TEMA 1:
Análisis de la organización sanitaria en España.
Modelos de sistemas sanitarios.
Recursos.
Sistema sanitario público.
Legislación.
Normativa e higiene en centros e instituciones sanitarias.
1. INTRODUCCIÓN
En 1978, se promulga la constitución española, en ella se hace referencia a temas de salud.
En su artículo 41 afirma la obligación de los poderes públicos a organizar la salud pública, debiendo mantener un régimen público de Seguridad Social que garantice la asistencia y las prestaciones sociales a todos los ciudadanos, especialmente en caso de necesidad. Y en el artículo 43 reconoce el derecho a la protección de la salud encomendando a los poderes públicos la organizar y tutelar la Salud Pública.
Es obvio por tanto, el Estado considera necesaria su intervención pública en los problemas de salud. Procedió a organizar sus esfuerzos y a establecer algún sistema sanitario
2. MODELOS SANITARIOS
Primeramente, definimos lo que es un sistema sanitario: Conjunto de instituciones, servicios sanitarios, personal especializado y equipamientos tanto públicos como privados, destinados a la restauración, protección y promoción de la salud de los individuos, colectividades y su entorno, es decir, destinado a la mejora del nivel sanitario de un población (hogar, lugar de trabajo, lugar público, etc)
El modelo sanitario va a ser impuesto por la clase política que gobierne el país. Esta política no va a ser ajena a los cambios económicos y sociales del país. Por tanto, estos modelos sanitarios van a ir evolucionando con el tiempo. Llevan implícito la atención médica del individuo, pero son estructuras creadas para producir salud.
2.1 Tipos de modelos sanitarios:
1. MODELO DUAL: Característicos de estados capitalistas y países desarrollados.
El estado tiene una organización sanitaria dotada de personal y materiales pero insuficientes, por lo que se desarrolla paralelamente una medicina privada.
Este modelo se caracteriza por:
- Se desarrolla a través de dos grandes áreas:
- Promoción de la Salud: desarrollo de la higiene, de la alimentación, del trabajo, formación del personal sanitario. Todo corre a cargo del estado.
- Atención médica: está dividida en dos tipos:
- Asistencia estatal
- Asistencia privada
De ahí el nombre de modelo dual.
- Acepta la teoría biologista de enfermar. El individuo enferma porque no se ha adaptado al medio. El individuo es culpable de sus propias enfermedades. Este sistema no desarrolla la Salud Pública.
- Predomina la medicina preventiva frente a la salud pública. Prima más las campañas de vacunación, el diagnóstico precoz etc. que el cuidado del medio ambiente, la contaminación etc.
- Predominio de la acción médica tipo curativa, dando mucha importancia a los centros de atención sanitaria.
2. MODELO INTEGRAL: Se caracteriza por:
- Todo lo contrario que el anterior, acepta la teoría integral de enfermar. El enfermo sufre las consecuencias de la degradación de su entorno
- Se desarrolla a través de dos grandes áreas:
- Salud Pública: Actividades dirigidas al medio biológico, físico y social.
- Atención médica: Subvencionada al 100% por el Estado.
- Existe un predominio de la Salud Pública frente a la medicina preventiva.
Otros modelos extremistas:
- MODELO CAPITALISTA (EEUU): El estado solo cubre aquellas parcelas en las que la iniciativa privada no llega., por ser sectores no rentables. Modelo basado en el aseguramiento individual privado. El estado actúa como protector de los indigentes, a través de la beneficencia y también corre por cuenta del estado la salubridad pública.
- MODELO COMUNISTA (RUSIA): Sujeto a un rígido sistema de planificación central.
Pero también podemos clasificar los sistemas sanitarios en función de su modo de financiación.
Siempre se ha dicho que “la salud no tiene precio, pero cuesta dinero” .
Las necesidades ilimitadas y los recursos escasos obligan a la adopción de diferentes técnicas de gestión y modelos de financiación, todos encaminados a satisfacer el mayor número de necesidades posibles con el mayor grado de satisfacción y al menor coste y menor consumo de recursos.
La política de los diferentes países define de alguna manera la financiación de los sistemas sanitarios. Ningún país va a tener una única forma de financiación, más bien se dan combinaciones de distintos tipos.
Tipos de financiación:
- Pago personal: Adquisición privada de cualquier servicio prestado por el sistema sanitario por medio de los recursos personales del individuo, como en EEUU, también puede darse en los países subdesarrollados el individuo adquiere un servicio sanitario a cambio de una mercancía , comercio de trueque.
