Defina Derecho tributario:
Conjunto de Normas que tienen por objeto el estudio y la regulación del nacimiento, Modificación y extinción de las obligaciones tributarias. En esta definición se Distinguen dos elementos:
Conjunto de normas:
Está recogido en un Conjunto de disposiciones legales que conducen a calificarlo como de derecho Positivo.Obligaciones tributarias:
La finalidad Que persigue el Derecho
Tributario es el estudio de las obligaciones Tributarias, entendidas como el vínculo que une al estado con los sujetos.Fuentes Del derecho tributario:
Las disposiciones constitucionales
Los tratados internacionales aprobados por el Congreso y ratificados por elPresidente De la República
Las leyes tributarias y las normas de rango Equivalente
Las leyes orgánicas o especiales que normatizan La creación de tributos regionales o municipales
Los decretos supremos y las normas Reglamentarias
La jurisprudencia
Las resoluciones de carácter general emitidas Por la Administración Tributaria
La doctrina jurídica
Cuáles Son los principios del derecho tributario?
La Constitución Nacional en su Artículo 363 plantea que “el sistema tributario se funda en los Principios de equidad, eficiencia y productividad…”; los artículos 34 y 338 de La misma, identifican los principios de legalidad, irretroactividad y no Confiscatoriedad. Por su parte, el Derecho Tributario desarrolla los principios De equidad, legalidad, capacidad de pago, progresividad, proporcionalidad, Generalidad y neutralidad, entre otros.
1.2.1 Principio De LEGALIDAD
Este principio Del Derecho Tributario establece que no puede existir tributo alguno, sin una ley que lo establezca.
Nuestra Constitución Nacional en su artículo 338 establece: “En tiempos de paz, Solamente el Congreso, las Asambleas Departamentales, los Concejos Distritales Y Municipales podrán imponer contribuciones fiscales o parafiscales”.
Como bien es Sabido, el Congreso legisla para la nacíón; Las Asambleas Departamentales lo Hacen para los Departamentos y Los Concejos Municipales y Distritales lo hacen Para los municipios o distritos, surge así una primera clasificación de los Tributos. De acuerdo con esta conceptualización los tributos pueden ser NACIONALES, DEPARTAMENTALES o MUNICIPALES dependiendo del rango de territorialidad Que le compete a cada instancia que legisla.
Cuando el Congreso legisla lo hace para el País, su ámbito de territorialidad y de Aplicación es el territorio nacional. Sus normas se denominan LEYES. La DIAN Administra los impuestos del orden nacional y los tributos aduaneros.
Son tributos del orden nacional:
El impuesto de Renta y Complementarios (Impuesto de Ganancias Ocasionales)
El Impuesto al Valor Agregado – IVA – (Impuesto sobre las ventas)
El Impuesto de Timbre Nacional
El Gravamen Financiero
El Impuesto al Patrimonio
Aranceles Aduaneros
Impuesto Aeroportuario (Tasa)
Derechos AutoralesImpuesto salida exterior (al solicitar pasaporte)
Cuando las Asambleas Departamentales legislan, lo hacen para el Departamento,su ámbito de aplicación y territorialidad es El Departamento. Sus normas se denominan ORDENANZAS.
Son tributos Departamentales:
Impuesto de Vehículos automotores
Impuesto de Registro
A la gasolina Motor y al ACPM
Al consumo de Cervezas, sifones, refajos y mezclas
Al consumo de Licores, vinos, aperitivos, y similares
Impuesto al Consumo de cigarrillos y tabaco elaborado
Impuesto al Degüello de ganado mayor
Impuesto a Premios de loterías
Impuesto sobre La venta de loterías
Impuesto sobre Eventos deportivos y similares
Contribución Sobre contratos
Registro Mercantil (Tasa)
Otros: Estampillas y contribuciones como:
Estampilla pro Desarrollo frontera (Cúcuta). Estampilla pro electrificación rural.Estampilla pro desarrollo.Estampilla pro cultura.Estampilla pro universidades.Estampilla pro hospitales.Regalías petroleras.Beneficencia
Cuando el Concejo Municipal legisla lo hace para el municipio; sus normas se denominan ACUERDOS.
