Resumenes de auxilio judicial


TEMA—23 LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN:


Conocimiento por parte de los interesados de que el proceso existe. DILIGENCIA en su realización para la RECEPCION DE LAS COMUNICACIONES POR SUS DESTINATARIOS.

1. NOTIFICACIONES

ACTOS PARA COMUNICAR LAS RESOLUCIONES DICTADAS, POR JUECES Y TRIBUNALES O POR LOS SECRETARIOS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES. ES UNA MERA PUESTA EN CONOCIMIENTO. HA DE  EFECTUARSE A LOS QUE SON PARTE EN EL PROCESO. DEBERÁ INDICARSE SI LA RESOLUCIÓN ES FIRME O CABE ALGÚN RECURSO CONTRA ELLA.

2. CITACIONES,

 COMUNICACIÓN DE LLAMAMIENTO A LAS PARTES O A TERCEROS PARA COMPARECER ANTE UN ÓRGANO JURISDICCIONAL, EN DÍA Y HORA DETERMINADOS, CON EL FIN DE REALIZAR UNA CONCRETA  ACTUACIÓN PROCESAL. DEBE CONTENER: A. TRIBUNAL QUE HUBIERA DICTADO LA SENTENCIA B. NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA A QUIEN SE HAGA C. DETERMINACIÓN DE SU OBJETO D. LUGAR, DÍA Y HORA PARA ACUDIR AL LLAMAMIENTO. E. PREVENCIÓN DE LOS EFECTOS QUE EN CASO DE NO COMPARECER PRODUZCA. 

3. EM PLAZAMIENTOS

COMUNICACIÓN A LAS PARTES UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE ESTABLECE UN PERIODO DE TIEMPO, DENTRO DEL CUAL HAN DE COMPARECER PARA LA REALIZACIÓN DE UNA DETERMINADA ACTUACIÓN  PROCESAL.  LA FORMA ES IDÉNTICA A LA CITACIÓN. EN LUGAR DE DÍA Y HORA SE ESTABLECE UN TIEMPO.  EN EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADTVO, PARA QUE EL EMPLAZAMIENTO PUEDA DAR LUGAR A RECURSO DE AMPARO DEBEN DARSE 3 REQUISITOS: 1. QUE EL DEMANDANTE DE AMPARO SEA TITULAR DE UN DERECHO O INTERÉS LEGÍTIMO 2. QUE EL INTERESADO FUERE IDENTIFICABLE POR EL ÓRGANO JUDICIAL. 3. QUE SE HAYA OCASIONADO AL RECURRENTE UNA SITUACIÓN DE INDEFENSIÓN REAL Y EFECTIVA. 

4. REQUERIMIENTO,

PONER EN CONOCIMIENTO DE LAS PARTES UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL PARA QUE REALICEN UNA CONDUCTA O INACTIVIDAD. ADMITE RESPUESTA.

PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIÓN: A. POR PROCURADOR

CUANDO LAS PARTES COMPARECEN MEDIANTE PROCURADOR, LAS COMUNICACIONES SE HARÁN A TRAVÉS DE ESTE REPRESENTANTE TÉCNICO.  FIRMARÁ MIENTRAS ESTE VIGENTE EL PODER, NOTIFICACIONES, EMPLAZAMIENTOS, CITACIONES, ETC. RECIBIRA A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN COPIAS DE ESCRITOS Y DOCUMENTOS QUE LOS DEMÁS PROCURADORES DE OTRAS PARTES LE ENTREGUEN.EL LUGAR PARA LA PRÁCTICA DE ACTOS DE COMUNICACIÓN AL PROCURADOR ES LA SEDE DEL TRIBUNAL O SERVICIO COMÚN DE RECEPCIÓN ORGANIZADO POR EL COLEGIO DE PROCURADORES.

