Órganos de las comunidades insulares equivalentes a las Diputaciones


El estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y en las CCAA que constituye según el 137 de la constitución. En este tema vamos a estudiar las provincias y los municipios que formaran las administración local:
La legislación por la que se rige va  a ser LRBRL(es la ley reguladora de las bases de régimen local (2 de Abril del 85)) complementada con la ley de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera del 2012. Estas leyes dice que son administración local, el municipio, la provincia, la isla y además pueden ser administraciones locales:

  1. Las cámaras y otras agrupaciones de municipios.
  2. Las aéreas metropolitanas.
  3. Las mancomunidades de municipios.

La administración local va a tener la capacidad de ordenar y gestionar una parte importante de sus organismos públicos, pero no va a tener potestad legislativa, es decir: la facultad de dictar normas con rango de ley, eso solo tiene el Estado y las CCAA, tan solo podrán dictar reglamentos que son normas de rango inferior a la ley. La LRBRL establece las siguientes competencias para la administración local:

  1. Potestad reglamentaria y de autorganizacion.
  2. Potestad tributaria y financiera.
  3. Potestad de programación y planificación.
  4. Potestades de investigación, deslinde y recuperación de sus propios bienes.
  5. Potestades de ejecución forzosa y sancionadora.
  6. Presencio de legitimidad de sus actos.
  7. Potestad de revisión  de oficio de sus actos y acuerdos.
  8. Acedar privilegio y embargabilidad de sus bienes y derechos.

1. Municipio. Estructura municipal:

Es la entidad local básica de organización del estado, tiene personalidad jurídica plena y capacidad de actuar en derecho. Son elementos del municipio:

  1. Territorio o término municipal: área en la que el ayuntamiento puede ejercer sus competencias.
  2. Población: conjunto de personas inscritas en el padrón municipal.
  3. Organización: que corresponde al ayuntamiento compuesto por el alcalde y los concejales.

4. Servicios de los municipios:

  1. El alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, agua potable, alcantarillado, pavimentación y limpieza de veas públicas.
  2. En los municipios con población superior de 5000 habitantes además de los anteriores, parque público, biblioteca pública y tratamiento de residuos.
  3. En los municipios con población superior a 20000 habitantes, además de lo anterior, protección civil, prestación de servicios sociales, prevención y extinción de incendios, instalaciones de parques públicos.
  4. En municipios con población superior a 50000 habitantes, transporte colectivo urbano y protección del medio ambiente además de todo lo anterior.

2. La Provincia. Estructura:

Es una entidad local formada por una agrupación de municipios con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, son fines de la provincia:

  1. Garantizar la solidaridad y equilibrio intermunicipales.
  2. Asegurar la prestación completa y adecuada en la totalidad de sus territorios de los servicios de competencias municipales.
  3. Participar en la coordinación de la administración local cono la autonómica y la estatal.

Solo mediante ley estatal puede modificarse la denominación de capitalidad de las provincias.

3. La isla. Estructura

La constitución en el artículo 141 establece que los archipiélagos, baleares y canario tendrán una administración propia en forma de cabildos, consejos en la LRBRL se equipara a la isla con la provincia con la diferencia de su órgano de gobierno que como hemos dicho es el cabildo insular o consejo insular. Los miembros de los cabildos se eligen por sufragio universal directo de los ciudadanos de cada isla. El cabeza de lista más votada pasa directamente ala presidencia.


4. Otras entidades locales. Estructura

La constitución en los artículos 141, 142 reconoce la creación de agrupaciones de municipios distintos a la provincia como son las cámaras, las aéreas metropolitanas y las mancomunidades, dejando su regulación a las comunidades autónomas, la iniciativa para estas agrupaciones corresponde a la población interesada o al ayuntamiento que solo se crearan este tipo de entes si resultan eficaces para la prestación de servicios municipales.

  • Las cámaras: es una agrupación de varios municipios cuyas carácterísticas determinen intereses comunes necesitados para una gestión propia.
  • Área metropolitana: son entidades locales integradas por los municipios de grandes aglomeraciones urbanas entre cuyos núcleos de población existan vinculaciones económicas y sociales que hagan necesaria la planificación conjunta y la coordinación de determinados servicios y obras.
  • Las mancomunidades que son municipios asociados con otros para la ejecución de obras o servicios determinados de sus competencias.

5. El gobierno provincial:


corresponde a la diputación o a otras corporaciones de carácter representativo, esto ocurre cuando coinciden la autonomía y la provincia, en otros casos la diputación ha sido sustituida por cabildos o consejos y por ultimo en el país vasco y Navarra se organizan mediante juntas generales.

  • Organización de las diputaciones: se hace siguiendo las siguientes reglas:
    1. Existen presidente, vicepresidentes, junta de gobierno y pleno.
    2. existen otros órganos y plenos en todas las diputaciones, además tienen órganos que tienen por objeto el estudio, el informe o consulta de los asuntos que van a ser sometidos a los órganos anteriores.
  • Presidente de la diputación competencias.
    1. Es un órgano unipersonal encargado de dirigir el gobierno y la administración de la provincia.
    2. Representar a la diputación.
    3. Asegurar la gestión de los servicios propios de la CCAA encomendados a la diputación
    4. La gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado.
    5. Aprobar la oferta de empleo público.
    6. La jefatura superior de todo el personal acordando su nombramiento y sanciones.
    7. La aprobación de los proyectos de obras y servicios.
    8. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios de la diputación.
    9. Ordenar la publicación ejecución y hacer cumplir los acuerdos de la diputación.
    10. Convocar y presidir las sesiones del pleno y decidir los empates con voto de calidad.

El presidente es elegido por y entre los diputados provinciales por mayoría absoluta en primera votación y por simple en segunda votación, su mandato es de 4 años y puede ser destituido mediante moción de censura por mayoría absoluta

  • El vicepresidente de la diputación: Tiene la función de sustituir al presidente en caso de ausencia o enfermedad de este, son nombrado y destituido por el presidente de la diputación.
  • El pleno de la diputación esta constituido por el presidente y los diputados, que son elegidos por los concejales de todos los ayuntamientos de cada partido judicial de cada provincia, el número de diputados correspondientes a cada diputación provincial se determina según el número de residentes de cada provincia funciones:
  • organización de la diputación.
  • Aprobación de las ordenanzas.
  • Aprobación y modificación de los puestos.
  • Control y fiscalización de los órganos de gobierno.
  • Aprobación de la plantilla de personal.
  • Aprobación de los proyectos de obra y servicios.
  • Votación de la moción de censura o cuestión de confianza al presidente.
  • Junta de gobierno: la forma o el presidente y un número de diputados no superior a un tercio del total. El presidente nombra libremente a estos diputados. La junta de gobierno tiene como única función asistir al presidente.

Para el gobierno de la provincia se repite el esquema estudiado en los municipios, existiendo órganos complementarios para mejorar la gestión. Estos son: comisiones informativas, consejos sectoriales, comisión especial de cuentas, y diputados delegados.

6. Normativa local:


ya sabemos que los ayuntamientos y diputaciones tan solo pueden crear normas sin rango de ley que son:

  1. Ordenanzas: aprobadas por los plenos y regulan un sector de actividad económica o de convivencia.
    1. Reglamento: aprobados también por el pleno y regulan el funcionamiento del ayuntamiento o diputación.
    2. Bando: que don disposiciones de la alcaldía sobre cuestiones de escasa importancia

7. Sistema fiscal y financiero de las entidades locales


Se regula en la ley reguladora de las haciendas locales de 2004, donde se capacita a ayuntamientos para desarrollar sus propias políticas tributarias, pudiendo subir o bajar sus impuestos.

La hacienda (dinero) de las entidades locales esta constituida por los siguientes recursos:

  1. Ingresos procedentes de su patrimonio


  2. Tributos propios


    Las entidades locales tienen la facultad de crear y suprimir sus tributos sobre sus correspondientes materias:
    1. Tasas:


      tributo que cosiste en el pago por la prestación de servicios públicos que benefician al ciudadano por ejemplo: recogida y tratamiento de basuras, otorgamiento de licencia de obras etc.

    2. Contribuciones:

      especial, consiste en la obtención por el ciudadano de un beneficio o aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras publicas. Ejemplo: apertura de calles y plazas, pavimentación de aceras, etc.

    3. Impuestos

      Tributos exigibles sin ninguna contraprestación que consisten en la realización de negocios o hechos de naturaleza jurídica o económica que pone de manifiesto la capacidad económica del ciudadano. Ejemplo:
      impuesto de bienes inmuebles. Además los ayuntamientos podrán establecer y exigir el impuesto sobre construcciones.
  1. Participaciones en los tributos del estado y comunidades autónomas



  2. Subvenciones

  3. Lo percibido por precios públicos



  4. Producto de operaciones de crédito


  5. Producto de multas y sanciones

Actividades tema 4

1.Composición de la junta de gobierno local

Alcalde y los concejales

2.Elección del presidente de la diputación

El presidente es elegido por y entre los diputados provinciales por mayoría absoluta en primera votación y simple en segunda. Su mandato es de 4 años y puede ser destituido mediante moción de censura por mayoría absoluta.

3.¿Qué tributos pueden fijar las entidades locales?

Las tasas, las contribuciones y los impuestos.

4.¿Qué se considera por entidad local territorial?

La que está formada por las provincias, los municipios y las islas.

5.¿Qué es la provincia?

Es una entidad local formadas por una agrupación de municipios con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

6¿Qué es una tasa? ¿y un impuesto?


Una tasa es un tributo que consiste en el pago por la prestación de servicios públicos que benefician al ciudadano.

Un impuesto es un tributo exigido sin ninguna contraprestación que consisten en la realización de negocios o hechos de naturaleza jurídica o económica que pone de manifiesto la capacidad económica del ciudadano.

7. Composición del pleno del ayuntamiento

Está formado por el alcalde, presidente y los diputados que son elegidos entre los concejales de todos los ayuntamientos de cada partido judicial de la provincia.


8. ¿Qué es un cabildo insular?

El órgano de gobierno en los archipiélagos balear y canario.

9. Duración del cargo de presidente de la diputación y de alcalde

Cuatro años cada uno.

10. ¿Qué entendemos por autonomía local?

La autonomía local va a tener la capacidad de ordenar y gestionar una importante de sus organismos públicos pero no va a tener potestad legislativa (la facultad de dictar normas con rango de ley y eso solo lo tienen el estado y las CCAA) tan solo podrán dictar reglamentos que son normas de rango inferior a la ley.

11. ¿Pueden las diputaciones o los municipios alterar los límites provinciales? ¿Cómo?

No. Cualquier alteración de los límites provinciales ha de ser aprobada por las cortes generales mediante ley orgánica

12. Función de la junta municipal de distrito

Facilitar los servicios municipales a la población de esos distritos.

13. ¿Qué es un bando?

Disposiciones de la alcaldía sobre cuestiones de escasa importancia.

14. ¿Qué es el sufragio activo?

El derecho a votar para elegir representantes.

15.¿Qué es el concejo abierto?

Una forma de gobierno de poblaciones con menos de 100 habitantes y se rige por costumbre y tradición.

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