LSon tributos Del orden municipal:
Impuesto predial Unificado
Impuesto de Industria y Comercio
Impuesto de Avisos, tableros y vallas
Impuesto de Circulación y transito
Impuesto de Espectáculos públicos
Impuesto de Espectáculos públicos con destino al deporte y a la cultura
Impuesto de Extracción de arena, cascajo y piedra
Impuesto de Degüello de ganado menor
Delineación Urbana
Sobretasa a la Gasolina
Transferencia Del Sector Eléctrico
Impuesto sobre El Servicio de Alumbrado Público
Sobretasa para Financiar la Actividad Bomberil
Impuesto al Transporte de hidrocarburos
Impuesto a las Ventas por el sistema de clubes
Impuesto sobre Billetes, tiquetes y boletas de rifas y premios de las mismas
Impuesto a las Apuestas en toda clase de juegos permitidos
Impuesto de Casinos
Impuesto sobre Apuestas mutuas
Gravamen a concursos Hípicos y caninos
Reglamentación Común a los juegos de suerte y azar
Otras tasas, Contribuciones y estampillas
Patentes (Tasa)
Sayco y Acinpro
Bomberos
Pesos y medidas
Valorización (Departamental o Municipal)
Peajes (algunas Ciudades) (Tasa)
Impuesto a la Telefonía
Impuesto Fondo De Pobres (Distrito de Bogotá)
Impuesto a la Explotación de oro, plata y platino
Estacionamiento (Tasa)
Alineamiento por Hilos (Tasa)
Nomenclatura (Tasa)
Dibujo vías Obligadas (Tasa)
Ocupación de Vías (Tasa)
Tasa Proancianato
Impuesto Publicidad visual exterior
1.2.2.Principio de IGUALDAD o EQUIDAD
Este principio Parte del principio constitucional de que todos los ciudadanos son iguales ante La ley. En materia tributaria la IGUALDAD está condicionada a la capacidad Económica del sujeto, por lo tanto, igual capacidad económica implica igual Tratamiento fiscal yla EQUIDAD Tributaria se refleja según las circunstancias que sean similares para las Personas: Si dos personas se encuentran con los mismos ingresos, costos y Gastos, tendrán las mismas tarifas de impuesto de renta:
A igual base gravable,igual tarifa.El Principio de Igualdad en materia tributaria oPrincipio de Capacidad Contributiva se refiere a que, el reparto de los Tributos ha de realizarse de forma tal que se trate igual a los iguales y Desigual a los desiguales, por lo que las cargas tributarias han de recaer, en Principio, donde exista manifestación de riqueza que pueda ser gravada, lo que Evidentemente implica que se tenga en consideración la capacidad personal o Patrimonial de los contribuyentes.
En resumen, Según este principio la carga económica soportada por el contribuyente debe Guardar relación con la capacidad contributiva del mismo.
Existe EQUIDAD HORIZONTAL cuando existen contribuyentes con iguales bases gravables por lo que Tendrán igual tratamiento fiscal o tratamiento tributario, y existe EQUIDAD VERTICAL cuando se hace relación a la capacidad de pago de los contribuyentes: “El rico debe contribuir a las cargas sociales en cantidad superior a la Proporcional respecto del pobre”
1.2.3.Principio de PROPORCIONALIDAD
Este principio Consagra que a mayor capacidad de pago, mayor impuesto, pero únicamente en Términos relativos; esto quiere decir, que la tarifa permanece constante pero El monto del impuesto aumenta a medida que se aumenta la base gravable.
Un ejemplo Práctico lo determina elimpuesto sobre Las ventas: La tarifa general es del 16%, luego si se realiza una venta por Valor de $100.000.Oo el respectivo impuesto será de $16.000.Oo; pero sí la Venta es de $1.000.000.Oo, el impuesto será de $160.000.Oo.Igual sucede con el impuesto de renta para Las personas jurídicas cuya tarifa es del 33%.Si la renta liquida gravable es de $100.000.000.Oo el impuesto de renta Será de $ 33.000.000.Oo y si la renta liquida gravable es de $150.000.000.Oo el Impuesto de renta será de $49.500.000oo. En otras palabras, la tarifa permanece Igual, pero, el impuesto se aumenta o se disminuye dependiendo de la base Gravable.
1.2.4.Principio de GENERALIDAD
Este principio Tributario reza que un impuesto se aplica por igual a todas las personas Afectadas por el mismo. En el caso de las personas jurídicas del régimen Ordinario de renta, el impuesto de renta es del 33%, sea cual sea, la actividad Económica que desarrollen y sea cual sea el resultado económico de su Actividad.
En el caso del Impuesto sobre las ventas (Impuesto al consumo) aplica la tarifa que le compete Al bien que consuma el contribuyente, sea persona natural o persona jurídica, De acuerdo a la categoría donde clasifica el bien en cuestión.
En el caso Delimpuesto de renta para las personas Naturales el principio de generalidad aplica para cada rango de la tabla de Impuesto; esto quiere decir, contribuyentes con rentas liquidas gravables Inferiores a 1090 UVT aplican tarifa del 0%, Contribuyentes con rentas liquidas Gravables entre 1090 y 1700 UVT aplican tarifa del 19% y así sucesivamente de Acuerdo con la tabla de impuesto.
1.2.5.Principio de NEUTRALIDAD
Un tributo se Considera NEUTRO cuando no ejerce presión alguna sobre los contribuyentes para Incitarlos a realizar una acción o abstención cualquiera.Se procura que los tributos sean fuente de Recursos para el Estado y que no influyan en las decisiones de los agentes Económicos respecto a: Qué producir, qué consumir, cómo organizar la Producción, distribución o comercialización de bienes y/o prestación de Servicios.
En el caso de la LEY Páez o de la LEY QUIMBAYA la ley tributaria viola este principio en el Sentido de que incita a los agentes económicos en su toma de decisiones Respecto a donde producir; pero esto obedece a situaciones especiales conocidas Por todos los colombianos.
1.2.6.Principio de NO CONFISCATORIEDAD
Ningún tributo Puede atentar contra la propiedad. La Confiscación de bienes está prohibida de Acuerdo con el artículo 34 de la Constitución Nacional.
