REQUISITOS PARA QUE LA Transacción LABORAL SEA VALIDA:
TERMINAR LA Relación LABORAL POR ESCRITO. HAY QUE DISCUTIR LOS DERECHOS LITIGIOSOS. DEBE HABER UNA RERLACION DE CONCEPTO DE LOS HECHOS QUE LA MOTIVEN (LA SIMPLE Relación DE CONCEPTO NO ES UNA Transacción). DEBE HAVER RECIPROCIDAD CONCEPCIONES. UN FUNCIONARIO COMPETENTE DEL TRABAJO DEBER FIRMAR Y SUPERVISAR YA QUE LA Transacción DEBE SER CELEBRADA POR UN JUEZ, INSPECTOR DEL TRABAJO COMPETENTE DEBIDAMENTE HOMOLOGADA (Tendrá EFECTO DE COSA JUZGADA).
PRINCIPALES Órgano DE LA OIT, SU Composición Y FACULTADES:
Conferencia Internacional de Trabajo
este es el congreso realmente de la OIT se reúne una sola vez al año, 3 semanas en el mes de Junio en Ginebra, y la conferencia a dónde van los 4 representantes de cada país esta es la que va fundamentalmente a conocer de cómo se están cumpliendo los convenios y las recomendaciones y a legislar, a aprobar nuevos convenios y nuevas recomendaciones.Es como les digo es como un gran Congreso, a él se someten las conclusiones de los demás organismos, se somete por ejemplo como esta cumpliendo Venezuela con el convenio sobre Trabajadores Emigrantes, entonces hay un informe que se le lleva a la Asamblea, esta lo conoce dentro de esas 3 semanas, pero además de eso la Asamblea va a estar aprobando como les digo convenios y también recomendaciones. Es el órgano supremo.
Consejo de Administración
este es el órgano que establece el control, este se encarga de supervisar el cumplimiento de los convenios, de las recomendaciones, las quejas, las reclamaciones de un delegado contra otro, de un Estado contra otro, de organizaciones sindicales contra los empleadores, todo eso lo maneja este. El Consejo de Administración está integrado por 56 miembros, de esos 56, 14 de los empleadores, 14 de los trabajadores y 28 de los Estados.
La Oficina Internacional del Trabajo
este es el secretariado permanente de la OIT, es el que hace el trabajo de hormiguitas, el trabajo permanente todo el año porque es el que lleva, trae, mantiene la biblioteca, hace publicaciones, le vende información a los gobiernos, les exige información, le da la pauta al Consejo de Administración para que este lleve ciertos temas a la Conferencia, es el órgano de soporte de apoyo que está permanentemente allí y está integrado por funcionarios de todos los países y esa gente tiene credenciales de Naciones Unidas.Por supuesto la OIT tiene un Jefe, este es el Director General (dirige la organización). Y además está también se ha descentralizado, se ha regionalizado pues se dieron cuenta que la OIT no podía solo estar en Ginebra que tenía que llegar a los países y entonces ahora también tiene presencia, o consejeros en distintas regiones, por ejemplo para América hay un consejero regional en Lima, tiene esa especie de asistente de asesor que está permanentemente aquí para trabajar.
LIMITES IMPUESTOS POR LA LOTTT (Contratación DE PERSONAL EXTRANJERO:
ART 27 DE LA LOTTT. Ahí EXPRESA CUAL ES EL LIMITE DE CUANTOS EXTRANJEROS DEBE TENER. LA Comprensión
PREGUNTAS DE CLASE
DIFERENCIAS DEL NUMERAL 2 DE LA LOTT Y EL 1 DE LA CONST:LA CONST. DICE QUE LA LEY NO PUEDE AFECTAR LA INTANGIBILIDAD Y LA PROGRESIVIDAD, ES UN MANDATO AL LEGISLADOR. EN LA LEY QUE HA SIDO RECIENTEMENTE EN EL 2012 LA CONVIENE EN YA NO UN MANDATO AL LEGISLADOR, AHORA ES UNA REGLA GENERAL. PARECIERA QUE LA DIFERENCIA EN UN PRINCIPIO ES QUE LA LOTTT APLICA LO QUE U MANDATO AL LEGISLADOR Y LO COLOCA COMO PRINCIPIO GENERALN LO CUAL TIENE QUE SER DE Aplicación PARA TODO EL MUNDO, INCLUSO PARA EL PROPIO PATRONO.
Principios:
Principio de intangibilidad y progresividad:
Se conoce como principio de intangibilidad aquel derecho que no puede ser dañado, quebrado o disminuido. Por otro lado el principio de progresividad se refiere a la preservación de derechos existentes o en su defecto ampliar el mismo.Estos principios están consagrados en: Artículo 89 Constitucional: El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores. Para el cumplimiento de esta obligación del Estado se establecen los siguientes principios:
Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencias. Artículo 18.2 de la LOTTT: El trabajo es un hecho social y goza de protección como proceso fundamental para alcanzar los fines del Estado, la satisfacción de las necesidades materiales morales e intelectuales del pueblo y la justa distribución de la riqueza. La interpretación y aplicación de esta Ley estará orientada por los siguientes principios:
La intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales, por lo que no sufrirán desmejoras y tenderán a su progresivo desarrollo.
Principio de primacía de la realidad: alude a que prevalece el fondo sobre la forma.
Es la presunción de existencia de la carga de trabajo Este principio lo conseguimos en:
Artículo 18 de la LOTTT: 3. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencias.
Artículo 9 del Reglamento: … C. Primacía de la realidad o de los hechos, frente a la forma o apariencia de los actos derivados de la relación jurídico – laboral.
Articulo 89 de la Constitución.
NOTAS de clase: BONO ES IGUAL A UN RECONOCIMIENTO. ESA SALARIO. ES PARTE DE TU TRABAJO. EJEMPLO: TRAJETA DE Crédito ( ES UNA ESTRATEGIA PARA EVIDENCIAR UN SALARIO MAS BAJITO).
PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD: se basa en que luego que te otorgan un Derecho no puedes renunciar a él.
Artículos: 89 CONST. 18 NUMERAL 4 LOTTT. ART 9 NUMERAL B REGALMENTO
Las transacciones y convenimientos solo podrán realizarse al término de la relación laboral y siempre que versen sobre derechos litigiosos, dudosos o discutidos, consten por escrito y contengan una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y de los derechos en ella comprendidos.
En consecuencia, no será estimada como transacción la simple relación de derechos, aún cuando el trabajador hubiese declarado su conformidad con lo pactado. Los funcionarios del trabajo en sede administrativa o judicial garantizarán que la transacción no violente de forma alguna el principio constitucional de irrenunciabilidad de los derechos laborales.
PRINCIPIO DE FAVOR O IN DUBIO PRO OPERARIO:
ARTRICULOS: CONST 89 NUMERAL 3. ART 18 NUMERAL 5. ART 19 NUMERAL 9 A
PROTECTORIO O DE TUTELA DE LOS TRABAJADORES
Cuando hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de varias normas o en la interpretación de una determinada norma, se aplicara aquella mas favorable al trabajador…
Una sola norma no es fácil aplicar.
PRINCIPIO DE LA Conservación MAS FAVORABLE DE LA PERSEVACION LABORAL
Deberán ser respetados los derechos que se encuentren irrevicables y definitivamente incorporados al patrimonio del trabajador, toda medida o acto del patrono contrario a la constitución es nulo y no genera efecto alguno.