Resumen plazos del procedimiento administrativo


Fases del procedimiento administrativo


Se regula en el título VI (art, 68-92) “De las disposiciones Generales sobre procedimiento administrativo”.
Antes de iniciar el procedimiento, el órgano competente para ello para abrir un periodo de información previa con el fin de aclarar y conocer si la circunstancia de ese caso hace necesario la apertura del Procedimiento Administrativo.

Procedimiento Administrativo:


Inicio: art. 68,30/92, se produce:
—A instancia de parte.
—De oficio:
-Iniciativa propia.
-Orden de un superior.
-Petición razonada de un órgano inferior.
-Por denuncia.
Si es de oficio el acuerdo de iniciación tendrá un primer trámite dictado por el órgano competente para poner en marcha el Procedimiento Administrativo.
*El acuerdo de administración es un acto administrativo, la solicitud no.
Los requisitos mínimos que tiene que cumplir las solicitudes que presentan los particulares para iniciar el procedimiento administrativo está recogido en el art. 70,30/92.
-Nombre y apellidos del interesado (en su caso, nombre de la persona que lo presenta, así como la del medio preferente del lugar que se señale a efectos de modificaciones)
-Hechos, razones y petición que se concreta en la solicitud.
-Lugar y fecha.
-Firma del solicitante.
-Identificación del órgano al que va dirigido.
Los particulares podrán acompañar a su solicitud los documentos o elementos necesarios para completarla.
En el art. 70,30/92 se dice que la administración tendrá que poner a disposición de los interesados modelos de solicitud en aquellos casos en que se tramiten muchos procedimientos semejantes. Ej: matriculas, becas…
Si el procedimiento se inicia de parte la solicitud puede presentarse:
En los registros de los órganos administrativos a los que se dirijan.
En los registros de cualquier otro órgano administrativo que no sea competente para resolver siempre que ese órgano sea de la administración central del Estado o de una CCAA o de una administración local si existiere convenio entre administraciones.
En las oficinas diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
La presentación en este registro de las solicitudes tiene como referencia de entrada la de las presentación en el registro, es esta la fecha que se toma como referencia para considerar presentado en plazo o en fuera de plazo.
El inicio del cómputo del plazo que tiene la administración para resolver se computa no a partir de la presentación de la solicitud, salvo que se presente en registro del órgano competente para resolver, una vez que le llega este debe comunicar al interesado en un plazo de 10 días desde que recibe la comunicación que la ha recibido, mencionando la fecha exacta en que este recepción tuvo lugar, e efectos de facilitar el computo al interesado de la duración de la administración competente habrá de conceder como mínimo 10 días para subrayar ese deficiencias, indicándose expresamente que si no fueran ….. Se entenderá que el particular desiste del procedimiento.
A esta fase de iniciación, pueden adoptarse las llamadas medidas provisionales que pueden concebirse como medidas cautelares, pueden acordarse de oficio o a petición del particular y siempre tienden a garantizar o aseguran la eficacia de la resolución final del procedimiento y se pueden pedir en la fase inicial del procedimiento y también pueden adoptarse a lo largo del mismo.

Construcción y ordenación del procedimiento


La ordenación y tramitación del procedimiento administrativo se refieren losa rt. 74 y siguientes 30/92.
En la tramitación ha de respetarse los principios previstos en esta ley, en particular se impulsara de oficio en todos sus tramites y que estará informado por el principio de claridad y demás, ha se seguirse el estricto orden de incoación de los mismos pudiendo dar lugar al incumplimiento o responsabilidad disciplinaria del infractor.
Cada procedimiento, estará regido por el principio de unidad de expediente en el que se incluirán todos los asuntos relativos a un mismo objeto.

Cómputo de plazas, art. 48,30/92

1. Siempre que no se indique otra cosa , cuando las plazas se señales por días , se entiende que estos son hábiles aunque del computo se descuentan los domingos y los declarados festivos.
2. Si las plazas se señalán por días materiales, ha de especificarse en la…
3. Si las plazas se fijan por años o meses, en principio se cuentan las plazas de fecha a fecha.
Ej: del 26-03 al 26-04, si en el mes de vencimiento no existe día equivalente a aquel en el comienzo, el cómputo se entiende que el plazo expira el último día del mes.
Ej: del 31-03 al 30-04.
4. Si el último día del plazo es inhábil, se entiende prorrogado dicho plazo al primer día hábil siguiente.
5. El computo del plazo si se fija en días o meses, Comienza a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate o a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.
6. Si un día fuese hábil en el municipio o comunidad autónoma en que reside un interesado en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considera en todo caso inhábil.
7. La Administración General del Estado y las Autonomías han de publicar el calendario de días inhábiles a efectos de señalar el cómputo de plazas, publicación que ha de hacerse en los Diarios Oficiales con anterioridad al inicio de cada año.

Trámites concretos que pueden tener lugar a lo largo del Procedimiento


La fase de tramitación es aquella en la que deben aportarse conocimientos para intentar llegar a que se dicte la decisión administrativa más conveniente, las actuaciones se realizaran de oficio por el órgano que tramite al procedimiento o bien se solicitarán y se realizarán por el interesado o interesados en el procedimiento.
Las fases establecidas en la ley 30/92 no deben interpretarse de una forma totalmente formalizada o …
Ej: Actuación acordada de oficio: apertura de trámite de información pública.
Ej: Actuación realizada por particulares: presentar alegaciones.
Alegaciones art. 79, 30/92.
Los interesados en el procedimiento administrativo, pueden aportar y presentar cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes en su interés, en cualquier momento anterior al trámite de audiencia.

La información pública.Art.86, 30/92



No siempre existe un trámite de información público dentro del procedimiento, no obstante cuando la naturaleza del procedimiento lo requiera, la legislación sectorial puede imponer (preceptivo) o el órgano impotente acordar (facultativo) la apertura de un trámite de información pública, esta apertura tiene que publicarse en el BOE a fin de que los particulares conozcan que pueden pronunciarse respecto del tema que se trata en el procedimiento. El plazo mínimo de duración 20 días, el que realiza alegación dentro de este trámite no adquiere por ello la condición de interesado en el procedimiento.

Trámite de audiencia del procesado, art. 84 30/92 y 105 CE. (Ppio general del derecho positivo)


Dar participación al interesado/s en el procedimiento justo antes de dictar la resolución. Ha de dársele la ocasión de examinar el expediente completo, formular alegaciones y presentar los documentos que estime oportunos. El tramite se acordara en el momento inmediatamente anterior a la resolución y supone la puesta a disposición para la vista de todos los documentos y actuaciones que se hubieran realizado hasta entonces en el procedimiento de omisión del mismo supone su nulidad de pleno derecho en ese procedimiento, plazo para formular alegaciones en menos de 10 días. Solo se puede prescindir del trámite, cuando la admón. Para resolver el procedimiento no tenga en cuenta más elementos, hechos, alegaciones o pruebas que las presentadas por el interesado.

La prueba, 88,30/92


Fin de acreditar o contratar la veracidad o realidad de los hechos que influyen en la decisión administrativa que se adopte. Podrá iniciarse de oficio por el órgano competente que tramita el procedimiento o a instancia de parte particular.
La prueba será de un mínimo de 10 días y máximo de 30 días. Los medios de prueba considerados validos pueden ser muy variadas (las más conocidas son pericial, documental y testifical)

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *