El Sistema Financiero
Las unidades económicas con capacidad de ahorrar se denominan agentes con superávit o con excedentes financieros. Las unidades económicas con necesidad de inversión o que gastan más recursos de los que disponen se denominan agentes con déficit o con necesidades financieras. El sistema financiero es un conjunto de instituciones (autoridades públicas supervisoras e intermediarios financieros), mercados e instrumentos financieros que tienen como objetivo principal la canalización del ahorro desde los agentes con excedentes financieros hacia aquellos con necesidades financieras.
Funciones del Sistema Financiero
- Papel de mediador en la canalización de los recursos económicos.
- Facilitar los medios para realizar la gestión de cobros y pagos mediante transferencias, tarjetas, domiciliaciones de pago, etc.
- Proporcionar herramientas para la adecuada gestión de los riesgos, a través de la actividad aseguradora y de los derivados financieros.
Estructura del Sistema Financiero
- Supervisores: Banco Central Europeo.
- Intermediarios financieros: Bankia.
- Instrumentos financieros: un contrato de préstamo.
- Mercados financieros: el mercado de capitales donde se compran y venden acciones.
Agentes del Sistema Financiero
Aquellos que regulan y supervisan (instituciones financieras) y los que tienen como fin la mediación entre las unidades económicas (intermediarios financieros).
Instituciones Financieras Supervisoras
Las instituciones financieras son las autoridades encargadas de velar por el correcto funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero, ofreciendo seguridad y confianza a sus participantes, teniendo la capacidad de regular medidas para cumplir tal fin.
Instituciones financieras europeas: Funciones
Otras instituciones:
- El Banco de España: como Banco Central Nacional (BCN) supervisa el sistema bancario español.
- La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV): vigila y supervisa los mercados de valores y la actividad de las unidades económicas que intervienen en ellos.
- La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP): controla y supervisa la actividad aseguradora en España.
Intermediarios Financieros
Los intermediarios financieros son aquellos agentes que ponen en contacto a personas físicas y jurídicas con necesidades financieras con las que tienen excedentes.
Banco de España: Función: Emitir los billetes de curso legal, a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
Actividades Comunes de Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito
- La captación de fondos de depósitos u otros fondos reembolsables.
- Las de préstamos y crédito.
- Las de factoring.
- Arrendamiento financiero.
- Los servicios de pago y de transferencia.
- La emisión y gestión de medios de pago como las tarjetas.
- Concesión de avales y garantías.
- Depositario de valores representados en forma de títulos.
- Las operaciones que tengan por objeto valores negociables, instrumentos de mercados monetarios, etc.
Los bancos son sociedades anónimas (SA) con ánimo de lucro, por lo que su finalidad es maximizar el beneficio para poder repartirlo entre sus accionistas en forma de dividendos.
Las cajas de ahorro son entidades de crédito de carácter fundacional y finalidad social, cuya actividad financiera está orientada en clientes minoristas y pymes.
Las cooperativas de crédito son sociedades bajo la forma jurídica de cooperativas, de carácter privado y sin ánimo de lucro, cuya titularidad corresponde a los socios cooperativistas y cuya finalidad es servir a las necesidades de sus socios.
Los principales intermediarios financieros no bancarios son:
- El Instituto de Crédito Oficial (ICO): Promover actividades económicas que contribuyan al crecimiento, al desarrollo del país y a la mejora de la distribución de la riqueza nacional y está supervisado por el Banco de España.
- Establecimientos financieros de crédito (EFC).
- Sociedades de garantía recíproca (SGR):
- Conceder avales que permitan a las pymes acceder a la financiación bancaria, sin necesidad de tener que afectar como garantía todos sus recursos propios.
- Proporcionar al empresario el asesoramiento eficaz, al analizar, evaluar y aconsejar sobre el proyecto de inversión que la pyme va a realizar.
- Compañías aseguradoras: están supervisadas por la DGSFP.
- Sociedades y fondos de inversión: son intermediarios financieros no bancarios.
Instrumentos Financieros
Los instrumentos o activos financieros son aquellos contratos que dan lugar a un activo financiero en una unidad económica, y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra unidad económica. En este proceso de intermediación, las entidades bancarias pagan intereses a sus clientes de pasivo y los cobran a los clientes de activo. Se denomina margen de intermediación.
