Residuos toxicos y peligrosos


¿Que establece el DS 148?establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte,  de los residuos peligrosos. ¿Qué organismo fiscaliza su cumplimiento?Autoridad Sanitaria fiscalizar y controlar el cumplimiento de las  disposiciones  del  presente  reglamento¿Qué se entiende por Residuo Peligroso?residuo o mezcla de residuos que presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente. ¿Cómo se identifican y clasifican los RESPEL?identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial¿Permite este reglamento la mezcla con otros residuos no peligrosos, con la finalidad de diluir o disminuir su concentración? queda expresamente prohibida la mezcla de éstos con residuos. ¿Qué características tienen que tener los contenedores de RESPEL?a)tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones,b)estar diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados,c)estar en todo momento en buenas condiciones, debiéndose reemplazar todos aquellos contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención,d)estar rotulados indicando, en forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93, el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento.¿Cuando un residuo o mezcla de residuos es peligrosa?si presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente. ¿Cuáles son las características de peligrosidad que define este reglamento? a)toxicidad aguda b)toxicidad crónica c)  toxicidad extrínseca d)inflamabilidad e)reactividad f) corrosividad ¿Cuando un residuo tiene la característica de toxicidad extrínseca? cuando su eliminación pueda dar origen a una o más sustancias tóxicas agudas o tóxicas crónicas ¿En que Lista se encuentran definido los residuos que no son peligrosos? los residuos incluidos en la Lista B del artículo 90 no son peligrosos ¿Qué empresas deben contar con un Plan de Manejo de RESPEL? establecimientos o actividades que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más  de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad ¿Los generadores que no deban presentar un Plan de Manejo, ¿que obligaciones deben cumplir? realizar la eliminación de sus residuos peligrosos en Instalaciones de Eliminación que cuenten con la debida Autorización Sanitaria que comprenda tales residuos  
   


¿El sitio de almacenamiento de RESPEL requiere autorización? ¿Quién autoriza? deberá contar con la correspondiente autorización sanitaria de instalación ¿Cuál es el periodo permitido para el almacenamiento de RESPEL en las instalaciones? no podrá exceder de 6 meses. Sin embargo, en casos justificados, se podrá solicitar a la Autoridad Sanitaria, una extensión de dicho período hasta por un lapso igual ¿Cuáles deben ser las condiciones del sitio de almacenamiento de RESPEL?

a) Tener una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. b)Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. c)Estar techados y protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. d) Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. e) Tener una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. F) Contar con señalización ¿Cómo debe ser el acceso al Sitio de Almacenamiento de RESPEL? acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación ¿Qué antecedentes se deben presentar para contar con la autorización del transporte de RESPEL? características e identificación de los vehículos a utilizar y  la ubicación y las características de las instalaciones del sistema de transporte y de los equipos de limpieza y descontaminación ¿A qué cantidades de RESPEL aplica lo señalado en este Título? cantidades que no excedan de 6 kilogramos  de residuos tóxicos agudos o de 2 toneladas de cualquier otra clase de residuos peligrosos ¿Que debe incluir el proyecto de la instalación y quien debe elaborarlo?  

diseño de las unidades y equipos necesarios para el manejo de los residuos peligrosos, indicar expresamente el tipo, características y cantidades de éstos El proyecto deberá contar, además, con un Plan de Operación y Mantención, un Plan de  Verificación,  un Plan de Contingencias, un Manual de Procedimientos y un Plan de Cierre. ¿Qué requisitos debe cumplir una instalación de eliminación de RESPEL? No deberá ubicarse en zonas en que existan fallas geológicas, zonas sometidas a inundaciones dentro del radio urbano, a menos que la zonificación del Plano Regulador u otro instrumento de ordenamiento territorial lo permita. No deberán estar ubicadas en suelos inestables o de baja resistencia. No deberán ubicarse en suelos saturados, tales como riberas húmedas o el borde costero ¿Qué es el sistema o documento de declaración y seguimiento de RESPEL? tiene por objeto permitir a la autoridad sanitaria disponer de información completa, actual y oportuna sobre la tenencia de tales residuos desde el momento que salen del establecimiento de generación hasta su recepción en una instalación de eliminación.  ¿Desde cuándo empieza a funcionar el documento? Desde que un residuo peligroso sale del establecimiento de generación ¿Cómo explicaría de manera simple el funcionamiento del Sistema? 1.- El Generador: a) Deberá llenar el documento con letra legible consignando todos los datos e informaciones que se le requieren en su calidad de generador. b) Deberá retener para si la copia
5 por un período mínimo de 2 años. c) Deberá remitir a la Autoridad Sanitaria respectiva la copia 4. d) Deberá entregar al Transportista, al momento de la carga, el original y las 3 copias restantes 2.- El Transportista: a) Deberá verificar que la información del Documento de Declaración guarde conformidad con la entrega. b) Deberá completar con letra legible, la información correspondiente al Transportista. c) Firmar el original y las 5 copias del Documento. d) Deberá retener para si la copia 3 y conservarla por un período mínimo de 2 años. e) Deberá entregar al Destinatario el original y las copias 1 y 2. 3.- El Destinatario: a) Deberá completar con letra legible, la información correspondiente al Destinatario. b) Deberá firmar el Documento original y las copias 1, 2 y 3. c) Deberá mantener para si la copia 2 del Documento y conservarla por un período mínimo de 2 años. d) Deberá enviar al Generador la copia 1 dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de los residuos. e) Remitir el original a la Autoridad Sanitaria respectiva, dentro del mismo plazo. ¿Quiénes están obligados de aplicar este sistema? no serán aplicables al transporte de residuos peligrosos no superiores a 6 kilogramos de residuos tóxicos agudos y a 2 toneladas de residuos peligrosos que presente cualquier otra característica de peligrosidad.


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