Los Servicios Sociales y la Ley de Dependencia en España


Grados de Dependencia

Existen tres grados distintos de dependencia:

  1. Grado I Dependencia Moderada: Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día, o tienen necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
  2. Grado II Dependencia Severa: Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, dos o tres veces al día, pero no quieren el apoyo permanente de unos cuidados o tienen necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
  3. Grado III Gran Dependencia: Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y por su pérdida total de autonomía necesitan el apoyo indispensable y continuo de otra persona, o tienen necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

En cada uno de estos grados habrá dos niveles, según su autonomía e intensidad del cuidado que requieran.

Programa Individual de Atención

El Programa Individual de Atención se realizará en el proceso de reconocimiento de la situación de dependencia y determinará qué servicios y/o prestaciones son más adecuados para cada persona dependiente. Además, tendrá en cuenta, por un lado, el grado y nivel de dependencia que la resolución haya establecido, y, por otro lado, la opinión del propio usuario, o en su caso, la de la familia o entidades tutelares, sobre las posibles alternativas de intervención.

Financiación del Sistema de Atención a la Dependencia (SAAD)

El SAAD se financia a través de:

  • Administración General del Estado (nivel mínimo)
  • Comunidades Autónomas (al menos igual que la administración general del Estado)
  • Usuarios (según su capacidad económica)

Cambios debido a la Reforma de la Ley de Dependencia: Real Decreto Ley 20/2012 del 13 de Julio

  • Se rebaja un 15% las prestaciones económicas a los cuidadores familiares.
  • Los cuidadores familiares no profesionales pierden las cotizaciones a la Seguridad Social y se piden nuevos requisitos.
  • Se amplía el plazo para que las comunidades atiendan a sus dependientes sin generar retroactividad.
  • Se simplifican los grados de dependencia.
  • Se pospone a 2015 la incorporación de nuevos usuarios de Grado I.
  • Se eliminan las compatibilidades entre servicios.
  • El copago podrá ser hasta del 90%.
  • Cambios en el sistema de financiación:
    • Se rebaja en un 13% el Nivel Mínimo Garantizado.
    • Supresión del Nivel Convenido.
    • En 2013 el Estado transferirá a las comunidades el 90% del presupuesto y el 10% restante a las que primen los servicios.

Impacto de la Ley de Dependencia en los Servicios Sociales Generales

La Ley 39/2006 representa un cambio cualitativo y cuantitativo en los Servicios Sociales Generales porque:

  • Están administrando servicios y prestaciones que son derechos sustantivos que pueden ser exigidos jurisdiccionalmente.
  • Con esta ley se está llegando a mucha más población que hasta ahora, que nunca había sido usuaria de los Servicios Sociales.

Sin embargo, también hay que decir que con esta Ley existe el peligro de que parezca que la única competencia de estos servicios fuera el trabajo relacionado con los trámites de la dependencia.

Intervención de los trabajadores sociales:

  • En el servicio de información, valoración y orientación.
  • En la elaboración del informe social (informe del entorno) y la propuesta del Plan Individual de Atención (según la normativa de las distintas CC.AA.).
  • En el seguimiento de cada persona dependiente.

Por último, debemos tener en cuenta que los sujetos de las intervenciones sociales en los procedimientos de dependencia son el propio dependiente y su familia y/o entorno significativo. También cabe destacar dentro del marco de la dependencia, la visita a domicilio como técnica que engloba la entrevista y la observación. Por otro lado, debemos tener en cuenta el alcance del Informe Social y el PIA.

Los Servicios Sociales en el Mundo Rural

Algunos Datos Gráficos sobre las Entidades Locales

Seis comunidades autónomas superan la cifra de más de quinientos municipios, y Castilla y León llega a sobrepasar la de dos mil doscientos. Por otro lado, las comunidades uniprovinciales tienen un número de municipios inferior a los cien, salvo las de Cantabria, La Rioja y Madrid. Además, las comunidades del centro-norte de España son las que reúnen el mayor número de municipios, en contraste con Extremadura, Murcia, Andalucía y Canarias.

Respecto a la media de población por municipios, observamos que seis comunidades autónomas superan la cifra de 10.000 habitantes y otras seis quedan por debajo de los 3.000. Destacan, entre las bajas, las cifras de La Rioja, Aragón y Castilla y León.

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