TEMA 11. Normas internas: Estatuto del Personal Profesional
EL articulo 18 del estatuto del consorcio establece que el Reglamento de Régimen Interno determinará la estructura y funciones de las unidades en que se organice en Consorcio. Por este motivo el 10 de Mayo de 2001 se publica en el Boletín Oficial de la Regíón de Murcia, el texto íntegro del Estatuto del Personal Profesional del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Murcia,en el que se recogen las publicándose las modificaciones aprobadas con anterioridad, publicándose las modificaciones posteriores en el BORM del 16 de Septiembre de 2002. El Estatuto está compuesto por un preámbulo y una exposición de motivos, 58 artículos recogidos en un único Capítulo denominado Personal y Organización, con 5 Títulos, 3 disposiciones transitorias y una disposición final, todo ello referido al personal y organización del Consorcio.
TÍTULO PRIMERO. Organización y clasificación del personal. Artículo 1
El personal bombero del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encuentra funcionalmente regulado su carácter por los Estatutos del Consorcio y Sometido, en su régimen jurídico a lo en estos dispuesto, y Suplețoriamente a la de los funcionarios y trabajadores de la Administración Local. El Consorcio podrá contratar personal laboral para realizar trabajos de carácter, estacional, eventual o para suplencias excepto para personal bombero en cualquiera de sus categorías. El personal del Consorcio que se estructura para el mejor cumplimiento de sus funciones de formajerárquica,tienecaráctercivil y dadas laspeculiaridades de su misión, todo el personal del mismo cumplirá puntual y exactamente los servicios que tengan encomendados según las órdenes que reciban de los mandos del Consorcio. Todos los trabajadores del Consorcio se agruparán en dos escalas, la Administrativa y la Técnica-Operativa, encontrándose al frente de ambos y como Jefe de todo el personal del Consorcio el Gerente. Al frente de la escala administrativa se encontrará el Secretario-Interventor del Consorcio. En ella existe: responsable de contabilidad, técnico-de gestión, administrativos, auxiliares administrativos y subalterno. La escala técnico-operativa dispondrá de los puestos por orden jerárquico de Director Técnico de servicios, Jefe del Área Técnico Operativa, Jefe de Sección de Formación y Prevención, Jefe de Sección Operativa, Jefe de Sección Técnica, Coordinador 1-1-2, Suboficiales en Su caso, Sargentos, Cabos, Bomberos-Conductores y Bomberos Especialistas. Al frente de la Sección Técnica estará el Jefe de la Sección y, a continuación y dependiente de este, el Jefe de Taller y posteriormente los Oficiales Mecánico. El personal del Consorcio podrá ser: Funcionario. O contratado, fijo o temporal. El régimen jurídico del Consorcio será: Para los funcionarios, el establecido en el acuerdoMarco del Consorcio. Para el personal laboral, el establecido en el Convenio Colectivo del personal laboral del Consorcio; sometido supletoriamente al Estatuto de los Trabajadores.
TÍTULO SEGUNDO
De los ingresos y ascensos Artículos del 2 al 4. El ingreso en el Consorcio se verificará de acuerdo con los principios de mérito y capacidad mediante convocatoria publica, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, de las pruebas selectiva y que se establezcan y posterior curso de formación y selección que puedan exigirse. Las referidas pruebas serán de carácter teórico práctico, debiendo acreditarse aquellas cualidades físicas, intelectuales y profesionales que exigen las peculiares misiones del servicio de bomberos. Como condiciones especificas para concurrir a las pruebas selectivas se exigirán: Primero. El ingreso en la Escala Operativa lo será siempre en la categoría de Bombero, mediante oposición y posterior curso de formación que pueda establecerse. Segundo. Ser mayor de edad y estar en posesión del permiso de conducir tipo C. Tercero.Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente, actualmente se exige el permiso de conducir C+E y el titulo de Bachillerato. Cuarto. No deberá constar en el expediente personal nota desfavorable Superior a apercibimiento.
El Cese en la relación funcionarial o laboral se producirá por las causas y en las condiciones que determine la legislación vigente. En cuanto a los ascensos, tendrán derecho a concurrir a la convocatoria todos los miembros del Cuerpo:
TÍTULO TERCERO. FUNCIONES
Este título establece que en su artículo 11 que el Área Operativa queda estructurada en 6 zonas, encontrándose actualmente los parques zonales de Molina del Segura, Cieza, Caravaca, Lorca, Mar Menor y Yecla, y los Parques Locales de Alcantarilla, Abanilla. Mula, Águilas, Alhama, Mazarrón, La Manga, Jumilla, así como Unidades de Primera Intervención como en Fortuna o Beniel entre otras ó en San Pedro. En este título también se contemplan las funciones de todo el personal de la escala técnico operativa, distinguíéndose.
El Director Técnico de Servicios:
funciones: -La supervisión del Área Técnica-Operativa en sus aspectos de carácter técnico. Así como el control y mando de cualquier servicios técnicos-operativos.
Jefe de Área Técnico-Operativa
Este se responsabilizará de la supervisión, control y propuesta de funcionamiento de cuales quiera Servicios del área. Y se responsaollza de los recursos humanos y materiales del C.E.I.S. Y su actualización entre otras funciones. Jefe de Sección de Prevención y Formación.
Le corresponde: la Inspección y el perfecto mantenimiento de materiales e instalaciones en todos los centros y unidades del Consorcio. Realización de proyectos técnicos.