En materia Tributaria, un impuesto es confiscatorio cuando produce una lesión de tal Magnitud en las propiedades del contribuyente, en su esencia o en cualquiera de Sus atributos, que termina siendo manifiestamente injusto, atentando contra el Derecho de la propiedad.
Principio de No Confiscatoriedad de los tributos informa y limita el ejercicio de la Potestad Tributaria del Estado y, como tal, constituye un mecanismo de defensa de Ciertos derechos
Constitucionalesempezando, desde luego, por el derecho de la Propiedad, ya que evita que la ley tributaria pueda afectar irrazonable y Desproporcionadamente la esfera patrimonial de las personas.
Este principio Es un parámetro de observancia obligatoria que nuestra Constitución impone a Los órganos que ejercen la potestad tributaria al momento de fijar la base Imponible y la tasa del impuesto. En ese sentido, el cumplimiento del principio De No Confiscatoriedad supone la necesidad de que, al momento de establecerse o Crearse un tributo, con su correspondiente tasa, el órgano con capacidad para Ejercer dicha potestad respete exigencias mínimas derivadas de los principios De razonabilidad y proporcionalidad.
Por lo anterior, Podemos inferir que un tributo será confiscatorio en la medida que el mismo Absorba una parte importante del capital del contribuyente o de la fuente que Genera sus ingresos.
Un ejemplo sería En el caso del impuesto de predial que se estableciese con una tarifa demasiado Alta que este por fuera de todo límite de la capacidad del contribuyente.
1.2.7.Principio de EFICIENCIA
Este principio Se relaciona con la simplificación de los procedimientos para alcanzarmetas y objetivos por parte de la entidad Beneficiaria del tributo.
Se cumple cuando El Estado facilita a los contribuyentes el pago de sus impuestos, sin Complicados trámites y, en general, cuando están diseñadosde tal forma que no generen pérdidas de Tiempo a los sujetos pasivos ni los haga incurrir en cargas adicionalespara su adecuado y oportuno cumplimiento.
1.2.8.Principio de EFICACIA
Este principio Tributario hace referencia a la funcionalidad de la administración pública, de Manera que funcionen todos los mecanismos posibles para que el tributo se Recaude en el tiempo previsto, llegue a las arcas del estado y se acerque a lo Presupuestado.
Existirá Eficacia cuando lo efectivamente planeado por la administración tributaria en Materia de impuestos, se cumple en un alto porcentaje o se superan las metas.
1.2.9.Principio de PROGRESIVIDAD
Este principio Está altamente relacionado con la CAPACIDAD DE PAGO del contribuyente. Mayor Riqueza o mayor renta implica una mayor capacidad de pago; el tributo debe ser Mayor yprogresivo.
El ejemplo Típico de progresividad en los impuestos lo muestra la TABLA DE IMPUESTO DE RENTA Y DE IMPUESTO DE GANANCIAS OCASIONALES para las personas naturales. Rentas cada vez mayores implican tarifas marginales de impuesto mayores: 0%, 19%, 28% y 33%
Igual sucede con La aplicación de la tabla de Retención EN LA FUENTE para pagos o abonos en Cuenta por conceptos laborales. Tengamos en cuenta que la Retención EN LA FUENTE no es un impuesto; pero sí, es un mecanismo de recaudo anticipado del Impuesto de renta que deben pagar los asalariados. A mayores pagos laborales, Mayor valor de la retención en la fuente.
1.2.10Principio de IRRETROACTIVIDAD
Las normas Tributarias no pueden regular hechos fiscales sino a partir de su promulgación.
El artículo 338 De la Constitución Nacional en su último aparte establece: “…..La leyes, las Ordenanzas o acuerdos que regulen contribuciones en las que la base sea el Resultado de hechos ocurridos durante un periodo determinado, no pueden Aplicarse sino a partir del periodo que comience después de iniciar la vigencia De la respectiva ley, ordenanza o acuerdo.”
Cuando el Impuesto es Instantáneo la ley no podrá modificar elementos de la obligación Tributaria (hechos, bases, sujetos o tarifas); sí el impuesto es de PERIODO, la Ley no podrá alterar los elementos del tributo del periodo en curso, solo Operan las modificaciones para el periodo que inicia después de entrar en Vigencia la ley tributaria.
1.2.1.Principio de Economía
Un tributo se Considera económico, cuando no tiene un elevado costo en su recaudo, control y Administración. Este principio se puede denominar también PRINCIPIO DE COSTO Mínimo DE Recaudación Y PAGO. En otras palabras, no puede haber diferencia Significativa entre lo que sale del bolsillo del contribuyente y lo que ingresa A las arcas del Estado.
1.2.12.Principio de JUSTICIA
El legislador Debe procurar que las leyes sean justas, no excesivas, que graven a cada uno Según su capacidad contributiva y que una vez expedidas se exija el Cumplimiento a todos los obligados.
El Estatuto Tributario al respecto establece: “Artículo 683. Espíritu de justicia.: Los Funcionarios públicos, con atribuciones y deberes que cumplir en relación con La liquidación y recaudo de los impuestos nacionales, deberán tener siempre por Norma en el ejercicio de sus actividades que son servidores públicos, que la Aplicación recta de las leyes deberá estar presidida por un relevante espíritu De justicia, y que el Estado no aspira a que el contribuyente se le exija mas De aquello con lo que la misma ley ha querido que coadyuve a las cargas Públicas de la nacíón.”
