley de procedimiento administrativo


Plazo de prescripción si tienes infracciones continuadas

Artículo 301 del texto refundido, el plazo de prescripción de las sanciones muy graves y graves es de 5 años y leves 2 años, en las infracciones derivadas de una actividad continuada, la fecha inicial del cómputo será la finalización de la actividad o la del último acto con el que la infracción se consume.

Límite de las multas de infracciones muy graves

Artículo 302 Beneficio bruto/pérdida evitada x 5, 5% de los recursos propios, 5% de los fondos utilizados, 10 % volumen de negocio, 5.000.000 de euros. Y Las graves únicamente (art. 303) Beneficio bruto x 3, 2% recuros propios, 2% fondos utilizados y 300.000 euros.

Criterios para la graduación para imposición de sanciones de las sanciones

Estos criterios están recogidos en el artículo 310 del texto refundido, y pueden ser generales qué hacen referencia al grado de culpabilidad, intencionalidad, continuidad o persistencia, perjuicios y reincidencia. Pero también puede ser específicos, según la naturaleza y entidad, la gravedad y persistencia del peligro ocasionado, las ganancias obtenidas, consecuencias desfavorables para el sistema financiero o la economía nacional, sí ha reparado o subsanado los daños o perjuicios causados. Estos criterios también se aplican para los cargos de administración y dirección, aplicando el grado de responsabilidad, la conducta anterior (sanciones firmes últimos 5 años), y según el carácter de representación (consejero delegado, consejero, directivo, etc) .

Qué es la vertiente material del non bís in ídem

existen prohibición de 2 acciones cuando exista una triple identidad entre ambos procedimientos: identidad subjetiva mismo sujeto pasivo, identidad fáctica mismos o inseparables hechos e identidad causal mismo fundamento punitivo o bien jurídico protegido.

(la formal es procedimiento penal preferencia, y se debe esperar a sentencia firme y se puede iniciar después)

Requisitos para que la CNMV haga inspección in situ

(art.234.4)

Medidas cautelares

Las medidas cautelares tienen como finalidad que  no  resulten  irreparables  las  consecuencias  derivadas  de  la  duración  del  proceso.  De modo  que  la  adopción  de  tales  medidas  no  puede  confundirse  con  un  enjuiciamiento  sobre  el  fondo  del  proceso.  Como  señala  la  STC  148/1993  «el  incidente  cautelar  entraña  un  juicio  de  cognición  limitada  en  el  que  el  órgano  judicial  no  debe  pronunciarse sobre las cuestiones que corresponde resolver en el proceso principal» (Cfr.  ATS de 20 de Mayo de 1993). Por consiguiente, en la pieza de medidas cautelares deben ponderarse las circunstancias que  concurren  en  cada  caso  y  los intereses  en  juego,  tanto  los  públicos  como  los  particulares en forma circunstanciada

Plazo de caducidad y en que supuestos se suspende

Es un derecho del presunto responsable, un derecho  a  un  procedimiento  sin  dilaciones  indebidas, establecimiento  de  plazo  de  caducidad y fijación de plazos para los distintos trámites del procedimiento. “la  declaración  de  caducidad  del  procedimiento no implica la prescripción ni impide el ulterior ejercicio del ius puniendi en  un nuevo procedimiento”.

Requisitos para que se dé indefensión relevante de los expedientados

Para que  se  considere  vulnerado  el  derecho  a  la  prueba,  debe  producirse  una  indefensión  material constitucionalmente relevante (jurisprudencia constitucional).

Indefensión relevante:  Se  produce  cuando  se  deniegan  de  manera  injustificada  o  no  motivada,  pruebas  pertinentes  solicitadas  debidamente, sobre cuestiones procedentes que resulten decisivas para  fundamentar un pronunciamiento frente al  expedientado.  (STS 2ª 26 de Mayo de 1992). Y siempre y cuando:

  1. La prueba se propone en tiempo y forma.
  2. Los  hechos  que  se  pretendían  probar  tenían  relevancia  o  virtualidad  exculpatoria.
  3. El medio de prueba propuesto es idóneo para acreditar los hechos.

Efectos del reconocimiento de las responsabilidades por parte de los expedientados

Ha  de  realizarse  en  las  alegaciones  al  acuerdo  de  incoación  del  procedimiento  sanciona or. En dicho acuerdo se  recoge una  fijación inicial de las sanciones a imponer  para  cada  una  de  las  infracciones,  si  bien  puede  verse  modificada  en  la  Propuesta  de  Resolución y en la Resolución final.   El reconocimiento de responsabilidad exige renunciar al recurso en vía administrativa. Se dictará Resolución aplicando una reducción del importe de las sanciones pecunias (al  menos un 20%). De otro lado, también cabe el pago voluntario, que puede realizarse a lo largo del procedimiento, en cualquier momento antes de la Resolución final, dictándose resolución y  aplicando  una  reducción  de  las  multas  (al  menos  un  20%).  Ambas reducciones son  acumulables  entre  sí,  si  se  cumplen  los  requisitos  establecidos  legalmente (artículo 85 LPAC).