Jefe de Sección operativa
Le corresponde: La supervisión control de las prácticas formativas periódicas, Y se responsabilizará del control y propuesta de mejora de funcionamiento de los servicios adscritos a su sección.
Jefe de la Sección Técnica
Se responsabiliza del mantenimiento del material del servicio, y su limpieza y puesta a punto, en la forma, tiempo y condiciones que permita su utilización en cualquier momento. Es el Jefe del Almacén y Talleres etc.
Coordinador de bomberos 1-1-2
Realizará las labores de coordinación en el Centro 1-1-2 en área técnico-operatiya. Y asegurar la coordinación de los medios operativos en los planes de siniestros o/y catástrofes entre otras funciones.
Suboficiales
Le corresponde: Supervisa las dependencias y servicios a su cargo, cuidando del buen orden, limpieza y funcionamiento, estableciendo, las medidas correctoras necesaria. Emitir informe de las misíones cumplidas, de los medios utilizados y de las disponibilidades existentes.
Sargento llevará a cabo la Jefatura del Parque en tanto no exista otro mando de categoría superior. Será el responsable de la organización del Parque, en tanto ostente la Jefatura de éste. Será el responsable de la instrucción teórica y práctica en el Parque.
Cabo:
Le corresponde: Vigilar que el personal a su cargo realice las prácticas de gimnasia y maniobras, así como la instrucción y enseñanza teórica y práctica. Dirigir y realizar el ataque a los siniestros en la forma más rápida posible, en perfecta coordinación con los bomberos a su mando etc:
Funciones del bombero conductor especialista
Efectuar el ataque a los siniestros, en la forma más rápida y segura posible. Conocer las carreteras y accesos a los distintos núcleos urbanos o masas forestales de su Zona así como identificar la situación de los hidrantes en la vía pública u otras fuentes de abastecimiento. Revisar el vehículo que tenga asignado, después de cada actuación. Realizar las tareas de limpieza, acondicionamiento y mantenimiento preventivo de los vehículos a su cargo.
Funciones comunes de todo elpersonal
Propone cuantas mejoras estime convenientes para el Servicio.
TÍTULO CUARTO
Principios Generales del mando, órdenes, partes y comunicaciones. Artículos del 18 al 43. Todo el personal del Consorcio está obligado a cumplir las órdenes que reciba de sus superiores en asuntos relacionados con el servicio debiendo los mandos procurar que el personal a sus órdenes obre con plena libertad e iniciativa dentro del circulo de sus respectivas atribuciones. El personal con mando asumirá el puesto de mayor responsabilidad y las órdenes serán dadas única y exclusivamente por los mandos naturales del Consorcio, De las órdenes.
Se entiende por orden aquella prescripción imperativa que, dada para ser Cumplida, es el medio para el logro de los fines del Consorcio. Las órdenes pueden ser: Verbales o escritas, Generales o particulares, según si afecta a todo el colectivo o determinadas fracciones. Y ordinarias o extraordinarias, según su periodicidad. La orden escrita de carácter general y ordinaria se denominará orden del servicio. La orden del servicio se entenderá conocida por todo el personal. Las órdenes particulares podrán emanar de la dirección del servicio.
Partes y comunicaciones
El artículo 31 establece que el parte es la comunicación que se dirige a un superior para poner en su conocimiento las novedades habidas o cualquier hecho o situacton que concierna al servicio. Se puede distinguir: Partes ordinarios, si no exigen urgencia. Partes extraordinarios si exigen una decisión urgente. Partes verbales o escritos de los mandos responsables de la guardia hacia suS Superiores sobre novedades. El parte de relevo que el mando elavora al iniciarse el turno de guardia, y en el que reséña todas las novedades que se encuentre al iniciar su senvicio. Parte de avería de los vehículos. De los accidentes o colisiones que sufra el vehículo.
TÍTULO QUINTO
Uniformidad y Vestuario. Artículos del 44 al 58. El úso del uniforme es una necesidad real y práctica, en especial en la escala operativa dadas las misiones y servicios del cuerpo de bomberos. Existirá un uniforme de trabajo o de parque, y otro de ataque al fuego; además, podrá existir uniforme de gala o de paseo, lgualmente se dispondrá lo necesario respecto de la uniformidad de verano y de invierno. Previa autorización de la dirección y con motivo justificado, los miembros del cuerpo podrán vestila uniformidad en actos o en momentos ajenos al servicio. Se establece que el aseo personal es indispensable de la correcta uniformidad.
Normas sobre cortesía.
El trato entre los mismbros del cuerpo debe ser en todo momento digno y cortes basándose en el respeto recíproco y auténtico compañerismo. El respeto y la corrección, la prudencia y la discreción, son las normas básicas que habrán de seguir todos los miembros del cuerpo en sus relaciones con las autoridades agenas a éste.
Normas relativas a los turnos de quardia y al funcionamiento del parque
El Parque estará bajo la dirección, supervisión y control del Jefe de Guadia. Las guardias se realizan desde las 8 horas hasta las 8 horas del día siguiente. Dentro del Parque, todo el personal del Servicio deberá estar preparado para salir en cualquier momento a prestar las labores propias de su clase.
Premios y Honores
La ejemplar conducta en el Servicio podrá ser premiada con las recompęnsas que se estimen pertinentes por la Autoridad y que pudieran éstablecerse, pudiendo valorarse para los ascensos.