Seguridad y Salud en el Trabajo: Marco Legal y Práctico


Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)

Promueve la seguridad y salud de los trabajadores y determina las garantías y responsabilidades para su protección. Emana de la Constitución Española, el Tratado de la Unión Europea, la Organización Internacional del Trabajo y el Estatuto de los Trabajadores.

Obligaciones de los Empresarios

  • Proteger a los trabajadores.
  • Facilitar equipos de trabajo y medios de protección adecuados.
  • Informar, consultar y participar con los trabajadores en la acción preventiva.
  • Dar formación teórica y práctica a los trabajadores.
  • Adoptar medidas en caso de emergencia y riesgos graves.
  • Vigilar la salud de los trabajadores periódicamente.
  • Elaborar y conservar documentos como evaluaciones de riesgos.
  • Coordinarse con otras empresas en el mismo centro.
  • Proteger a colectivos específicos.

Obligaciones de los Trabajadores

  • Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad.
  • Informar de inmediato a un superior sobre situaciones de riesgo.
  • Contribuir al cumplimiento de las obligaciones de prevención.
  • Cooperar con el empresario para garantizar condiciones seguras.

Derechos de los Trabajadores

  • Ser informados, consultados y participar en la adopción de medidas.
  • Recibir equipos de protección individual.
  • Recibir formación teórica y práctica adecuada.
  • Interrumpir la actividad y abandonar el puesto en caso de riesgo.
  • Vigilancia periódica de su estado de salud.
  • Protección específica para trabajadores sensibles.
  • Protección de la maternidad, menores y trabajadores temporales.

Organismos Públicos Relacionados con la Prevención

Organismos Internacionales

  • Agencia Europea de Seguridad y Trabajo.
  • Organización Internacional del Trabajo.

Organismo Nacional

  • Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Organismo Autonómico

  • Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Herramienta para integrar la actividad preventiva en la gestión de la empresa.

Fases

  1. Análisis de la empresa.
  2. Diseño del sistema de prevención.
  3. Implantación del sistema.
  4. Revisión y mejora del sistema.

Elementos

  • Identificación de la empresa.
  • Estructura organizativa.
  • Organización de la producción y prevención.
  • Política, objetivos y metas.

Organización y Gestión de la Prevención

Servicios de Prevención

  • Propio.
  • Ajeno.

Representación de los Trabajadores

  • Delegados de prevención.
  • Comités de seguridad y salud.

Servicio de Prevención

Medios humanos y materiales para las actividades preventivas.

Propio

Obligatorio para empresas con más de 500 trabajadores, entre 250 y 500 con actividades del anexo 1, por decisión de la autoridad laboral o si no se opta por servicio ajeno.

Ajeno

Cuando la designación de trabajadores es insuficiente, por decisión de la autoridad laboral o si no se elige otra modalidad.

Delegados de Prevención

Representantes de los trabajadores en prevención de riesgos.

Comité de Seguridad y Salud

Órgano paritario para consulta regular en prevención.

Medidas de Prevención y Protección

Medidas de Prevención

  • Médicas (preventiva, curativa, rehabilitadora).
  • No médicas o técnicas (seguridad, higiene, ergonomía, psicosociología, política social, formación).

Medidas de Protección

  • Colectivas (barandillas, interruptores diferenciales, redes de seguridad, resguardos, ventilación, viseras, señalización).
  • Individuales (Equipos de Protección Individual – EPI).

Información y Formación

Información y formación de los trabajadores en prevención.

Equipos de Protección Individual (EPI)

Protegen al trabajador de riesgos. Incluyen protectores de cabeza, oído, ojos, vías respiratorias, manos, pies, piel, tronco y cuerpo completo.

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