Normativa sobre depósitos y redes de distribución de agua


Artículo 37 Depósitos

La construcción de un depósito o la remodelación de uno existente, requerirá el informe favorable de la autoridad sanitaria. Para ello, la entidad pública o privada responsable del proyecto deberá presentar a la autoridad sanitaria, antes del inicio de las obras, a través de medios electrónicos, al menos la información siguiente:

  • Procedencia del agua y destino del agua, y los operadores que intervengan
  • Zona o zonas de abastecimiento que va a suministrar y población abastecida
  • Esquema o plano de principio; memoria explicativa; esquema hidráulico; sistema de ventilación y medidas de protección;
  • Si se tiene previsto algún tratamiento de potabilización o recloración del agua de consumo en el depósito, describir el tipo de sistema de desinfección y las sustancias a utilizar;
  • Capacidad del depósito en metros cúbicos y número de vasos o compartimentos;
  • Material que vaya a estar en contacto con el agua de consumo.

En el plazo de tres meses desde la presentación de esta documentación, la autoridad sanitaria emitirá un informe vinculante sobre la viabilidad sanitaria del proyecto.

Tipos de depósitos:

1. Depósitos de cabecera o alimentadores reciben el agua de la conducción y de ellos parten las arterias o tuberías maestras que integran la distribución.
2. Depósitos de cola, o depósitos terminales reciben el agua sobrante del consumo de la ciudad y sirven luego para la misma tubería el agua que se precise durante las horas punta de mayor consumo.

Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
Depósito de distribución o depósito de regulación: aquel cuya finalidad sea almacenar, regular y/o distribuir el agua de consumo, ubicado en el tramo inicial o tramos intermedios de la red de distribución.

En función de su estructura pueden ser:

Enterrados: Mantienen un buen aislamiento térmico de las aguas, pero la salida de las tuberías de agua y de desagües es dificultoso y costosa. También los depósitos enterrados no constituyen, al no ser visibles un impacto visual desafortunado dentro de las urbes. Aún en situaciones en las que el asentamiento se encuentra en llano, mediante inyecciones de aire comprimido que produce una sobrepresión, es posible lograr un adecuado abastecimiento con el empleo de estos depósitos.
Semienterrados.
Superficiales: Los superficiales son fáciles de construir y de vigilar, pero hay que dotarlos de un aislamiento eficaz.
Elevados. Estos se construyen en terrenos llanos donde no se puede disponer de cotas elevadas. Su forma es casi siempre cilíndrica.Red de distribución: conjunto de tuberías diseñadas para la distribución del agua de consumo desde la ETAP o desde los depósitos de cabecera o distribución o regulación hasta la acometida del usuario.

Artículo 38 Red de distribución:

La construcción de una red de distribución o la remodelación una existente, con una longitud proyectada mayor a un kilómetro, requerirá el informe favorable de la autoridad sanitaria. Para ello, la entidad pública o privada responsable del proyecto deberá presentar a la autoridad sanitaria, a través de medios electrónicos, al menos, la siguiente documentación, antes de iniciar las obras:

  • Zona de abastecimiento que va a suministrar, volumen de agua suministrada por día y población abastecida
  • Esquema de la red o plano de principio; memoria explicativa; indicando los cruces con otras canalizaciones que puedan afectar a la calidad del agua, como puede ser al alcantarillado.
  • Procedencia del agua y los operadores que intervengan
  • Si va a haber recloraciones, georreferenciación de los puntos de recloración y método de desinfección y sustancias a utilizar
  • Materiales que vayan a estar en contacto con el agua de consumo.

En el plazo de tres meses desde la presentación de esta documentación, la autoridad sanitaria emitirá un informe vinculante sobre la viabilidad sanitaria del proyecto.

Tipos de redes:

Según el tamaño del circuito y el tamaño de la población de las redes pueden ser:

  • Abiertas o ramificadas: es para poblaciones cuyas viviendas están localizadas a lo largo de una vía o son poblaciones dispersas. El sistema abierto o ramificado es aquella donde de la tubería principal o matriz parten una serie de ramificaciones que terminan en pequeñas mallas (puntos ciegos o muertos) que se asemeja a la espina de un pescado.

Desventajas: el flujo es en un solo sentido, por lo que una gran parte de la población puede quedarse sin servicio en el caso de hacer reparaciones o mantenimiento; y los olores y sabores no deseados por la permanencia estática del agua que no circula en los puntos muertos, donde se instalan válvulas de purga para limpiar y evitar la contaminación del agua.
Cerradas o malladas: es para poblaciones que están desarrolladas por manzanas o cuadras, de allí el nombre de mallada que simula a una matriz con un circuito cerrado. El agua circula por tuberías que están interconectadas en forma de malla, generando un sistema cerrado, eficiente en presión y caudal, en el que no hay puntos muertos y los tramos se abastecen por ambos extremos logrando menores pérdidas de carga.Ventajas:

  • Libertad en el sentido de la circulación del agua.
  • Mejor repartición de la presión.
  • Mayor seguridad en el servicio.

Artículo 39. Actuaciones ante la puesta en marcha de una infraestructura.

El titular de la nuevas instalaciones e infraestructura o remodelación de las existentes, solicitará un informe sanitario favorable a la autoridad sanitaria correspondiente, según donde se sitúe la zona de abastecimiento, antes de la puesta en funcionamiento de las mismas.
La autoridad sanitaria realizará el informe basado en la inspección y el seguimiento, durante el tiempo que sea necesario para asegurar una evaluación adecuada del funcionamiento de las instalaciones, de los resultados analíticos realizados por el operador, de los parámetros que ésta señale.
Instalación interior: conjunto de tuberías, conexiones, depósitos, accesorios y aparatos, situados tras la acometida y cuya responsabilidad es del titular o propietario de la instalación y no del operador de la red de distribución. La instalación interior comprende, en su caso, la instalación general del edificio y las instalaciones particulares interiores

Artículo 40. Instalaciones interiores.

Las características y funcionamiento de las instalaciones interiores no deberán contaminar o empeorar la calidad del agua de consumo con gérmenes o sustancias que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.
Todo depósito de una instalación interior, siempre que sea posible, deberá situarse por encima del nivel del alcantarillado, estando siempre tapado y dotado de un sistema de desagüe que permita su vaciado total, limpieza y desinfección.El propietario del edificio, o en su caso la comunidad de vecinos, o el titular de la vivienda, o del local público o con actividad comercial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 49, deberá:

  • Suministrar agua apta para el consumo a través de su instalación interior;
  • Mantener la instalación interior en buenas condiciones, vigilando de forma regular la situación de la estructura del depósito interior, elementos de cierre, valvulería, canalizaciones e instalación en general;
  • Poner las medidas correctoras o preventivas en el caso que hubiera modificaciones de la calidad del agua de consumo o un riesgo para la salud, debido a las características de la instalación interior que pudieran poner en peligro la calidad del agua.

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