Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)
Promueve la seguridad y salud de los trabajadores y determina las garantías y responsabilidades para su protección. Emana de la Constitución Española, el Tratado de la Unión Europea, la Organización Internacional del Trabajo y el Estatuto de los Trabajadores.
Obligaciones de los Empresarios
- Proteger a los trabajadores.
- Facilitar equipos de trabajo y medios de protección adecuados.
- Informar, consultar y participar con los trabajadores en la acción preventiva.
- Dar formación teórica y práctica a los trabajadores.
- Adoptar medidas en caso de emergencia y riesgos graves.
- Vigilar la salud de los trabajadores periódicamente.
- Elaborar y conservar documentos como evaluaciones de riesgos.
- Coordinarse con otras empresas en el mismo centro.
- Proteger a colectivos específicos.
Obligaciones de los Trabajadores
- Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad.
- Informar de inmediato a un superior sobre situaciones de riesgo.
- Contribuir al cumplimiento de las obligaciones de prevención.
- Cooperar con el empresario para garantizar condiciones seguras.
Derechos de los Trabajadores
- Ser informados, consultados y participar en la adopción de medidas.
- Recibir equipos de protección individual.
- Recibir formación teórica y práctica adecuada.
- Interrumpir la actividad y abandonar el puesto en caso de riesgo.
- Vigilancia periódica de su estado de salud.
- Protección específica para trabajadores sensibles.
- Protección de la maternidad, menores y trabajadores temporales.
Organismos Públicos Relacionados con la Prevención
Organismos Internacionales
- Agencia Europea de Seguridad y Trabajo.
- Organización Internacional del Trabajo.
Organismo Nacional
- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Organismo Autonómico
- Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Plan de Prevención de Riesgos Laborales
Herramienta para integrar la actividad preventiva en la gestión de la empresa.
Fases
- Análisis de la empresa.
- Diseño del sistema de prevención.
- Implantación del sistema.
- Revisión y mejora del sistema.
Elementos
- Identificación de la empresa.
- Estructura organizativa.
- Organización de la producción y prevención.
- Política, objetivos y metas.
Organización y Gestión de la Prevención
Servicios de Prevención
- Propio.
- Ajeno.
Representación de los Trabajadores
- Delegados de prevención.
- Comités de seguridad y salud.
Servicio de Prevención
Medios humanos y materiales para las actividades preventivas.
Propio
Obligatorio para empresas con más de 500 trabajadores, entre 250 y 500 con actividades del anexo 1, por decisión de la autoridad laboral o si no se opta por servicio ajeno.
Ajeno
Cuando la designación de trabajadores es insuficiente, por decisión de la autoridad laboral o si no se elige otra modalidad.
Delegados de Prevención
Representantes de los trabajadores en prevención de riesgos.
Comité de Seguridad y Salud
Órgano paritario para consulta regular en prevención.
Medidas de Prevención y Protección
Medidas de Prevención
- Médicas (preventiva, curativa, rehabilitadora).
- No médicas o técnicas (seguridad, higiene, ergonomía, psicosociología, política social, formación).
Medidas de Protección
- Colectivas (barandillas, interruptores diferenciales, redes de seguridad, resguardos, ventilación, viseras, señalización).
- Individuales (Equipos de Protección Individual – EPI).
Información y Formación
Información y formación de los trabajadores en prevención.
Equipos de Protección Individual (EPI)
Protegen al trabajador de riesgos. Incluyen protectores de cabeza, oído, ojos, vías respiratorias, manos, pies, piel, tronco y cuerpo completo.