Proceso Legal: Demanda, Emplazamiento y Contestación


La Demanda en el Proceso Legal

Demanda: Acto procesal de la parte actora, que inicia el proceso y que identifica a las partes demandante y demandada, contiene una exposición de hechos y fundamentos de derecho y una petición dirigida al tribunal.

Requisitos de la Demanda

  • Tribunal ante el que se promueve: juez competente en materia, cuantía, grado y territorio.
  • Nombres y apellidos del actor y domicilio para oír notificaciones.
  • Nombre del demandado y domicilio.
  • Objeto u objetos que se reclaman.
  • Los hechos en los que el actor funda su petición.
  • Fundamentos de derecho.
  • Valor de lo demandado.
  • Firma del actor.
  • Vía procesal.
  • Puntos petitorios.
  • Protesto lo necesario.
  • Rúbrica.

Documentos que se deben acompañar a la demanda

  1. Los que fundan la demanda.
  2. Los que prueban los hechos afirmados en la demanda.
  3. Personería jurídica de quien comparece a nombre de otro.
  4. Copias del escrito de la demanda y documentos anexos.

Estructura formal de la demanda

  1. Proemio: datos de identificación del juicio.
  2. Los hechos.
  3. El derecho.
  4. Los puntos petitorios: peticiones concretas al juzgador.

El Juez frente a la Demanda

El juez debe dictar un auto en el que se determine si admite la demanda, si previene al actor para aclarar o corregir, o si la desecha.

Admisión de la Demanda

El juez puede admitir la demanda si considera que reúne los requisitos y si se ha acompañado de documentos y copias.

Prevención

El juez puede prevenir al demandante cuando la demanda sea oscura o irregular, para que aclare, corrija o complete dentro del plazo de 5 días.

Desechamiento

El juez puede desechar la demanda cuando considere que no reúne los requisitos legales y que los defectos son insubsanables.

Efectos de la Presentación de la Demanda

  1. Interrumpir la prescripción si no lo está por otros medios.
  2. Señalar el principio de la instancia.
  3. Determinar el valor de las prestaciones exigidas.

El Emplazamiento

Emplazamiento: Notificación a una de las partes cuando existe un proceso en su contra.

Elementos del Emplazamiento del Demandado

  1. Notificación.
  2. Emplazamiento.

Efectos del Emplazamiento

  1. Prevenir el juicio en favor del juez que lo hace.
  2. Sujetar al demandado a seguir el juicio.
  3. Imponer la carga de contestar la demanda al demandado ante el juez.
  4. Producir las consecuencias de la interpelación judicial.
  5. Originar el interés legal.

Nulidad del Emplazamiento

Medio para dejar sin efecto juicios en los que no ha habido un efectivo emplazamiento. La reclamación de la nulidad del emplazamiento debe tramitarse en un incidente de pronunciamiento.

La Contestación de la Demanda

Contestación de la demanda:

  1. El tribunal ante quien se conteste la demanda.
  2. Nombre y apellidos del demandado, domicilio para oír notificaciones y personas autorizadas.
  3. Hechos que deberán ser confesados o negados por el demandado.
  4. Excepciones que tenga el demandado.
  5. Firma del demandado o representante.
  6. Fundamento de derechos.
  7. Puntos petitorios y rubro del juicio.

Actitudes del Demandado

Allanamiento: El demandado se allana cuando acepta las pretensiones del actor.

Confesión: Es la admisión de que los hechos afirmados por el actor en su demanda son ciertos.

Reconocimiento: Admisión y aceptación del derecho.

Denuncia: Consiste en solicitar al juzgador que haga el juicio del conocimiento de un tercero.

Negación de los hechos: El demandado se limita a negar que los hechos afirmados por el actor sean ciertos.

Negación del derecho: El demandado puede negar la existencia de los derechos reclamados por el actor.

Oposición de excepciones: Poder que tiene el demandado para oponer cuestiones que impidan un pronunciamiento o que lleguen a uno.

Excepciones Procesales

  1. Incompetencia del juez.
  2. Falta de legitimación procesal (personalidad).
  3. Litis pendencia: proceso legal que se utiliza para resolver una disputa cuando hay dos o más juicios pendientes en diferentes cortes que involucran las mismas partes y los mismos hechos.
  4. Cosa juzgada: denuncia al juez que el litigio que plantea el actor en su demanda fue resuelto en un proceso anterior.
  5. La excepción de conexidad: petición por el demandado para que el juicio promovido por el actor se acumule a otro.
  6. Improcedencia de la vía: el demandado se opone al tipo de juicio que escoge el actor para plantear su demanda.

Excepciones Sustanciales

Consisten en los hechos extintivos, modificativos o impeditivos aducidos por el demandado para oponerlos como causa de su pretensión.

Otras Clasificaciones de Excepciones

  1. Excepciones dilatorias y perentorias: Excepciones perentorias: son las que destruyen la acción, Excepciones dilatorias: son las que impiden resolver el fondo del negocio.
  2. Excepciones previas y de fondo: previas: manifiesta el juez la existencia de cuestiones que impiden. Fondo: logra un pronunciamiento por el juzgador.
  3. Excepciones y defensas: DEFENSAS: Al derecho material o sustantivo que opone el demandado contra el demandante. EXCEPCIONES: a los medios procesales con que el demandado se opone a la demanda.

Reconvención

Pretensión que el demandado deduce al contestar la demanda a fin de que falle dos pretensiones en una sola sentencia.

Rebeldía

Falta de comparecencia de una de las partes o de ambas respecto de un acto procesal determinado.

Presupuestos de la Rebeldía

  1. Emplazamiento.
  2. Transcurso del plazo.

Consecuencias de la Rebeldía

  1. Notificaciones posteriores al demandado.
  2. Confesión ficta.
  3. Audiencia previa, conciliación y de excepciones procesales.
  4. Retención de bienes, muebles o embargo de los inmuebles.

Réplica y Dúplica

Réplica es la respuesta a los argumentos iniciales presentados por la parte contraria, mientras que la dúplica es la respuesta a la réplica, presentada por la parte que inició el proceso.

Derecho Comparado

Método de estudio del derecho que se basa en la comparación de las distintas soluciones que ofrecen los diversos ordenamientos jurídicos para los mismos casos planteados.

Conciliación

Es un método de resolución de conflictos por el cual las partes, con la intervención de un conciliador, llegan a un acuerdo para solucionar sus diferencias.

Excepciones Procesales Dilatorias

Son las que impiden al juez, al menos de forma provisional, decidir sobre el fondo del asunto.

Derecho Probatorio

Estudia los principios y normas reguladoras de la prueba judicial, tanto en su naturaleza, como en sus características, procedimiento y valoración.

Prueba

Justificación de la verdad de los hechos controvertidos hecha por los medios que autoriza y reconoce, por eficaces, la ley.

Necesidad de la Prueba

Los hechos sobre los cuales deben fundarse la decisión judicial necesitan ser demostrados por las pruebas que aporten las partes u ordene de oficio del juez.

Publicidad de la Prueba

En un lugar dentro del tribunal al que puedan acceder cualquier persona para presenciar su recepción.

Carga de la Prueba

Obligación que tiene toda persona de probar lo que está alegando, generalmente en un juicio.

Objeto de la Prueba

Es el hecho que debe verificarse sobre el cual vierte el juicio.

Prueba de los Hechos

Acreditación de los hechos en los que se basa una determinada pretensión, y que corresponde a quien la ejercita.

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