Relación entre Derecho y Moral: Un análisis de la exterioridad e interioridad


Tema IV: Exterioridad e Interioridad del Derecho

Las Normas Morales, el Derecho y la Moral

Las normas morales persiguen el bien y la buena conducta, buscando la pureza de intenciones en las acciones humanas. Se sitúan en el plano de la conciencia individual, que debe guiar el comportamiento externo. El acto moral, impulsado por el fuero interno, es de libre decisión. La moral evita la sanción del Derecho, representando las normas socialmente establecidas que rigen la conducta individual.

En esencia, la norma moral es unilateral, emana de un acto interior con realización autónoma y carece de sanción coercible.

El Derecho y la Moral

La obligatoriedad del Derecho está ligada a la moralidad, la justicia y las conductas consideradas buenas o malas. El Derecho necesita la legitimidad moral para validar sus normas, basadas en principios morales superiores.

Por ejemplo, ambos prohíben el asesinato. El Derecho lo hace estableciendo sanciones, mientras que la Moral desaprueba el acto, aislando al individuo. El Derecho aplica medidas coercitivas, restringiendo la libertad del delincuente. La Norma Moral, en cambio, es una reacción social que sanciona con censura, aislamiento y segregación voluntarias.

Iusnaturalismo e Iuspositivismo

La relación entre Derecho y Moral plantea la tensión entre Derecho Positivo (Iuspositivismo) y Derecho Natural (Iusnaturalismo). El Iusnaturalismo sostiene la supremacía del Derecho Natural sobre el Positivo, mientras que el Iuspositivismo solo reconoce el Derecho Positivo.

Norberto Bobbio define el Iusnaturalismo como la teoría de la superioridad del Derecho Natural, y el positivismo jurídico como la teoría de la exclusividad del Derecho Positivo.16

El Derecho Natural se considera un contrapeso a un Derecho Positivo injusto. La disputa surge cuando el Derecho Positivo, siendo injusto, contradice los principios morales. El Iuspositivismo asegura el cumplimiento de la norma jurídica sin exigir que sea justa, aunque la justicia le otorga plena validez. Kelsen argumenta que la justicia de un sistema jurídico es relativa a la moral de la sociedad y al momento histórico.

Bobbio denomina positivismo ideológico a la idea de que la legalidad, como validez formal de las normas, garantiza la eficacia del orden jurídico, pero no su obligatoriedad, sino su coercibilidad.

Moral Ideal y Moral Social

La moral se manifiesta colectivamente como un sistema normativo incoercible, socialmente aceptado, que prescribe lo bueno y lo malo. Frente a la moral social positiva y vigente, existe la moral ideal, un conjunto de reglas de conducta ideales que sirven como parámetro de bondad o maldad.

Existen normas de trato social, como la urbanidad y el respeto, que constituyen convencionalismos sin coerción, diferenciándose de la moral ideal y social. La Moral y el Derecho, como creaciones humanas, varían según las culturas y las cosmovisiones, influyendo en la creación de normas jurídicas coercibles.

Recaséns Siches afirma: «Toda Moral supone y requiere libertad en su cumplimiento: el Derecho, en cambio, entraña la nota de coercitibidad o mejor dicho de impositividad. […] Aquello que hago independientemente de mi voluntad ni es moral ni es inmoral: escapa a toda apreciación ética (sensu stricto)».

Diferencias entre Normas Morales y Normas Jurídicas

Kant distingue entre lo moral y lo jurídico: la moral rige la libertad humana internamente, mientras que el Derecho regula el comportamiento externo. La moral tiene estructura interna y es unilateral, mientras que el Derecho regula la vida social y es bilateral.

De ahí se deduce la autonomía de la moral y la heteronomía del Derecho. La Moral es incoercible, busca el bien, y es unilateral. El Derecho es coercible, busca la justicia, y es bilateral.

Diferencias entre normas:

Normas JurídicasNormas MoralesNormas de Trato Social
BilateralesUnilateralesBilaterales
ExternasInterioresExternas
HeterónomasAutónomasHeterónomas
CoerciblesIncoerciblesIncoercibles

Vinculaciones de Moral y Derecho

El Derecho, aunque distinto de la Moral, la necesita para fundamentar la obligatoriedad de sus prescripciones. El Derecho busca la justicia como materialización de un sistema de valores. La seguridad jurídica se justifica por los fines del Derecho y los valores morales que porta.

Los valores jurídicos son mediatos e instrumentales, sujetos a la idea de Justicia, que es el nexo entre Derecho y Moral. La obligación no deriva solo de la norma jurídica, sino de la norma moral incorporada en ella.

Se debe proteger tanto la moral individual frente al Derecho como la obligatoriedad jurídica frente a la moralidad subjetiva. La corrección del Derecho no implica legalizar la moralidad, sino moralizar el Derecho para mejorar su función reguladora.

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