Normas jurídicas individualizadas


VIGENCIA DE LAS NORMAS


Aplicación de las normas en el tiempo. Significa la Aplicación efectiva de la norma en un momento determinado. Una norma se dice Que está vigente cuando tiene eficacia, cuando produce efectos jurídicos. Para Que una norma sea vigente, debe cumplir 3 requisitos:Debe de estar aprobada Por quien tiene potestad normativa (El Parlamento o las distintas asambleas de Las Comunidades Autónomas).Deberá de ser publicada en base al Principio de Publicidad:
Tiene que ser Conocida y darse a conocer por sus destinatarios al ser publicado. La Publicidad de la norma se realiza en el BOE o boletín de cada Comunidad Autónoma.Tiene una entrada en vigor, Que es la fecha a partir de la cual la norma produce efectos. Aunque en muchos Casos la entrada en vigor se pospone, a esto se le llama “Vacatio Legis”. Esto consiste en que la norma se publica pero no Entra en vigor inmediatamente. La Vacatio Legis tiene como finalidad tener una seguridad de que la norma es conocida Por todo el mundo y normalmente tiene un periodo ordinario de 20 días, periodo Que se da para conocer la norma y adaptarse a sus exigencias.

DEROGACIÓN DE LAS NORMAS


Cese de los efectos de una norma, es decir que Deja de estar en vigor y por tanto de producir efectos jurídicos. Puede ser:

Expresa:

Cuando una ley procede Directamente a anular a otra.

Tácita:

Cuando una norma expresamente no deroga a otra, sino que se desprende de los Contenidos, es decir, elimina parte del contenido de una norma normalmente debido A una contradicción con la nueva norma. Cuando la ley posterior es incompatible Con la anterior.Como principio una ley posterior, deroga a la anterior. Otro Principio a tener en cuenta es que la norma de hoy tiene más importancia que la De ayer. Todo lo que entra en contradicción provoca la derogación de la ley Anterior (Principio de jerarquía normativa).

DISPOSICIONES NORMATIVAS. Dis adicionales:


Sirven para aclarar la Norma y a los efectos que aquí interesan regulando las excepciones, dispensas y Reservas a la aplicación de la norma o de alguno de sus preceptos, cuando no Sea posible o adecuado regular estos aspectos en el articulado.

Dis transitorias:

Aluden a la vigencia De la norma en el tiempo, es una regulación específica para situaciones Anteriores que se prolongan en el tiempo.

Disposiciones Derogativas

RETROACTIVIDAD DE LAS NORMAS


Aplicación de la norma a situaciones Anteriores (Normas declarativas). La norma no puede ser aplicada antes de su Entrada en vigor, pero una vez vigente, la norma puede establecer que se Aplique a situaciones anteriores al momento de entrada en vigor.
Irretroactividad
àSupone Que una norma actual no se aplica en situaciones anteriores.

Principio General:


Normas sancionadas o punitivas.

APLICACIÓN DE LA NORMA JURÍDICA


Tarea de individualización de las Normas jurídicas a la aplicación de los casos concretos que se producen en la Realidad social. Supone pasar del mandato abstracto y general de la norma Jurídica a la realidad de un caso concreto.

Aplicación Jurídica:

Por los jueces. Conlleva un proceso de Selección de normas y proyección a concretos casos de la realidad social.

Ap.Extrajudicial:

Las partes. Acuerdos Entre abogados…(Divorcios)

Ap. Mixta/ Mecanismos De aplicación 1. Analogía:

Aplicar una norma no a su caso jurídico, sino a Un caso semejante. Técnica de integración en el sistema jurídico, es decir la Construcción de una norma ante un vacío o laguna de ley. (si el matrimonio es Para el hombre y la mujer por analogía dr aplica a las parejas homosexuales.) Identidad de razón.

2.Equidad:

Supone Un margen de maniobra:Tener en Cuenta las consecuencias concurrentes que propicie la solución más justa. (Era De noche, era de día..)

INFRACCIÓN DE NORMAS JURÍDICAS


Sucede cuando hay un incumplimiento De las normas jurídicas.

Imperatividad:

Las normas deben cumplirse o habrá una sanción:
multa,cárcel.Coactivas

Formas de Infringir las normas:


Infracción directa: Incumplir la Norma de forma clara evidente y manifestá. (Ir a 220 en carretera de 140)Infracción Indirecta o fraude de ley: Incumplimiento más sutil. Aplicación de una norma (n. De cobertura) para justificar el incumplimiento de otra(n.Defraudada).(matrimoniode convivencia…)

INTERPRETACIÓN DE LA NORMA JURÍDICA


Indagar o averiguar el verdadero Sentido de la norma, su espíritu y su razón de ser. En algunos casos el sentido De la norma es claro mientras que en otros, necesitamos acudir a otras normas Para comprender su alcance exacto por no coincidir con la letra de la norma en Sentido o espíritu de la misma, es decir que no coinciden con la finalidad Perseguida.Art3.1 CC: “Las normas se interpretarán según el Sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes Históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en el que han de ser Aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellos.”

Clases de interpretación:Criterio literal O gramatical, C. Semántico, C. Hístórico, C. Sociológico,
C. Teleológico, C. Lógico

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