Indica 3 circunstancias que pueden dar lugar a la abstención o recusación de los instructores del procedimiento sancionador.

Artículo 23 y 24 Ley 40/2015, porque los instructores tengan un interés personal, un vinculo matrimonial o similar, una amistad íntima, etc. La intervención de todas formas no implicará necesariamente invalidez de los actos

Indica el límite máximo de multa que cabe imponer al responsable de la comisión de una infracción leve tipificada en el texto refundido

Artículo 305 TRLMV, 30.000 euros


Explica brevemente el momento del procedimiento sancionador en que es posible realizar el pago voluntario de las multas, así como los efectos que esto produce

Puede realizarse a lo  largo del procedimiento, en cualquier momento antes de la Resolución final, dictándose  resolución  y  aplicando  una  reducción  de  las  multas  (al  menos  un  20%)

Indica de qué manera los instructores del procedimiento sancionador pueden acordar la apertura de un periodo prueba. Asimismo indica el plazo que se puede fijar para que se practiquen los medios probados acordados.

Pueden hacerlo de dos formas: A solicitud del expedientado , los instructores dictarán providencia motivada declarando o bien imprudencia, o bien procedencia y acordar práctica en 10-30 días. Y la segunda forma es de oficio, con providencia motivada acordando práctica en 10-30 días. (art 77 y 77 LPAC)

Explica brevemente si el Consejo de la CNMV a la hora de dictar la resolución final del procedimiento sancionador está vinculado por la propuesta de resolución formulada por los instructores

Sí esta vinculado pero esto no quita que Tras la fase de instrucción, cabe que a la vista de las alegaciones o pruebas  practicadas, se modifiquen o maticen los hechos por los que finalmente se sanciona con respecto  a  aquellos  por  los  que  se  inició  el  procedimiento,  siempre  que  exista homogeneidad y congruencia entre unos y otros y se garantice el ejercicio del derecho de defensa. La Resolución final ha de contener la oportuna motivación que lo justifique. 16.3 y 20.3 RP. STC 95/1995, 71/2005 de 4 de Abril, 247/2005 de 10 de Octubre, 266/2006 de 11 de Septiembre. 

También  puede  modificarse  la  calificación  jurídica  (tipificación)  de  los  hechos  inicialmente  realizada.  En  el  caso  de  que  el  órgano  que  resuelva  considere  que  las  infracciones  o  las  sanciones  son  de  mayor  gravedad  que  las  propuestas  por  los  Instructores,  se  debe  dar  trámite  de  alegaciones  a  los  expedientados,  por  plazo  de  15  días. (Art. 90.2 LPAC)

Explica brevemente en qué supuestos el Consejo de la CNMV puede acordar la realización de actuaciones complementarias

Indica en qué supuesto la resolución final del procedimiento se considera firme

Si no se presenta el recurso en plazo o se presenta y se inadmite o desestima, la Resolución deviene FIRME

En el caso de que tras la finalización del procedimiento se presente un recurso de alzada, explica brevemente qué ocurre si no se resuelve en el plazo por el órgano competente

El  plazo  máximo  para  dictar  y  notificar  la  resolución  será  de  tres  meses. (silencio administrativo negativo)  Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado  el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo y se dará por finalizada la vía administrativa, salvo en casos excepcionales que se puede interponer el recurso extraordinario de revisión. Plaza para interponer recurso 1 mes.

En el procedimiento contencioso administrativo indica el requisito que suele solicitarse por el Tribunal para acordar la medida cautelar consistente en la suspensión de la ejecución de las multas impuestas

Es  posible  solicitarla en vía administrativa cuando se vaya interponer recurso contencioso, y también  en  el  procedimiento  Contencioso‐Administrativo,  como  medida  cautelar.  En  el  caso  de  solicitarse  la  suspensión  de  la  ejecución  de  las  sanciones  pecuniarias  (multas),  el  Tribunal  exige  que  se  constituya  caución  o  garantía  suficiente  (aval bancario o similar) art.129 LJCA.

Explica brevemente el contenido del auto judicial por el que se acuerda admitir el recurso de casación presentado ante el Tribunal Supremo

Auto de admisión, 1º admitir recurso 2º declarar porque tiene interés casacional 3º identificar las normas jurídicas objeto de inter 4º Publicar el auto en la página web 5º comunicar a la sala de instancia 6º remitir las actuaciones a la sala tercera.

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