1.2.13.Principio de CERTEZA
La norma Tributaria que establece un tributo, debe ser clara en la exposición de los Elementos del tributo y demás aspectos referidos al mismo, tanto para los Servidores públicos que tienen a su cargo la administración de los impuestos, Como para el contribuyente.
Nuevamente nos Referimos a la Constitución Nacional en su Artículo 338: “… La ley, las Ordenanzas y los acuerdos deben fijar, directamente, los sujetos activos y Pasivos, los hechos y las bases gravables y las tarifas de los impuestos.”
El principio de Certeza establece que la norma debe ser clara en cuanto a quien tiene que pagar El tributo, quien es el beneficiario del tributo, cual es la materia o hecho Que se grava con el tributo, cual es la tarifa a aplicar para determinar el Tributo, como se llega a la base sobre la cual se liquida el tributo, cual es El procedimiento para el cumplimiento de la obligación tributaria, periodos de Causación del tributo y fechas de presentación y pago, etc.
El principio de CERTEZA obedece a la claridad de la norma como componente del sistema Tributario, en el sentido de que debe constar de una PARTE SUBSTANCIAL o SUSTANTIVA que hace referencia a la definición de los elementos esenciales del Tributo que se imponga, hechos o personas sometidos al impuesto, valor del Impuesto, base gravable y tarifa y los responsables ante el fisco por el Tributo; PARTE PROCEDIMENTAL referida a las reglas de juego entre el Contribuyente y la DIANcon el fin de Llevar a cabo la determinación del recaudo del impuesto, y de una PARTE ADMINISTRATIVA que determina las relaciones entre el Estado y los Contribuyentes con el fin de que se recauden en debida forma los impuestos.
1.2.14Principio de COMODIDAD
El principio de COMODIDAD establece que toda contribución ha de ser recaudada en la época y Forma que más convenga para él contribuyente. Esto es una aplicación de la CAUSACION del impuesto; por eso en el caso de los impuestos indirectos y la Retención en la fuente se aplica en el momento de la ocurrencia del hecho Generador de la obligación tributaria.
En el caso del Impuesto de renta en lo que refiere a su pago, la administración tributaria Establece periodos de pago y cuotas para facilitar su cumplimiento.
1.2.15Otros principios tributarios
El derecho Tributario ha establecido otros principios como son Representación (No Tributación sin representación).
Las normas Tributarias son el resultado del acto de legislar del Congreso, de las Asambleas Departamentales y de los Concejos Municipales o Distritales, y Quienes conforman estos cuerpos colegiados son representantes de la sociedad Puesto que fueron ellos quienes a través del voto popular los eligieron. Estos Cuerpos colegiados estudian y promulgan las normas que regirán para toda la Sociedad, y éstas deben ser acatadas por todos ya que son aprobadas por los Ciudadanos a través de sus representantes.
PRACTICABILIDAD Es otro principio referido a que las medidas tributarias deben ser Materializables, es decir, que se puedan realizar en la práctica.
El DEBIDO PROCESO es un principio referido a la aplicación práctica de la norma, y de Manera especial, cuando surten los procesos de determinación, discusión y cobro De los impuestos conforme a lo previsto en el Libro V del Estatuto Tributario.El contribuyente y la administración Tributaria son iguales ante la ley y ambos deben acatarla tanto en su parte Sustantiva como en su procedimiento y en sus ritualidades.
La BUENA FE está Consagrada en la Constitución Nacional en el Artículo 83: “Las actuaciones de Los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados De la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos Adelanten ante éstas.”
En Que consiste el principio de Legalidad:
LEGALIDAD:
Este principio del Derecho Tributario Establece que no puede existir tributo alguno, sin una ley que lo establezca
Cuáles Son los artículos de la constitución nacional que trata sobre impuesto?
Artículo 363 plantea que “el sistema Tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y productividad
Artículo 338 establece: “En tiempos de Paz, solamente el Congreso, las Asambleas Departamentales, los Concejos Distritales y Municipales podrán imponer contribuciones fiscales o Parafiscales”.
Ningún tributo Puede atentar contra la propiedad. La Confiscación de bienes está prohibida de Acuerdo con el artículo 34
El artículo 338 de la Constitución Nacional en su último aparte establece: “…..La leyes, las ordenanzas o acuerdos Que regulen contribuciones en las que la base sea el resultado de hechos Ocurridos durante un periodo determinado, no pueden aplicarse sino a partir del Periodo que comience después de iniciar la vigencia de la respectiva ley, Ordenanza o acuerdo.”
Artículo 338: “… La ley, las ordenanzas y los acuerdos deben fijar, directamente, los sujetos Activos y pasivos, los hechos y las bases gravables y las tarifas de los Impuestos.”
Artículo 83:
“Las actuaciones de los
Particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de
La buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten
Ante éstas.”
En su artículo 95
Que trata de los
DEBERES y OBLIGACIONES de los ciudadanos colombianos dice: “….Toda persona está
Obligada a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del
Ciudadano:……9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del
Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.”
