El Ministerio de Economía, a propuesta de la CNMV, autoriza la creación de sociedades, agencias de valores y sociedades gestoras de carteras. La autorización de las empresas de asesoramiento financiero corresponde a la CNMV.
Lo primero es la solicitud de autorización, resuelta a los 3 meses o cuando se complete la documentación exigida. Su resolución no puede tardar más de 6 meses.
Una vez obtenida la autorización se ha de constituir la sociedad inscribíéndola en el Registro Mercantil y el Registro de la CNMV. Si se trata de una empresa de asesoramiento financiero basta con la inscripción en la CNMV
La CNMV comunicará a la Autoridad Europea de Valores y Mercados toda autorización de empresas de servicios de inversión en España.
Las empresas de servicios de inversión pueden: Poner en contacto a dos o más inversores para ejecutar operaciones sobre instrumentos financieros. – Ejecución de órdenes por cuenta de clientes. – Negociación por cuenta propia. – Gestión discrecional e individual. – Colocación de instrumentos financieros – Aseguramiento de una emisión o colocación de instrumentos financieros. – Asesoramiento en materia de inversión. – Gestión de sistemas multilaterales de negociación.
Las empresas de servicios de inversión pueden realizar como servicios auxiliares: Custodia y administración de los instrumentos financieros. – Concesión de créditos a inversores para que puedan realizar una operación sobre uno o más instrumentos financieros. – Asesorar a empresas sobre estructura de capital y estrategia industrial. – Asegurar emisiones o colocar instrumentos financieros. – Elaborar informes de inversiones y análisis financieros. – Servicios de cambio de divisas relacionados con la prestación de servicios de inversión.
Dealers (sociedades de valores)
Pueden operar por cuenta propia y ajena, y realizar todos los servicios de inversión y servicios auxiliares descritos anteriormente. No solo reciben órdenes de cualquier inversor, también lo hacen para ellas mismas y así generar beneficio propio aparte de las comisiones a terceros.
Si negocian valores en bolsa deben ser socios de la Sociedad Rectora de la Bolsa, en cuyo caso se denominan sociedades de valores y bolsa, y tienen facultad para contratar en ella.
Si son miembros de una bolsa solo pueden negociar valores de esta. Si quieren contratar en un mercado de valores del que no forman parte deben contratar a otro intermediario.
b.) Brokers (agencias de valores)
Son empresas de servicio de inversión que profesionalmente solo pueden operar por cuenta ajena, con representación y pueden realizar todos los servicios de inversión y auxiliares excepto: Negociar por cuenta propia. – Crear seguro de una emisión de instrumentos financieros. – Conceder créditos o préstamos a inversores
Pueden ser miembros de las bolsas de valores y contratar en ellas; llamándose agencias de valores y bolsa, teniendo acceso a la contratación en el mercado continuo.
c.) Sociedades gestoras de carteras
Reciben fondos y valores de sus clientes y toman decisiones de compra y venta dentro del marco de actuación que les haya autorizado el cliente, asesorándole e informándole de su situación y operaciones realizadas. El riesgo de pérdidas es del propio cliente, excepto en caso de negligencia.
Son intermediarios destinados a inversores con cierto nivel patrimonial que confíen en su toma de decisiones basada en sistemas profesionales de análisis.
Pueden prestar asesoramiento a empresas sobre estructura de capital y estrategia industrial, así como servicios relacionados con fusiones y adquisiciones de empresas.
Elaboran informes de inversión y análisis financiero y otras formas de recomendación general relativa a instrumentos financieros.
d.) Empresas de asesoramiento financiero (EAFI)
Personas físicas o jurídicas que solo pueden: Asesorar en materia de inversión. – Asesorar a empresas sobre estructura del capital y estrategia industrial. – Asesorar para fusiones y adquisiciones de empresas – Elaborar informes de inversores y análisis financieros u otras formas de recomendación general relativa a las operaciones sobre instrumentos financieros.
En ningún caso, las actividades realizadas por estas empresas estarán cubiertas por el Fondo de Garantía de Inversiones
3.- Instituciones aseguradoras
Los fondos de pensiones permiten a sus partícipes percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez.
4.- Sociedades de garantía recíproca
Son sociedades mercantiles que conceden avales que permiten a las pymes el acceso a la financiación bancaria sin necesidad de afectar todos sus recursos; y facilitar el acceso de las empresas avaladas en financiación privilegiada y obtener mejores condiciones en sus créditos.
Además, pueden: Poner servicios de información para dar a conocer las pymes mejor adaptadas a sus necesidades. – Proporcionar al empresario un asesoramiento eficaz, analizando y aconsejando sobre invertir.
Sociedades de reafianzamiento
Ofrecen una cobertura y garantía suficientes a los riesgos contraídos por las sociedades de garantía recíproca facilitando la disminución del coste del aval para poder constituir sociedades de reafianzamiento; cuyo objeto social comprende el reaval de las operaciones de garantía otorgadas por las sociedades de garantía recíproca, sin poder otorgar avales ni otras garantías directamente a favor de las empresas.