EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
El estatuto de los trabajadores regula las relaciones individuales de trabajo, así como los derechos de representación y reuníón de los trabajadores en la empresa y de todo lo relacionado con la negociación y los convenios colectivos.
Ámbito de uso
La LET será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro de del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario. Los empresarios son todas las personas físicas o jurídicas que reciben la prestación de servicios de otras personas físicas. Se considera centro de trabajo la unidad productiva con organización específica, que seda dada de alta como tal ante la autoridad laboral.
Exclusiones
La LET excluye de su ámbito las siguientes relaciones laborales:
- La relación de servicios de los funcionarios públicos, así como la del personal al servicio del Estado.
- Las prestaciones personales obligatorias. (Servicios a la comunidad)
- La actividad que se limite al mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración.
- Los trabajos realizados por amistad.
- Los trabajos familiares salvo que se demuestre la condición de asalariado.
- Las personas que tengan actividad prestadora de servicios de transporte
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y EL TRABAJO
El modelo de relaciones laborales en el Derecho del Trabajo son las que el estado refleja en la Constitución. Esta recoge una serie de principios, derechos y deberes que afectan directamente al mundo laboral. En la constitución podemos señalar lo siguiente:
- Derecho al trabajo que tiene todo español y a elegir su profesión u oficio.
- Deber de trabajar de todos los españoles.
- La promoción en el trabajo. Es un derecho constitucional de todo trabajador la promoción en su trabajo como incentivo u satisfacción personal.
- Remuneración suficiente. Anualmente el Gobierno fija una salario mínimo para trabajadores por cuenta ajena, de maneras que ningún trabajador podrá recibir remuneración inferior a la establecida.
RELACIONES LABORALES DE Carácter ESPECIAL
- El personal de alta dirección
- El servicio del hogar familiar
- Los penados en las instituciones penitenciarias
- Los deportistas profesionales
- Los artistas de espectáculos públicos
- Las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o mas empresarios sin asumir el riesgo.
APLICACIOÓN DE LAS NORMAS
Principio de norma mas favorable, Principio de irrenunciabilidad de los derechos, Principio de condicione mas beneficiosa y Principio prooperario.
Constitución, Normas comunitarias, Tratados internacionales, Leyes orgánicas y ordinarias, Reales decretos, Reglamentos, convenios colectivos, convenios de trabajo y costumbre.
Las disposiciones legales y reglamentarias del Estado. (Leyes).
Las leyes son la primera fuente reguladora de las relaciones laborales. Se entiende por ley la norma aprobada por las cortes, sancionadas, promulgadas y publicada en el Boletín Oficial del Estado, todo esto por orden del Rey. Dentro de las leyes existe la siguiente jerarquía:
La constitución
Es la norma base fundamental del Estado, aprobada por las Cortes Generales.Ley Orgánica
Son leyes orgánicas las que refieren en el desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Aprobados por los estatutos de Autonomía. Necesita la mayoría absoluta del congreso para la aprobación o derogación de la ley
Ley Ordinaria
Constituye el poder legislativo. No precisa de mayoría absoluta para la aprobación o la derogación de la ley. Solo necesita la mayoría simple, es decir la mayoría de los miembros presentes.Decretos legislativos
Las cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas. Esto de hace por la necesidad de agilizar el proceso normativo. Se otorga el poder de dictar la norma al gobierno a una materia concreta y en un plazo determinado.Los Decretos-Ley:
son disposiciones legislativas provisionales que el Gobierno dicta en el caso de extraordinaria y urgente necesidad. Estas disposiciones tienen rango de ley. Los decretos-leyes deben ser sometidos a votación por la totalidad del congreso de los diputados.Los Reglamentos
Son normas de rango inferior a las leyes, las dicta el Gobierno y no pueden contravenir las leyes que la deriva.
Los Convenios Colectivos
La constitución recoge que la ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral, entre los representantes de los trabajadores y empresarios. Mediante estos convenios colectivos se regula las condiciones de trabajo, productividad y relaciones laborales.
La voluntad de las partes, manifestadas en el contrato de trabajo
La voluntad de las partes, es decir, empresarios y trabajadores, queda manifestada en el contrato de trabajo. Puede ser fuentes de derecho y obligaciones que conciernen a la relación laboral.
Los usos y costumbres
Los usos y costumbres pueden ser considerados como fuente del Derecho Laboral. Surgen de conductas y hechos repetidos de forma constante por una comunidad. Han de ser locales y profesionales, y aprobados.