Cuáles Son los elementos de la obligación tributaria, hable de ellos
El SUJETO ACTIVO es el beneficiario del pago del tributo. En nuestro caso, el sujeto activo es el Estado y en su nombre aquel que ha sido Facultado por la ley para administrar y percibir los tributos, en su beneficio O en beneficio de otros entes.
EL SUJETO PASIVO
Se trata de las personas naturales o Jurídicas obligadas al pago de los tributos, siempre que se realice el Hecho generador de esta obligación tributaria sustancial y deben cumplir con Las obligaciones formales y accesorias como son: declarar, informar sus Operaciones, facturar, conservar los documentos soportes, etc.
EL HECHO GENERADOR
La obligación Tributaria nace de un hecho económico al que la ley le atribuye una Consecuencia. Este acto es el HECHO GENERADOR definido por el Modelo de Código Tributario para América Latina (Art. 37) en la siguiente forma:
“El hecho generador es el presupuesto Establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el Nacimiento de la obligación tributaria”.
LA BASE GRAVABLE
Es el valor monetario o unidad de medida Del hecho imponible sobre el cual se aplica la tarifa del impuesto para Establecer el valor de la obligación tributaria.
En algunos Impuestos se requiere de la realización de determinados procedimientos para Determinar de manera exacta la base sobre la cual se debe liquidar el impuesto. Tal es el caso del impuesto de renta, del impuesto de ganancias ocasionales, Del impuesto de patrimonio y del impuesto sobre las ventas en la importación de Bienes gravados.
La TARIFA
La tarifa no es más que el factor Aritmético de aplicación a la base gravable que determina la cuantía del Tributo
La tarifa se puede expresar en términos porcentuales como es el Caso del impuesto de renta (33% para personas jurídicas); del impuesto sobre Las ventas o del impuesto al patrimonio, etc., o se puede expresar en una Magnitud en dinero, como es en algunos casos específicos del impuesto de timbre Nacional.Que Es el impuesto de renta?
El impuesto Sobre la renta y complementarios es un solo gravamen integrado por los Impuestos de renta y los complementarios de ganancias ocasionales y de remesas.
El impuesto sobre la renta grava todos los Ingresos que obtenga un contribuyente en el año, que sean susceptibles de Producir incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, siempre Que no hayan sido expresamente exceptuados, y considerando los costos y gastos En que se incurre para producirlos.
Quienes Son contribuyentes del impuesto de renta?
Por regla general todos los contribuyentes Del impuesto sobre la renta y complementarios, personas jurídicas, sean del Régimen ordinario o del régimen especial, las personas naturales, así como las Asimiladas a unas u otras, se encuentran obligados a declarar, salvo personas Jurídicas extranjeras y empresas de transporte internacional. Las personas Naturales, por regla general son contribuyentes del impuesto sobre la renta y Complementarios, sin embargo serán o no declarantes dependiendo de si cumplen o No los requisitos y topes que anualmente fija el gobierno nacional. Se Evidencian varias situaciones dependiendo de las condiciones particulares que Se presenten.
Quienes Son no contribuyentes sobre el impuesto de renta?
En este grupo están la Nacíón, los
Departamentos y sus asociaciones, los distritos, los territorios indígenas, los
Municipios y las demás entidades territoriales, las Corporaciones Autónomas
Regionales y de Desarrollo Sostenible, las áreas metropolitanas, las
Asociaciones de municipios, las Superintendencias, las Unidades Administrativas
Especiales, las asociaciones de departamentos y las federaciones de municipios.
Además, se encuentran allí los resguardos y
Cabildos indígenas, los establecimientos públicos y los demás oficiales
Descentralizados, siempre y cuando no se señalen en la ley como contribuyentes.
Tampoco es contribuyente la propiedad colectiva de las comunidades negras.
Otros que la ley considera que no son
Contribuyentes son las entidades sin ánimo de lucro como los sindicatos, las
Asociaciones de padres de familia, las sociedades de mejoras públicas, las
Instituciones de educación superior aprobadas por el Icfes que sean entidades
Sin ánimo de lucro, los hospitales que estén constituidos como personas
Jurídicas sin ánimo de lucro, las organizaciones de alcohólicos anónimos y las
Juntas de acción comunal, entre otras.
Quienes Son no contribuyentes declarantes:
Losno contribuyentes declarantes son aquellos que declaran sus ingresos Pero no hacen contribución al estado por ejemplo las cooperativas, la iglesia, El estado, fundaciones, hospitales y universidades entre otras.
Quienes Son contribuyentes declarantes:
Los contribuyentes declarantes son aquellos Que están en la obligación de declarar sus ingresos y a su vez contribuyen al Estado, por ejemplo las personas jurídicas y naturales.
Quienes Son no contribuyentes no declarantes:
Los no contribuyentes no declarantes son: Juntas de acción comunal, naciones, departamentos, municipios, policía, Entidades sociales en copropiedad, sociedad, personas naturales que ganen menos De 1400 uut, defensa civil.
Quienes Son no contribuyentes declarantes:
En este encontramos las cooperetivas Iglesias, estado, fundaciones, hospitales, universidades
Quienes Son empleados?
