LA NORMA JURÍDICA
¿Qué es la norma jurídica?
Una norma jurídica es aquella que se produce por
Los mecanismos y por los órganos a los que se reconoce competencia para crear
derecho, cuya finalidad es la regulación de la conducta humana en todos sus
ámbitos (profesional, personal…).
¿Dónde se contempla?
En los artículos del 81 al 91 de La Constitución, que
Regulan el procedimiento de elaboración de las leyes.
¿Quiénes son titulares?
El Gobierno, el Congreso y el Senado, las Asambleas
Legislativas de las Comunidades Autónomas (Parlamentos Autonómicos) y la
Iniciativa popular. Cuando la iniciativa la pone en marcha el Gobierno se llama
Proyecto de Ley, cuando la pone el resto, se llama Proposición de Ley.
¿Qué determina la aplicación temporal de una norma?
Los límites de la
Eficacia temporal de la norma vienen determinados por:
– Su entrada en vigor, es decir, el momento en el que la norma nace al mundo
Del derecho desplegando toda su eficacia.
– Pérdida de vigencia o muerte de la norma.
¿Cuándo entra en vigor la norma jurídica
Según el Código Civil, en su
Artículo 2.1, la norma entra en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE o
En el boletín de comunidades autónomas, si en ella no se dispone otra cosa. Hay
Leyes que en su propio articulado recoge que entran en una fecha determinada
(al día siguiente, al año siguiente, al mes…). Para que una ley entre en vigor es
Preciso, si es ley Estatal su publicación en el BOE, si es norma autonómica, en
El Diario Oficial de la Comunidad Autónoma, si es una norma de la UE (como las
Resoluciones de la UE) en el DOUE, Diario Oficial de la Uníón Europea.
¿Cuándo pierde su vigencia la norma jurídica?
Que la norma haya sido plazo determinado de vigencia por las llamadas leyes
Temporales, cuando pasa el plazo, la norma pierde su eficacia.
– Aquellas normas que se dictan en atención a una determinada circunstancia,
Una vez que dicha circunstancia desaparece, la vigencia de la ley desaparece
Con ella.
– Cuando la norma es anulada como consecuencia de que se declare
Inconstitucionales.
– Cuando haya sido derogada, esta es la forma usual de pérdida de vigencia
De la norma, por una ley posterior.
¿Qué es la derogación?
Se puede entender como la modificación o abolición
De normas jurídicas a causa de la aparición, en el ordenamiento jurídico, de otras
Normas jurídicas. La derogación tiene dos principios:
– Nueva norma jurídica: Toda norma jurídica puede ser derogada por una
Nueva norma. Tiene sus fundamentos en la transformación que viene a ser
El derecho para adaptarse en cada momento a los cambios de la sociedad.
Una norma jurídica obsoleta no resulta útil por la multitud de cambios que
Sufre la sociedad a lo largo del tiempo.
– Jerarquía normativa: La modificación o abolición de las normas, debe
Hacerse por una norma de superior o igual rango. Una ley ordinaria puede
Cambiarse por otra ordinaria; una ley orgánica puede cambiarse por otra
Orgánica; un ordenamiento puede cambiarse por una ley…
¿Qué tipos de derogaciones hay?
Existen dos tipos:
– Expresa: Cuando se señala en la nueva ley, expresamente la derogación de
Una/s norma/s concreta/s que se quedan sin vigor; o cuando la ley nueva
Deroga todas las disposiciones (normas) que se le opongan.
– Tácita: Cuando la nueva ley no dice nada sobre su alcance derogativo, si bien
La nueva regulación que contiene es incompatible con algunas regulaciones
De leyes anteriores.
LAS FUENTES DEL DERECHO-LA LEY Y NORMAS CON RANGO DE LEY
¿Qué son las fuentes del derecho?
El artículo 1 del código civil, establece que
Las fuentes del derecho son 3: la ley, la costumbre y los principios generales del
Derecho.
¿Qué es la ley?
Una norma jurídica es aquella que se produce por los
Mecanismos y por los órganos a los que se reconoce competencia para crear
Derecho, cuya finalidad es la regulación de la conducta humana en todos sus
ámbitos (profesional, personal…).
¿Qué es la retroactividad de la ley?
Las leyes se promulgan para que
Produzcan su efecto a partir de su entrada en vigor. Siendo el principio de
Irretroactividad la norma general. No obstante, la ley nueva puede prever
Expresamente que se aplique a actos realizados con anterioridad a su entrada
En vigor. En este caso, estaremos en presencia de una ley retroactiva.
¿Qué clases de leyes hay?
En primer lugar, están las leyes orgánicas y las
Leyes ordinarias. En segundo lugar, las normas con rango de ley, que son los
Decretos legislativos y el decreto ley.
¿Qué son las leyes orgánicas?
Conforme al artículo 81 de La Constitución, son
Leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y las
Libertades públicas, las que aprueban los estatutos de autonomía y las que
Regulan el régimen electoral general, así como las previstas expresamente en La
Constitución.
¿Qué son las leyes ordinarias?
Todas las demás y que regulan cualquier otra
Materia (que no sea de ley orgánica).
¿Qué diferencia hay entre las leyes orgánicas y ordinarias?
A parte de la
Materia, que será reservada para ser regulada por una ley orgánica. Se
Diferencia por el procedimiento de elaboración:
– La ley orgánica necesita la mayoría absoluta del Congreso para ser
Aprobada.
– La ley ordinaria necesita la mayoría simple del Congreso para ser aprobada.
¿Qué es un decreto legislativo?
Están contemplados en el artículo 82 de La
Constitución y son normas con fuerza de ley, dictadas por el gobierno (que en
Este caso ejerce el poder legislativo) mediante una delegación legislativo que le
Otorga las Cortes Generales, otorgada mediante la denominada “Ley de bases”,
Cuando se trata de dictar textos articulados o cuando se trata de difundir textos
Legales que ya existen.
¿Qué es un decreto ley?
Se regulan en el artículo 86 de La Constitución y son
También normas con fuerza de ley, por las que el Gobierno, en caso de
Extraordinaria y urgente necesidad dicta una norma con rango de ley, pero tiene
Que ser ratificada por el Congreso en el plazo de 30 días desde su promulgación,
De tal forma que, si no se convalidara, quedaría automáticamente derogada¿Cuál es el orden normativo de las leyes?
1) La Constitución (ley superior).
2) Leyes Orgánicas.
3) Leyes Ordinarias.
4) Decretos legislativos.
5) Decretos leyes.
OTRAS FUENTES DEL DERECHO ¿Qué es la costumbre?
Es la segunda fuente formal de un derecho y la
Podemos definir como la norma creada e impuesta por el uso social.
¿Qué requisitos debe cumplir la costumbre para que tenga eficacia Jurídica?
Son acumulativos, o se dan todos, o la costumbre no tendrá eficacia
Jurídica.
¿Qué requisitos deben cumplir los principios generales del derecho par Que tengan eficacia jurídica?
Vigencia, es decir, que haya sido reconocido expresamente en una sentencia
Del Tribunal Supremo.
– Que el principio no sea contrario a la ley.
DERECHO COMUNITARIO
EL ESTADO ESPAÑOL EN LA UníÓN EUROPEA
¿Cuándo se incorpora España en la UE?:
Se incorpora por un Tratado de
Adhesión que firma España el 12 de Junio de 1985. Todos los países que se
Integran en la UE firman un tratado de adhesión. La firma en el Tratado de
Mastrich, 1992, por todos los países de la UE, le otorgó su denominación actual.
¿Cuáles son los Estados que conforman la UE?:
Son 28 miembros. El último
Fue Croacia, en 2003.
