Normas y principios del Derecho del Trabajo


DTI: Normas y principios jurídicos

DTI: normas y principios jurídicos que regulan el hecho social del trabajo y las relaciones que se van a dar como consecuencia. Trabajo: fuerza física e intelectual que se pone a disposición de un tercero (empleador) a cambio de una remuneración. Caracteres del DT:Nuevo (siglo 20 se reconocen los dt) Tuitivo (es protector del trabajador) Mixto (intervienen sectores públicos (estado) y privados (empresas). Fuentes: Materiales (circunstancias históricas, poli, eco que dan origen a las leyes) Formales (los medios mediante los cuales se manifiesta el derecho: constitución, lct, cct, reglamentos, recomendaciones, uso y costumbres, doctrina, jurisprudencia) Ramas del DT: DColectivo (regula relaciones entre gremios sindicatos) DInternacional (estudia recomendaciones de la OIT) DAdmin (sale del ministerio de trabajo) Relación de dependencia: relación en la que un trabajador presta servicios a un empleador a cambio de una remuneración y con derechos y obligaciones.Estécnica pq el empleador tiene el derecho de org la empresa. Económica: el trabajador es ajeno a aquello que produce la empresa y no repercute en él. Jurídica. Requisitos del contrato: consentimiento, capacidad, objeto, forma. Registros laborales: identificación de la empresa y de cada trabajador con sus datos y registros a lo largo de su tiempo en la org. Recibo de haberes: registro de la remuneración otorgada (salario bruto-descuentos=salario neto) Ley nacional de empleo 24013: combate ante el trabajo en negro.

Principios:

Principios:Protectorio:Indubio pro operario- el juez ante la duda está a favor del trabajador. Norma mas favorable- cuando se pueden aplicar dos leyes en la misma situación se aplica la que está a favor del trabajador.Condición más favorable – no se pueden quitar los derechos adquiridos, solo para ser ampliados. Irrenunciabilidad: al empleo mediante un telegrama y no hace falta aceptación.Continuidad laboral: en caso de duda se entiende que la relación laboral está vigente. Primacía de la realidad: cuando hay fraude los hechos prevalecen por sobre los docs.Gratuidad: el procedimiento laboral es gratis para el trabajador. Buena Fe: las partes están obligadas a obrar de buena fe.Igualtrato: no discriminar por razones de sexo, etnia, religión. Derechos del empleador: Facultad de org: mantener la forma en la que se lleva a cabo el trabajo. Facu de dirección: dirige directivas a través de órdenes.Facu de control: corrobora cumplimientos Facu disciplinaria: se imponen sanciones ante incumplimientos o violaciones de las normas. Facureglamentaria: se dictan reglamentos de trabajo. iusvariandi: derecho del empleador de modificar las relaciones del contrato mientras no se trate de algo esencial para el trabajador. requisitos:Razonabilidad– no debe ser arbitraria, debe apuntar a los intereses de la empresa. Indemnidad del trabajador- debe quedar sin daño como consecuencia del iusvariandi.

Obligaciones del empleador:

Pago de la remuneración, otorgar seguridad y protección, ocuparle tareas al trabajador, deber formarlos profesionalmente, deber de no discriminación, deber de llevar libros y registros y deber de diligencia (cumplimientos de las obligaciones contractuales para que el trabajador goce de sus derechos). Derechos del trabajador: art14bis. Jornada limitada de trabajo 8hs diarias 48 sem y 12 de descanso entre días. Condiciones dignas, vacaciones pagas, derecho a huelga y a agremiarse, salario mínimo vital y móvil (retribución mínima para cubrir alimentación, vivienda, vestimenta, salud, educación, transporte, salud y esparcimiento. retribución justa, igual remuneración por igual tarea LCT: derecho al cobro de su remuneración, derecho a ocupación efectiva (q le den tareas) derecho a la protección de su integridad psicofísica. Derecho al cumplimiento de obligaciones sociales y derecho a no ser discriminado. Deberes del trabajador: trabajar diligentemente, fidelidad, obediencia, cuidado de los instrumentos, responsabilidad de daños. El principio general: el ct se celebra por tiempo indeterminado mientras las partes estén de acuerdo. Periodo de prueba: 3 meses, no se paga indemnización. Contrato a plazo fijo: se debe especificar motivo y fecha de vencimiento, máximo 5 años. Contrato de temporada: tiempo indeterminado pero discontinuo, cuando se retoma la temp se debe notificar con antelación sino el trabajador se puede dar por despedido. Teletrabajo: home-office, el empleador tiene la obligación de proveerle los materiales.Pasantía: contrato educativo no hay relación de dependencia menos carga horaria hay tutor en vez de jefe.

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