B. POR CORREO, TELEGRAMA O SIMILAR

QUE PERMITA DEJAR CONSTANCIA FEHACIENTE DE LA RECEPCIÓN DE DE SU FECHA Y CONTENIDO DEL COMUNICADO. EL SECRETARIO JUDICIAL DARÁ FE EN LOS AUTOS DE LA REMISIÓN Y CONTENIDO UNIENDO A AQUELLOS EL ACUSE DE RECIBO A TRAVÉS DEL CUAL QUEDE CONSTANCIA DE LA RECEPCIÓN.EL DEMANDANTE Y EL DEMANDADO TIENEN QUE HACER CONSTAR SU DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES,  SI NO SE CONOCIERA EL DOMICILIO SE UTILIZARÁN LOS MEDIOS OPORTUNOS PARA AVERIGUARLO, PUDIENDO DIRIGIRSE EL TRIBUNAL A LOS REGISTROS, ORGANISMOS, EMPRESAS Y OTRAS ENTIDADES.

C. ENTREGA DIRECTA AL DESTINATARIO

CUANDO NO CONSTE LA RECEPCIÓN DE LO REMITIDO, POR CORREO, TELEGRAMA U OTRO MEDIO SEMEJANTE. POR DOS MOTIVOS POR EL DERECHO DE DEFENSA QUE ES UN DERECHO FUNDAMENTAL Y POR LA OBLIGACIÓN DE EMPLAZAMIENTO DE LAS PARTES EN EL PROCESO, LOS CUALES HAN DE INTERVENIRSE POR LA FE PÚBLICA DEL SECRETARIO JUDICIAL.EXISTE LA OBLIGACIÓN DEL TRIBUNAL DE INDAGAR EL DOMICILIO REAL, PARA EL EMPLAZAMIENTO PERSONAL, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PERTINENTE NOTIFICACIÓN LLEGUE AL CONOCIMIENTO EFECTIVO DEL DESTINATARIO.NEGATIVA A LA RECEPCIÓN DE LA CÉLULA, SE LE ADVERTIRÁ DE LA OBLIGACIÓN DE HACERSE CASO DE LA COMUNICACIÓN Y SI INSISTE EN SU NEGATIVA, LE HARÁ SABER QUE LA COPIA DE LA RESOLUCIÓN  QUEDAN A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARIA DEL JUZGADO, PRODUCIENDO LOS EFECTOS DE LA COMUNICACIÓN.SI NO FUERA HALLADO EN EL DOMICILIO SE PODRÁN ENTREGAR A UN EMPLEADO O FAMILIAR, MAYOR DE 14 AÑOS QUE SE ENCUENTRE EN ESE LUGAR, O AL CONSERJE DE LA FINCA.

D. LOS EDICTOS

ESTA MODALIDAD SOLO ES UTILIZABLE CUANDO SE HAN AGOTADO TODOS LOS MEDIOS RAZONABLEMENTE EXIGIBLES, NO COSTE EL DOMICILIO O SE IGNORE SU PARADERO. SE FIJARÁ LA CITACIÓN EN EL TABLÓN DE ANUNCIOS DEL JUZGADO O TRIBUNAL, SE PUBLICARÁ EN EL BOE.
E. ACTOS POR MEDIOS ELECTONICOS, INFORMATICOS, SIMILARESLA LEC ABRE LAS PUERTAS A ESTA FORMA DE COMUNICACIÓN, ES NECESARIO QUE QUEDE CONSTANCIA FEHACIENTE DE LA REMISIÓN Y RECEPCIÓN ÍNTEGRAS Y DEL MOMENTO EN QUE SE HICIERON Y DEL ACUSE DE RECIBO QUE PROCEDA.

NULIDAD Y SUBSANACION DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN

LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN TIENEN LA FINALIDAD DE LLEVAR AL CONOCIMIENTO DE LOS AFECTADOS LAS RESOLUCIONES, PARA QUE ADOPTEN LA POSTURA QUE ESTIMEN PERTINENTE PARA LA DEFENSA DE SUS  INTERESES.  SE SANCIONA LA PRÁCTICA DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN QUE SE APARTEN DE LO DISPUESTO EN ELLAS. POR LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES FUERA DEL TIEMPO ESTABLECIDO.

