Protocolo del Departamento Técnico Criminológico para la Gestión de Legajos


Anexo 2: Departamento Técnico Criminológico

A) Funciones y Composición

El Departamento Técnico Criminológico (DTC) actúa como delegación de la Dirección Instituto de Clasificación/Junta de Selección en las unidades penitenciarias. Está integrado por:

  • Un jefe, responsable de convocar a los profesionales psicólogos.
  • Coordinadores de las siguientes secciones:
    • Sección GAYS (Grupo de Atención a la Diversidad Sexual)
    • Sección Asistencia Social
    • Sección Asistencia y Tratamiento
  • Director y Subdirector de la Unidad.
  • Representantes del Ministerio de Justicia.

El DTC responderá directamente al juzgado desde la unidad, proporcionando información y evaluaciones sobre los internos.

B) Recursos y Logística

El director de la unidad se encargará de proporcionar los recursos administrativos, materiales, espaciales y humanos necesarios para la elaboración del Legajo Técnico/Técnico Criminológico (LT/TC), especialmente con el objetivo de agilizar la implementación del nuevo legajo 2007.

C) Funciones del Jefe del DTC y Procedimientos

El Jefe del Departamento Técnico Criminológico será un profesional idóneo del área humanístico-social, designado por la Dirección de la Unidad. Este profesional representará a la Dirección Instituto de Clasificación y a la Junta de Selección.

C.1 Elaboración del Informe Integral

El Jefe del DTC y su Coordinador Técnico (psicólogo-asistente) se encargarán de articular las conclusiones del informe integral del GAYS, basándose en el Legajo y el Acta Dictamen.

C.2 Notificación de Recepción de Oficios Judiciales

El Jefe del DTC deberá notificar por escrito a todas las áreas que integran los respectivos legajos la recepción de los oficios judiciales.

C.3 Plazos de Respuesta a Oficios Judiciales

Se deberá dar prioridad a los oficios judiciales relacionados con beneficios como la libertad condicional, excarcelación, libertad asistida, salida transitoria y cambio de régimen. Los plazos de respuesta a los oficios judiciales se clasifican en:

  • Perentorio (inmediato)
  • 24 horas
  • 48 horas
  • 72 horas
  • Urgente
  • Muy Urgente
  • A la brevedad
  • Adelantar vía fax

C.4 Plazo Procesal Estándar

Si el oficio no especifica un plazo de respuesta, se deberá responder en un término procesal no mayor a 5 días hábiles o 7 corridos. En el caso del artículo 512 del Código Procesal Penal y para beneficio de la Junta, la información deberá ser producida en un lapso de 10 días corridos.

C.5 Solicitud de Prórroga

En caso de no poder cumplir con el plazo establecido, el Jefe del DTC deberá solicitar por escrito una prórroga legal al juzgado correspondiente.

C.6 Responsabilidad de la Información de los Internos

El Registro de Internos será responsable de mantener actualizada la información de los internos.

C.7 Notificación de Traslado de Internos

En caso de traslado de un interno, la Unidad deberá informar al juzgado y a la Dirección de Instituto de Clasificación, adjuntando una copia del oficio correspondiente.

C.8 Funciones de la Dirección Instituto de Clasificación/Junta de Selección

La Dirección Instituto de Clasificación/Junta de Selección se encargará de la fiscalización, supervisión y control de la documentación, desde la recepción de los oficios judiciales hasta su contestación al juzgado. Se tomarán como referencia los plazos judiciales descritos en los puntos C.3 y C.4 para la organización de las tareas.

C.9 Envío de Copia del Oficio Judicial

Se deberá enviar de inmediato por fax una copia del oficio judicial recibido en la Unidad a la Dirección Instituto de Clasificación, quien se encargará de su tramitación.

C.10 Elevación del Legajo Técnico/Técnico Criminológico

Una vez concluidas las actuaciones relacionadas con el incidente judicial en trámite, se deberá elevar a la Dirección Instituto de Clasificación una copia del Legajo Técnico/Técnico Criminológico enviado al juzgado, en un plazo no mayor a 24 horas.

C.11 Distribución de la Documentación

La documentación se enviará por triplicado: una copia al juzgado, otra a la Dirección Instituto de Clasificación para su registro, fiscalización, supervisión y archivo, y la tercera copia quedará en la Unidad de alojamiento del interno. Esta última copia deberá acompañar al interno en caso de traslado, dentro de las primeras 48 horas.

C.12 Remisión de Copia en Caso de Cambio de Régimen

En caso de cambio de régimen penitenciario, se deberá remitir una copia del Legajo Técnico/Técnico Criminológico a la Dirección General de Asistencia y Tratamiento (Jefatura) para la elaboración de la resolución correspondiente.

C.13 Elaboración de Expedientes de Conmutación de Pena

Los expedientes de conmutación de pena se elaborarán en la Unidad y luego se elevarán a la Dirección Instituto de Clasificación para su evaluación, supervisión y posterior elevación al Jefe del Servicio Penitenciario.

C.14 Resumen Mensual para Estadísticas

Se elaborará un resumen mensual de las actividades del DTC para la elaboración de estadísticas.

D) Responsabilidades de la Dirección Instituto de Clasificación

La Dirección Instituto de Clasificación es responsable de las modalidades de trabajo que aplicarán los profesionales psicólogos, de acuerdo con el Legajo Técnico-Técnico Criminológico 2007 y el Legajo Psicológico Forense 2007.

D.1 Funciones de Supervisión y Capacitación

La DIC/Junta de Selección se encargará de la supervisión, capacitación, planificación, clasificación, archivo, diagramación, control, remisión de pautas técnicas para la instrumentación de los legajos 2007, docencia e investigación.

D.2 Dependencia Administrativa y Técnica de los Psicólogos

Los profesionales psicólogos dependerán administrativamente de la Dirección General de Asistencia y Tratamiento, con una doble dependencia técnica en las labores de contención.

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