EMPLEADOS
Pertenece a la categoría de empleado, si el 80% o más de sus ingresos brutos se originan de alguna de las siguientes Formas:
A). Provienen de una vinculación laboral o Legal y reglamentaria, independiente de su denominación
B).Provienen de la prestación de servicios De manera personal o de la realización de una actividad económica y NO presta El servicio o realiza la actividad por cuenta y riesgo propio
C) Provienen de la prestación de servicios De manera personal o la realización de una actividad económica, desarrolladas Por cuenta y riesgo propio (ver glosario) y para ello no utiliza materiales o Insumos especializados, ni maquinaria o equipo especializado y no obtiene Ingresos brutos superiores al veinte por ciento (20%) por el desarrollo de Actividades económicas señaladas en el artículo 340 del E.T. (ver tabla en la Siguiente categoría de trabajador por cuenta propia)
Los trabajadores que presten servicios Personales mediante el ejercicio de profesiones liberales, serán considerados Dentro de la categoría de EMPLEADOS, siempre que sus ingresos correspondan en Un porcentaje igual o superior a (80%) al ejercicio de dichas actividades
Quienes Son trabajadores por cuenta propia?
Pertenece a la categoría de trabajador por Cuenta propia si sus ingresos provienen en una proporción igual o superior a un Ochenta por ciento (80%) de la realización de una de las actividades económicas A cuenta propia, de la siguiente tabla tomada del art.340 del E.T.
Quienes Son otros contribuyentes?
Pertenece a la categoría de Otros si no se Encuentra catalogado en alguna de las categorías anteriores. Pertenecen también A esta categoría los notarios, las sucesiones ilíquidas, las donaciones o Asignaciones modales, los pensionados (siempre y cuando sus ingresos sean Exclusivamente por pensiones), servidores públicos diplomáticos, cónsules o Administrativos del ministerio de relaciones exteriores. Adicionalmente las Personas naturales clasificadas dentro de la categoría de trabajadores por Cuenta propia cuyos ingresos sean superiores a 27.000 UVT ($742.095.000) Seguirán sujetas al régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementario.
Como Se clasifican los ingresos según su naturaleza, origen y territorialidad
Según la naturaleza: tasa;
cifra que se Da en contraprestación de un servicio “peaje”, tarifa;
Impuesto a la venta;
contribución, Destinación específica.Según la territorialidad:
nacionales, Departamentales y municipalesSegún su origen:
Los ingresos pueden Clasificarse según su fuente de origen en ordinarios y extraordinarios. Los ingresos ordinarios, son aquellos que Se generan en la realización de las operaciones normales de una empresa o por Las actividades cotidianas de una persona; por ejemplo, las entradas de dinero Recibidas por honorarios en una empresa de asesorías. Los ingresos extraordinarios son aquellos que se generan por Acontecimientos especiales, que están relacionados poco o nada con las Actividades cotidianas de una persona o empresa. Un ejemplo de esto, es la Venta de un activo fijo, en el caso de una empresa manufacturera, o el Arrendamiento de un bien inmueble a un tercero por parte de una empresa ComercialQue Son ingresos que no constituyen renta, ni ganancia ocasional, 20 ejemplos?
Núm.ArtículoHechos No constitutivo de renta ni ganancia ocasional
136Prima en colocación de acciones o de Cuotas sociales
236-1Utilidad en la enajenación de acciones
336-2Distribución de utilidades o reservas en Acciones o cuotas de interés social
436-3Capitalizaciones no gravadas para los Socios o accionistas
538Componente inflacionario de Rendimientos financierospercibidos por Personas naturales y sucesiones ilíquidas
639Componente inflacionario de Rendimientos financieros que distribuyan los fondos de inversión, mutuos de Inversión y de valores.
740El componente inflacionario en Rendimientos financieros percibidos por los demás contribuyentes
840-1Componente inflacionario de los Rendimientos financieros
941Componente inflacionario de Rendimientos y gastos financieros
1042Recompensas
1144Utilidad en la venta de casa o Apartamento de habitación
1245Indemnizaciones por seguro de daño
1346-1Indemnizaciones por destrucción o Renovación de cultivos, y por control de plagas
1447Gananciales
1547-1Donaciones para partidos, movimientos y Campañas políticas
1648Participaciones y dividendos
1750Utilidades en ajustes por inflación o Por componente inflacionario
1851Distribución de utilidades por Liquidación
1952Incentivo a la Capitalización Rural (ICR)
2053Aportes de entidades estatales, Sobretasas e impuestos para financiamiento de sistemas de servicio público de Transporte masivo de pasajeros.
2156-1Aportes a los fondos de pensiones y pago De las pensiones
2256-2Aportes empleador a fondos de cesantías
2357-1Subsidios estatales en programas Agro Ingreso Seguro (AIS) y Subsidios del incentivo al almacenamiento de productos Agrícolas.
2457-2Recursos asignados a proyectos Calificados como de carácter científico, tecnológico o de innovación
Cuáles Son las rentas excentas, cuantas clases hay?
Las rentas exentas son un tipo de ingresos Que, aun siendo ingresos fiscales, no están sujetos al impuesto de renta y Complementarios, ya que la Ley les ha otorgado el beneficio de gravarse con Tarifa cero (0). En términos generales, las rentas exentas son “aquellas Utilidades netas fiscales obtenidas en el ejercicio y provenientes de la Explotación de ciertas actividades económicas expresamente beneficiadas en las Normas fiscales.