Características de los Instrumentos Financieros
- Rentabilidad: La capacidad de un instrumento financiero para generar una renta a su poseedor. Se expresa como un porcentaje respecto al valor del instrumento financiero.
- Riesgo: El conjunto de factores que pueden implicar una rentabilidad diferente a la esperada (inflación, insolvencia de la empresa emisora, evolución desfavorable de un mercado, etc.).
- Liquidez: La capacidad de un instrumento para convertirse en dinero con el menor coste posible.
Se cumplen las siguientes relaciones:
- Un instrumento financiero con mayor riesgo tendrá una mayor probabilidad de generar una rentabilidad superior, y a la inversa.
- Por el contrario, un instrumento financiero con mucha liquidez tiene muchas probabilidades de que su rentabilidad sea baja y, al contrario.
- La inversión en un instrumento u otro dependerá de la perspectiva que tenga la unidad económica con excedente financiero.
Clasificación de los Instrumentos Financieros
- Instrumentos de renta fija: bonos y obligaciones del Estado y pagarés de empresas.
- Instrumentos de renta variable: acciones.
- Derivados: futuros, opciones y swaps.
- Instrumentos de cobertura: por ejemplo, del tipo de cambio.
Operaciones Bancarias
- Operaciones pasivas:
- Cuentas corrientes y de ahorro, asociadas a servicios de pago.
- Depósitos o imposiciones a plazo fijo.
- Operaciones activas:
- Cuentas de crédito, asociadas a servicios de pago.
- Arrendamiento financiero.
- Operaciones con anticipo de dinero: factoring y conforming.
- Préstamos bancarios.
- Descuento de efectos.
- Aval bancario.
El mercado de divisas es descentralizado y desregulado.
Depósitos Bancarios
Un depósito bancario es un contrato, denominado cuenta bancaria, en el que una persona, física o jurídica (depositante), entrega a una entidad de crédito (depositario) una suma de dinero, de la que puede disponer libremente. A cambio, la entidad adquiere su propiedad, y se compromete a devolverlo según lo pactado (en el mismo momento en que lo reclame el cliente o transcurrido un plazo).
Cuenta corriente: +liquidez – rentabilidad.
Diferencias entre Cuentas Corrientes y de Ahorro
- Cuentas corrientes:
- Siempre hay posibilidad de usar cheques.
- Remuneración inferior a las cuentas de ahorro.
- Permiten descubiertos.
- Ahorro:
- No siempre se puede usar cheques.
- Remuneración superior a las cuentas corrientes.
- No permiten descubierto.
Fecha de Valor
Es la fecha a partir de la cual el saldo derivado de una operación o movimiento bancario surte efectos para calcular los intereses devengados. Día a partir del que empieza a contar el tiempo para el cálculo de intereses. En general, los abonos se producen al día siguiente y los cargos el mismo día.
Depósitos a Plazo
Los depósitos a plazo tienen una fecha de vencimiento determinada, por lo que no se puede disponer del dinero hasta su vencimiento, salvo que en el contrato se prevea la posibilidad de cancelarlo anticipadamente, en cuyo caso lo habitual es que haya que pagar una penalización o comisión, que también deberá recogerse en el contrato.
Apertura de un Depósito a Plazo
- Tipo de interés nominal y TAE.
- Periodicidad y fechas del devengo y liquidación de intereses.
- Fórmula o métodos de liquidación utilizados.
- Comisiones y gastos.
- Duración del depósito y condiciones para su prórroga.
- Derechos y obligaciones: de la entidad de crédito para la modificación del tipo de interés y del cliente en cuanto a la cancelación del depósito, y su coste.
Fondo de garantía de depósitos de entidades de crédito: Garantiza los depósitos en dinero y en valores u otros instrumentos financieros constituidos en las entidades de crédito, con el límite de 100.000 € por persona y banco.
Depósito Estructurado
Es un depósito a plazo determinado, con un rendimiento (en todo o en parte) vinculado a la evolución de un determinado índice o referencia variable, bursátil o no (derivado implícito).