Regencia de María Cristina estatuto real


b) Los liberales moderados, basados en el liberalismo doctrinario, cuyo origen se encuentra en los doceañistas o liberales, a los que se les suman los sectores menos conservadores de la nobleza y el clero que rechazan el carlismo,defenderán en el transcurso del reinado de Isabel II un programa consistente en:

Sostener la necesidad del orden y de una autoridad fuerte;Rechazar cambios; veían en el exceso de libertad una amenaza;Derechos individuales reducidos y derechos colectivos casi inexistentes;Limitar el derecho al voto;Defender el proteccionismo económico;Suprimir la Milicia Nacional;Fortalecer las atribuciones del rey;Soberanía compartida entre el Rey y las Cortes

El programa del moderantismo se materializó en la Constitución de 1845.

Los soportes sociales eran los terratenientes, los hombres de negocios y los banqueros. Sus máximos líderes se encontraba Martínez de la Rosa, que ocupaba la jefatura del gobierno, el general Narváez y Alejandro Mon, Bravo Murilo.

Los liberales moderados retuvieron el poder desde 1844 a 1868.

Ambos eran «partidos de notables», agrupaciones poco numerosas formadas por personas con prestigio y fortuna para atraer votos y cubrir gastos.

    1. La Constitución de 1837.

Elfinal del Estatuto Real tuvo lugar en 1836, tras la sublevación de los sargentos en la Granja de San Ildefonso invadieron el Palacio Real en Agosto de dicho año, forzando a la reina regente a suspender el Estatuto y a restablecer la Constitución de 1812 de forma temporal hasta dotar al país de una nueva constitución.

    Los promotores  fueron progresistas. Poco después, con los liberales progresistas en el gobierno tras las elecciones de Septiembre y Octubre, se emprendíó la elaboración en Cortes de la Constitución de 1837, presentada como una revisión de la Constitución de Cádiz, que establece la monarquía constitucional en España. El contenido de este texto constitucional se resume en:

Soberanía Nacional;División de Poderes;El poder legislativo recae en las dosCámaras, Congreso de Diputados y Senado. Los senadores eran nombrados por el rey; El rey posee el poder ejecutivo, tenía la potestad de hacer ejecutar las leyes. La Constitución definía  las atribuciones regias: iniciativa legislativa, derecho de veto ilimitado.Reconocimientos de los derechos individuales y de la libertad de imprenta;No prohibición de otras religiones. El Estado perdió parte de sus rentas como consecuencia de la desamortización.

 cuatro diferencias fundamentales entre esta Constitución y la Constitución de 1812:

 Cortes bicamerales en 1837 frente a las Cortes unicamerales del texto gaditano; En la nueva Constitución la figura del rey es más fuerte, acumula más poder y funciones;el texto constitucional de 1812 prohibía el ejercicio de otras religiones que no fuesen la católica.;Con respecto al sistema de elección de los diputados, se abandonó el sufragio universal indirecto reconocido en 1812 y se complementó la nueva Constitución con otra ley de gran relevancia, la Ley Electoral de 1837, que establecía el voto directo y el sufragio restringido masculino para la elección de diputados. Así, se limitaba el derecho a voto a aquellos hombres a quienes se consideraba cualificados para usar correctamente sus derechos políticos; 

Los mayores contribuyentes exigían una cuota impositiva directa mínima para ser elector.

Un pequeño número de varones con una determinada formación intelectual.

Estos «capacitados» por su riqueza e inteligencia eran solamente unos 240.000 hombres mayores de 25 años, siendo la proporción electores/habitantes de 1/58. Aun así, el fraude electoral fue usual en España.

3.LA REGENCIA DE Espartero (1840-1843)

. María Cristina fue obligada a renunciar a la regencia en 1840 a causa de la Ley de Ayuntamientos propuesta por un gobierno moderado. La reina defendía, en contra de los deseos de los progresistas, lo que convertiría a los alcaldes y concejales en una especie de delegados del gobierno central, oponiéndose a que fuesen elegidos por los vecinos.

   María Cristina marchó al destierro. (1841-1843)el general Baldomero Espartero, resultó elegido por las Cortes para asumir la regencia. Este general disfrutaba de una enorme popularidad por las victorias militares contra los carlistas .Durante su regencia se aceleró la desamortización eclesiástica y se recortaron los fueros vasco-navarros. Durante tres años gobernó de manera autoritaria reprimiendo con dureza pronunciamientos moderados.

   En Diciembre de 1842, estalló un levantamiento en Barcelona que uníó a patrones burgueses y obreros. Espartero pasó al exilio a Londres y años después, en 1854,volverá a ser jefe de gobierno.



Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *