Relaciones Causales en Criminología: Factores de Riesgo y Delito


Relaciones Causales en Criminología

Lo mismo ocurre en la Criminología. Estas variables que se asocian o correlacionan con el delito se denominan de diversas maneras: factores de riesgo, concurrentes, predictores o correlatos. Por eso decimos que los factores de riesgo no son causa, sino correlaciones.

Se indica así: Variable 1 <-> Variable 2

  • Causalidad: relación entre dos fenómenos relacionados entre sí

Una es una variable dependiente y la otra una variable dependiente.

La variable independiente influye causalmente en la variable dependiente).

Se indica así: variable independiente -> variable dependiente

3.1. Requisitos de una Relación Causal

  • Asociación entre dos fenómenos o variables
    • “La variación de una variable va acompañada de la variación de la otra variable: correlación positiva o correlación negativa”.
    • “La presencia de una variable suele ir acompañada de la presencia de la otra variable”.
    • Las dos variables más sólidamente asociadas con el delito son el sexo (o género) y la edad. También el consumo de drogas.
    • La asociación y correlación entre variables es relativamente sencillo de establecer mediante herramientas estadísticas, al menos si se cuenta con medidas válidas y fiables (con estadísticos como Chi-cuadrado o Coeficiente R, con paquetes estadísticos comerciales como SPSS).
  • Orden temporal.
    • “La causa tiene que ser temporalmente anterior al efecto, es decir, la variable independiente debe ser previa a la dependiente”.
    • Ejemplo: para que el consumo de drogas sea una causa del delito tiene que ser temporalmente previo a la comisión de delitos: alguien cae en las drogas y luego delinque.
    • El establecimiento de un orden temporal entre variables suele ser difícil de conseguir en Criminología. Normalmente esto es problemático, aunque alguna vez no lo es (ej: variables biológicas, que quedan determinadas en el momento del nacimiento o inmediatamente después).
    • La mayor parte de las investigaciones siguen un modelo transversal, es decir, en el que se toman mediciones de distintas variables a la vez (ej: mediante un cuestionario autoadministrado se les pregunta con qué frecuencia han consumido drogas y han cometido delitos en los últimos 6 meses). Mediante modelos transversales no es posible conocer cuál es el orden temporal de las variables.
    • Un diseño longitudinal se refiere a un grupo de personas, denominado panel, al que se interroga, quizás mediante cuestionarios autoadministrados, en distintos momentos temporales a lo largo de sus vidas. En este esquema, por tanto, se puede saber cuándo tiende a aparecer el consumo de drogas y cuándo la comisión de hechos delictivos. Aunque antes se les consideraba no necesarios, ahora se consideran superiores a los transversales, desde luego para el establecimiento del orden temporal de variables.
  • Tienen problemas metodológicos y son muy costosos (ej: pérdida de miembros del panel que no quieran seguir colaborando).
  • Han resultado decepcionantes a la hora de resolver las grandes dudas sobre el orden temporal entre distintas variables y la comisión de hechos delictivos.
  • Que la relación no sea espuria, es decir, la ausencia de una tercera variable que, cuando se toma en cuenta, haga desaparecer la relación.
    • La relación no debe desaparecer cuando se toma en cuenta una tercera variable que sea previa a las otras dos.
    • Lo contrario a una relación espuria es una relación genuina.
    • Ejemplo: Se presume que el consumo de drogas es una causa de la comisión de delitos, pero puede aparecer una tercera variable, previa a las otras dos, que sería la verdadera causa tanto del delito como del consumo de drogas: el autocontrol. (El autocontrol es previo porque se forma en los primeros años de vida), (un autocontrol bajo es la causa de ambos fenómenos). Es decir, habría una relación de causalidad entre el autocontrol y el consumo de drogas y entre el autocontrol y la comisión de delitos, y una correlación entre el consumo de drogas y la comisión de delitos.
  • Que exista una explicación para la explicación causal. (A veces se incluye este 4º requisito).
    • Por ejemplo, no bastaría con señalar que el consumo de drogas causa el delito, sino que habría que incorporar una razón teórica: porque se necesita dinero para adquirir drogas, por el tipo de personas con quien tiende a relacionarse el consumidor, etc.
    • La exigencia de este requisito no parece, sin embargo, asumible: puede pasar que se encuentre una potencial causa del delito pero que no pueda explicarse cómo puede ser que opere. Es una característica y requisito de una teoría, no de una relación causal.

3.2. Observaciones

  • El concepto de causa en Criminología es probabilístico. Afirmar que algo es una causa del delito no quiere decir que siempre que se presente esta causa se producirá el delito.

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