¿Cuáles son los organismos esenciales de la UE?:
Parlamento Europeo: – Consejo de Europa: – Comisión europea: – Tribunal de Justicia de la UE: – Banco Central Europeo: – Tribunal de Cuentas Europeo:- Servicio Europeo de Acción Exterior:- Comité Económico y Social Europeo: – Comité de las Regiones: – Banco Europeo de Inversiones:
¿Qué representación tiene España en la UE?
Un comisario, tiene 54
Eurodiputados de los 751 diputados que la conforman. En el Tribunal de Justicia
Tiene un juez, en el Tribunal de Cuentas, un miembro; en el Comité de las
Regiones, 21 miembros; en el Comité Económico y Social, 21 miembros.
¿Qué es el Tratado de Lisboa?:
Se firmó el 13 de Septiembre de 2007 y es el
Por el que se regula el Tratado de Maastricht. Entró en vigor el 1 de Diciembre
De 2009.
INSTITUCIONES DE DERECHO PRIVADO
LA PERSONA FÍSICA
¿Qué es la persona física en derecho?
Se entiende por persona física a todos
Los seres humanos con capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones.
La personalidad que permite ser titular de derechos y obligaciones se adquiere
Por el nacimiento. A estos efectos se reputará nacido cuando el feto tiene figura
Humana y vive 24 horas enteramente desprendido del seno materno. Al
Concebido, pero no nacido sí se le tiene por nacido para todos los efectos que le
Sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que hemos indicado
Con anterioridad.
¿Qué efecto tiene la edad en las personas físicas?:
La mayoría de edad
Marca el inicio de la capacidad de obrar de las personas. Conforme al artículo
12 de la constitución la mayoría de edad comienza a los 18 años cumplidos. La
Mayoría de edad determina la adquisición de la capacidad de obrar civil si bien
En el ámbito de la responsabilidad penal establece que a partir de los 14 años
Puede exigir responsabilidad.
En el ámbito laboral, para tener plena capacidad (firmar un contrato, poder
Trabajar…) la edad requerida es de 18 años, si bien el estatuto de los trabajadores
Indica que la edad mínima para trabajar en España es de 16 años, lo que ocurre
Y es que al no tener la mayoría de edad y, por tanto, no tener plena capacidad
De obrar necesitan (los mayores de 16 y menores de 18) la autorización previa
De sus padres o tutores siempre que no se encuentre emancipado.
¿Qué es la capacidad de obrar?:
La capacidad de obrar es aquella que permite
Realizar todo tipo de actos jurídicos (comprar, vender, ejercer el derecho de
Sufragio…) y que estos actos tengan los efectos legalmente previstos. La
Diferencia con la capacidad jurídica es que esta nos permite ser sujetos de
Derechos y obligaciones (de esta se es titular desde el nacimiento).
¿Cuándo se extingue la personalidad?
Según el artículo 32 del Código Civil
Se extingue con la muerte. La prueba de la muerte se lleva a cabo mediante la
Inscripción de la defunción en el registro civil, donde se inscribe la hora, el lugar
Y el día de fallecimiento.
LA PERSONA JURÍDICA
¿Qué es la persona jurídica?:
La cualidad de sujeto de derecho la tienen, no
Solo las personas del derecho si no también ciertas organizaciones que tienen una base humana y gozan de personalidad jurídica independiente de las
Personas físicas que las crean, integran y dirigen. Estas organizaciones son las
Llamadas “personas jurídicas”.
LAS OBLIGACIONES
¿Qué son las obligaciones?:
Conforme al código civil, toda obligación consiste
En dar hacer o no hacer a una cosa.
¿De dónde nacen las obligaciones?:
Nacen de la ley, de los contratos, de los
Quasi-contratos, de los actos y omisiones ilícitos o que intervengan cualquier
Género de culpa o negligencia (todo delito conlleva una responsabilidad civil)
¿Cómo se extinguen las obligaciones?:
Las obligaciones se extinguen por el Pago o cumplimiento por donación de la deuda, por Compensación, por la novación.