AUXILIO JUDICIAL

SE ENTIENDE POR EL CONJUNTO DE ACTOS DE COMUNICACIÓN ENTRE ÓRGANOS JURISDICCIONALES O PODERES PÚBLICOS, TENDENTES A LA REALIZACIÓN DE ACTOS PROCESALES NECESARIOS PARA EL EJERCICIO  DE LA POTESTAD JURISDICCIONAL EN UN PROCESO DETERMINADO. SU FUNDAMENTO DESCANSA EN EL ART. 118 ES OBLIGADO PRESTAR LA COLABORACIÓN REQUERIDA POR LOS JUECES Y TRIBUNALS EN EL CURSO  DEL PROCESO Y EN LA EJECUCIÓN DE LO RESUELTO.A. AUXILIO JUDICIAL INTERNOINTERVENCIÓN DE UN ÓRGANO DISTINTO AL COMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DEL ASUNTO.A. OBLIGATORIOS AQUELLOS QUE HAN DE REALIZARSE FUERA DE LA DEMARCACIÓN JUDICIAL. CUANDO UN JUEZ NO TIENE COMPETENCIA FUERA DE SU DEMARCACIÓN, SOLICITARÁ EL AUXILIO DEL JUZGADO TERRITORIALMENTE COMPETENTE.B. FACULTATIVOS, DENTRO DE LA DEMARCACIÓN JUDICIAL, PERO FUERA DE LA SEDE DEL JUZGADO O CIRCUNSCRIPCIÓN MUNICIPAL. LA PETICIÓN DE COOPERACIÓN SE EFECTUARÁ DIRECTAMENTE. HOY EN TODOS LOS ÓRDENES JURISDICCIONALES, EL ÚNICO INSTRUMENTO DE AUXILIO JUDICIAL ES EL EXHORTO. EN VIRTUD DEL CUAL EL ÓRGANO REQUERIENTE SE DIRIGE AL REQUERIDO Y LE  SOLICITA SU COLABORACIÓN PARA LA PRÁCTICA DE UN ACTO PROCESAL DETERMINADO, QUE HAYA DE EJECUTARSE FUERA DE SU DEMARCACIÓN JUDICIAL O CIRCUNSCRIPCIÓN MUNICIPAL. B. AUXILIO JUDICIAL INTERNACIONAL.LAS PETICIONES SERÁN ELEVADAS POR EL PRESIDENTE DEL TS, TSJ O AN, AL MJ, QUE LAS HARÁ LLEGAR POR VÍA CONSULAR, DIPLOMÁTICA O DIRECTAMENTE. SOLO PODRÁ SER DENEGADA POR: A. CUANDO EL PROCESO SEA EXCLUSIVA COMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN ESPAÑOLA.B. CUANDO LA COMUNICACIÓN QUE CONTENGA LA SOLICITUD E COOPERACIÓN NO CONTENGA LOS REQUISITOS DE AUTENTICIDAD SUFICIENTE O EN OTRO IDIOMA. C. CUANDO LA COOPERACIÓN SOLICITADA SEA CONTRARIA AL ORDEN PÚBLICO ESPAÑOL. A FIN DE FACILITAR EL AUXILIO INTERNACIONAL, TANTO ACTIVO COMO PASIVO, EL CGPJ HA CREADO LA RED JUDICIAL ESPAÑOLA DE CCOOPERACION JUDICIAL INTERNACIONAL.

ACTOS DE COMUNICACIÓN CON OTROS ORGANOS PUBLICOS:

OBLIGACIÓN DE COOPERACIÓN TAMBIÉN A LOS DEMÁS PODERES PÚBLICOS Y A PARTICULARES. 1. MANDAMIENTOSACTOS DE COMUNICACIÓN POR LO QUE UN JUZGADO O TRIBUNAL ORDENA EL LIBRAMIENTO DE CERTIFICACIONES O TESTIMONIOS, ACLARACIONES QUE CORRESPONDA A REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES, BUQUES, VENTAS A PLAZOS, NOTARIOS, CORREDORES DE COMERCIO O AGENTES DE JUZGADOS O TRIBUNAL.2. OFICIOSACTO DE COMUNICACIÓN DEL ÓRGANO JUDICIAL CON LOS FUNCIONARIOS NO PERTENECIENTES A LA CATEGORÍA ANTERIOR, QUE NO OSTENTAN LA FE PÚBLICA. 3. EXPOSICIONESACTOS DE COMUNICACIÓN DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES CON LAS CÁMARAS LEGISLATIVAS O LOS MINISTROS DE GOBIERNO, POR CONDUCTO DEL M

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