Que Son costos y deducciones
Costo: Es el gasto económico que representa La fabricación de un producto o la prestación de un servicio. Es decir lo que Cuesta producir un bien o servicio.
Deducciones: Aquellos gastos necesarios, Proporcionales y que tengan relación de causalidad con la actividad generadora De renta
Cuáles Son las carácterísticas de las deducciones?
Las principales carácterísticas de las Expensas o gastos, son las siguientes:
Los Gastos se diferencian de los costos en cuanto no se incorporan al valor de las Mercancías que se enajenan, debido a que contribuyen a la generación de renta En sentido general, mientras los costos si se particularizan respecto de cada Producto incrementando su valor.
Son Aceptados dentro del año en que se causan, aunque se paguen anticipadamente o Posteriormente, incluso si no se presenta la venta de los bienes que Eventualmente hayan generado gastos.
Son Presupuestos básicos para aceptar su deducción (de ahí su nombre): La Causalidad, la necesidad y la proporcionalidad.
Cuáles Son los métodos para liquidar la renta liquidar gravable
La Reforma Tributaria expedida mediante la Ley 1607 de 2012 aprobó para determinar la renta de una persona natural dos Nuevos sistemas: Imán para empleados e IMAS para empleados y trabajadores por Cuenta propia. Por tanto, actualmente, existen además del sistema ordinario Para determinar el impuesto de renta y complementario (que incluye el cálculo Del impuesto a través de la renta presuntiva), el Imán y el IMAS.
Que Es la renta presuntiva
La renta presuntiva es el mínimo Rendimiento que el Estado espera que produzcan un patrimonio sujeto a declarar Impuesto de renta y complementarios. De acuerdo con el artículo 188 del Estatuto Tributario Nacional, para el año 2014 el porcentaje de rendimiento Esperado sigue siendo del 3% sobre el total del patrimonio. Sin embargo, no en Todos los casos es posible calcular dicho rendimiento, especialmente cuando se Declara por primera vez.
En el caso de Las personas jurídicas, debe tenerse muy en cuenta que sólo podrán calcular Renta presuntiva cuando sus operaciones superen el primer año, puesto que en Caso contrario no se cuenta el patrimonio líquido del año anterior que es la Base para la liquidación del impuesto por el sistema de renta presuntiva.
En el caso de Las personas naturales que declaran por primera vez, y cuyo saldo de la Depuración de ingresos y gastos le obligan a declarar por el sistema de renta Presuntiva; de acuerdo con el oficio 28005 del 6 de Mayo de 2004, deben aplicar El 3% de la tarifa de Renta presuntiva sobre su patrimonio líquido del año Inmediatamente anterior sin impedimento de que en dicho año no hayan estado sujetos A declarar; esto a razón de que para las personas naturales, siempre habrá un Patrimonio líquido anterior.
Que Es la renta líquida ordinaria
La renta líquida gravable hace referencia a La renta final que determina el contribuyente sobre la cual ha de pagar el Impuesto de renta. Es la renta sobre la cual se tributa.
El estatuto, en dos artículos habla Claramente sobre lo que es la renta líquida [que es un poco diferente de la Renta líquida gravable], y sobre cómo se calcula:
Artículo 26. Los ingresos son base de la Renta líquida. La renta líquida gravable se determina así: de la suma de todos Los ingresos ordinarios y extraordinarios realizados en el año o período Gravable, que sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio En el momento de su percepción, y que no hayan sido expresamente exceptuados, Se restan las devoluciones, rebajas y descuentos, con lo cual se obtienen los Ingresos netos. De los ingresos netos se restan, cuando sea el caso, los costos Realizados imputables a tales ingresos, con lo cual se obtiene la renta bruta. De la renta bruta se restan las deducciones realizadas, con lo cual se obtiene La renta líquida. Salvo las excepciones legales, la renta líquida es renta Gravable y a ella se aplican las tarifas señaladas en la ley.
Artículo 178. Determinación de la renta Líquida. La renta líquida está constituida por la renta bruta menos las Deducciones que tengan relación de causalidad con las actividades productoras De renta.
La renta líquida es renta gravable y a ella Se aplican las tarifas respectivas, salvo cuando existan rentas exentas, en Cuyo caso se restan para determinar la renta gravable.
Que Es la renta por comparación de patrimonios
La renta gravable determinada por Comparación patrimonial es un sistema que facilita el control de los ingresos y En consecuencia de la evasión, ya que parte del supuesto de que todo incremento Del patrimonio liquido, proviene de rentas que han sido capitalizadas.
Cuando la renta De cualquier clase de contribuyente resulte inferior al aumento del patrimonio Registrado entre el año anterior y el gravable sin justificación alguna, dicho Aumento es tomado por la administración tributaria como renta gravable. Los Patrimonios que para dicho efecto se comparan, son los montos al final de cada Ejercicio, es decir, una vez se resten las deudas que pesan sobre ellos.
Que Son las ganancias ocasionales?
Las ganancias ocasionales corresponden a Todos aquellos ingresos que se generan en actividades esporádicas o Extraordinarias. Se obtienen por el acaecimiento de determinados hechos que no Hacen parte de la actividad cotidiana o regular del contribuyente, por el azar O por la mera liberalidad de las personas, salvo cuando hayan sido Taxativamente señalados como no constitutivos de renta ni de ganancia Ocasional.
Que Es el imán para empleados?
Impuesto Mínimo Alternativo (Imán) para Empleados: Con la expedición de la Ley 1607 del 2012, todas aquellas personas Naturales incluidas en la categoría de empleados, deberán calcular la base Gravable alternativa (RGA) del impuesto de renta bajo el nuevo sistema conocido Como Imán.
Este es un Sistema presuntivo de determinación de la base gravable del impuesto sobre la Renta y complementarios que aplica únicamente para personas naturales Clasificadas en la categoría ya mencionada, y grava la renta que resulte de Disminuir, a la totalidad de los ingresos brutos del periodo gravable, sin Importar su origen, los conceptos permitidos.
Como Se determina la renta mínima?
De la suma total de los ingresos obtenidos En el respectivo periodo gravable se podrán restar únicamente los conceptos Relacionados a continuación, y el resultado que se obtenga constituye la renta Gravable alternativa:
a. Los dividendos y participaciones no gravados En cabeza del socio o accionista de conformidad con lo previsto en los Artículos 48 y 49 de este Estatuto.
b. El valor de las indemnizaciones en dinero o en Especie que se reciban en virtud de seguros de daño en la parte correspondiente Al daño emergente, de conformidad con el artículo 45 de este Estatuto.
c. Los aportes obligatorios al sistema general de Seguridad social acargo del empleado.
d. Los gastos de representación considerados como Exentos de Impuesto sobre la Renta, según los requisitos y límites Establecidos en el numeral 7 del artículo 206 de este Estatuto.
e. Los pagos catastróficos en salud efectivamente Certificados, no cubiertos por el plan obligatorio de salud POS, de cualquier Régimen, o por los planes complementarios y de medicina prepagada, siempre que Superen el 30% del ingreso bruto del contribuyente en el respectivo año o Período gravable.
Cuál Es la renta gravable alternativa y como se determina?
Como Se determina el impuesto mínimo alternativo?
Como Se maneja la tabla de impuesto sobre la renta para las personas naturales?
La tarifa del impuesto de renta en las Personas naturales es una tarifa progresiva, esto es que entre mayor sea la Renta mayor será su impuesto.
El artículo 241 del estatuto tributario contiene La tabla en la cual según sea la renta así mismo es la tarifa que se debe Aplicar, con un máximo del 34% para el año 2007 y del 33% para los años Posteriores.
Cuál Es la tarifa del impuesto sobre la renta para personas naturales?
El impuesto sobre la renta de las personas Naturales residentes en el país, de las sucesiones de causantes residentes en El país, y de los bienes destinados a fines especiales, en virtud de donaciones O asignaciones modales, se determinará de acuerdo con la tabla que contiene el Presente artículo:
RANGOS EN UVT
TARIFA MARGINAL
IMPUESTO
DESDE
HASTA
> 0
1.090
0%
0
> 1.090
1.700
19%
(Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 1.090 UVT)*19%
> 1.700
4.100
28%
(Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 1.700 UVT)*28% más 116 UVT
> 4.100
En adelante
33%
(Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 4.100 UVT)*33% más 788 UVT
Quienes Pertenecen al régimen tributario especial?
El régimen tributario especial, está Previsto para algunos contribuyentes en consideración a su naturaleza y al Desarrollo de cierto tipo de actividades que el gobierno determina como de Interés para la comunidad. Constituye una forma especial de determinación de la Base gravable y una tributación a la tarifa del 20%, con la posibilidad de Exoneración del impuesto en el evento de cumplirse ciertos requisitos de Ley.
Que Tarifa se le aplica?
Estos contribuyentes tendrán una tarifa única aplicable del 20% sobre el valor de los beneficios netos o excedentes, Pero los contribuyentes podrán quedar exentos del pago del impuesto y Complementarios siempre y cuando los beneficios netos o excedentes, sean Invertidos en actividades directa o indirectamente relacionadas con el objeto Social principal que la entidad desarrolla, durante el año siguiente al periodo En el cual se obtuvieron.
Que Es el imas de trabajadores por cuenta propia y empleados?
Es un sistema VOLUNTARIO de determinación Simplificada del impuesto sobre la renta y complementarios. Lo pueden aplicar Los empleados cuya renta gravable alternativa en el año sea inferior a 4.700 UVT ($126.153.000 año 2013). No le aplican los factores de determinación del Impuesto por el sistema ordinario. En su lugar, grava la renta resultante de Disminuir de la totalidad de los ingresos brutos (salvo la ganancia ocasional) De cualquier origen obtenidos en el respectivo periodo gravable, únicamente los Conceptos autorizados en el art. 332 E.T. (ver: ¿Cómo determino la base gravable Del IMAS para empleados?). Los empleados que puedan optar por este sistema de Determinación de su renta, NO están obligados a determinar su impuesto de renta Por el sistema ordinario, ni por el Imán. El término de firmeza para estas Declaraciones es de seis meses a partir de su presentación, siempre y cuando Cumpla con los requisitos de:
•Presentación Oportuna y en debida forma
•Pago Dentro de los plazos señalados por el Gobierno Nacional
•La Administración no tenga prueba sumatoria sobre la ocurrencia de fraude