LOS CONTRATOS
¿Qué son los contratos?
Son un acto jurídico por el que una o varias personas
Consienten en obligarse respecto de otra u otras a dar alguna cosa o a prestar
Algún servicio.
INSTITUCIONES DE DERECHO PENAL
¿Qué es el Derecho Penal?
Es el conjunto de normas jurídicas cuyo objeto es
La determinación de las infracciones de naturaleza penal, es decir, delitos y faltas
Y sus correspondientes penas, sanciones y medidas de seguridad.
¿Qué es un delito?:
Es la conducta que castiga la ley con una pena, la acción
Penada por la ley, o sea el conjunto de presupuestos de la pena; es una acción
Típicamente antijurídica y culpable a la que está señalada con una pena.
¿Qué es una denuncia?:
Es la declaración que efectúa una persona para poner
En conocimiento del Juez, Ministerio Fiscal o policía, unos hechos que se
Considera que puedan constituir un delito. A diferencia de la querella, el
Denunciante no interviene personalmente como parte acusadora en el desarrollo
Del proceso penal.
¿Qué es la querella?:
Es la declaración que una persona efectúa por escrito
Para poner en conocimiento del Juez unos hechos que cree que presentan las
Carácterísticas de delito. Con ella el querellante solicita la apertura de una causa
Criminal en la que se investigará la comisión del presunto delito y se constituirá
Como parte acusadora en el mismo.
¿Qué es la pena?:
El “castigo” impuesto por el legislador al sujeto infractor de
La norma penal.
¿Qué es el investigado / sospechoso / querellado / denunciado?
Sujeto
Sobre el que pende una investigación preliminar, respecto de que no existen
Indicios para que se le atribuya judicial y formalmente la comisión de un hecho
Punible.
¿Qué es el encausado / imputado / procesado?:
Sujeto sobre el que, una vez
Concluida la instrucción, se le imputa formalmente haber participado en la
Comisión de un delito.
¿Qué es el acusado?
Sujeto sobre el que se dirige la acusación.
¿Qué es el condenado absuelto?
Condenado, es el sujeto que una Sentencia
Firme considera responsable penal de un delito o falta penal y le impone la pena
Correspondiente.
Absuelto, es el sujeto que una Sentencia firme, considera no responsable de
Delito o falta quedando libre de cualquier reproche penal.
¿Qué es el tipo penal?:
Son la descripción de las conductas que definen el Delito. Por ejemplo, apropiarse con violencia en las personas o las cosas de un Bien ajeno es un robo, apropiarse de una cosa sin violencia es un hurto.
INSTITUCIONES DEL DERECHO PROCESAL
JUZGADOS Y TRIBUNALES
¿Cómo se organizan?:
Bajo el principio de unidad jurisdiccional, que es la base de la
Organización y funcionamiento de los tribunales. Los diferentes jueces y tribunales se
Integran en una organización jerarquizada, en la que los orgánicos superiores controlan
Las decisiones de los órganos inferiores, pero únicamente a través del sistema de
Recursos.
¿Cuáles son las órdenes jurisdiccionales?:
Son cuatro:
– Jurisdicción de lo civil.
– Jurisdicción de lo penal.
– Jurisdicción de lo contencioso administrativo.
– Jurisdicción de lo social.
– Jurisdicción de lo militar¿Cuál es la organización territorial de los jueces y tribunales?:
Responde a cinco
Territorios:
– Municipios.
– Partidos (unidad territorial integrada por varios municipios).
– Provincia.
– Comunidad Autónoma.
– En todo el territorio español.
EL PROCESO JUDICIAL
¿Qué es el proceso judicial?:
Una sucesión de actos regulados y ordenados por las
Leyes procesales que se realizan por las partes del procedimiento ante el juzgado o tribunal, con la
Finalidad de obtener una sentencia.