- La Caridad: La financiación de los cuidados para la salud se realizan por medio de organizaciones sin ánimo de lucro. Antiguamente existían los hospitales de beneficencia. Hoy en día estas actuaciones se realizan por ONGs, ejemplo: Cruz Roja.
- Empleadores: Algunas empresas crean y financia los servicios d esalud de sus empleados. Ejemplo: Hiberdrorla, Telefónica y en algunas comunidades autónomas la ONCE.
- Seguros voluntarios o aseguramiento privado: El individuo contrata previamente el servicio que desea y se hace cargo del pago de la póliaza contratada. Son compañías mercantiles con ánimo de lucro por lo que la póliza no es de precio único. Variará con respecto a los servicios contratados, la edad, sexo y el estado de salud previo a la contratación.
Este sistema es utilizado de forma adicional a los sistemas de seguro obligatorio o de fondos públicos.
- Seguros Sociales: En este caso, la financiación es tripartita (trabajador, empresario y la administración central). Es un seguro obligatorio para todo trabajador y se cotiza en función de la renta. Pero a la hora de recibir los servicios, éstos serán iguales para todos independientemente de lo cotizado. Se demuestra así el carácter solidario de este modelo de financiación.
Pasa en la actualidad por una grave crisis por el aumento del desempleo y el aumento del envejecimiento de la población (con un mayor gasto sanitario y mayor número de pensiones).
La extensión de este seguro a toda la población ha generado un gigantismo y una burocratización del sistema que ha hecho incrementar los costes de la sanidad por encima de lo deseable.
Este modelo de financiación es el existente en España y en los países de lo que llamamos “la vieja Europa”.
- Fondos públicos (Sistema Nacional de Salud): Esta cobertura se caracteriza por estar financiando en su totalidad o en gran medida por los presupuestos generales del estado. El estado se hará cargo de los gastos de cobertura sanitaria mediante los impuestos. Se garantiza así la igualdad de todos los ciudadanos.
En la actual situación se está replanteando algunos principios básicos de los modelos. En nuestro sistema se está viendo de introducir criterios d empresa privad en la gestión e incentivar la personal en función del logro de sus objetivos.
3. ANÁLISIS DE LA ORGANIZACIÓN SANITARIA EN ESPAÑA
3.1 Antecedentes históricos del Sistema Sanitario. Órganos encargados de la sanidad pública en España:
1908.- Instituto Nacional de Prevención (INP): hasta 1918 era de carácter voluntario, y a partir de 1918 obligatorio.
1942.- Seguro Obligatorio de Enfermedad: también voluntario. Era de cobertura fragmentada ya que no todo el mundo tenía derecho y también había por beneficencia. Estaba financiado por los trabajadores y la empresa.
1963.– Ley de Bases de la Seguridad Social: se amplia la cobertura a regímenes especiales (p.ej. autónomos y otras profesiones como artistas, deportistas). Es de carácter obligatorio, nace como un régimen mutualista financiado por cuotas obreras y patronales. Se basa en una red hospitalaria bastante desarrollada.
1978.-
- Descentralización del Sistema Sanitario: división del Estado el 17 Comunidades Autónomas que coincide con el establecimiento de la Constitución en la democracia instaurada como contexto político.
- Desaparece el Instituto Nacional de Previsión-INP, órgano encargado hasta entonces de la Sanidad pública española. Dando paso 4 nuevos organismos;
- INSALUD (Instituto Nacional de la Salud) : Gestor de los servicios sanitarios. Lo dirige el Ministerio de Sanidad y consumo.
- IMSERSO (Instituto de Migraciones y Servicio Sociales): Gestor de las prestaciones sociales: atención a la 3ª edad, recuperación de los minusválidos tanto físicos como psíquicos…Gestionan las pensiones no contributivas. Depende del Ministerio de Asuntos Sociales.
- INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): Gestor de las prestaciones económicas a lo asegurados por enfermedad, invalidez, paro, jubilación
- INEM (Instituto Nacional de Empleo): Responsable de buscar trabajo y formar a la población en paro del país.
Estos dos últimos organismos dependen del Ministerio de trabajo y Seguridad Social.
- Se celebra la conferencia de Alma-Ata donde se focalizan los servicios sanitarios hacia la Atención Primaria.
1986.-
- Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, 25 de Abril). En la promulgación de esta ley influye mucho la conferencia sobre Atención Primaria celebrada en Alma.Ata. Los expertos sanitarios se cuestionaban los sistemas de salud hasta entonces desarrollados y recomendó potenciar al asistencia primaria en detrimento de la hospitalaria.
- Se crea en España la Especialidad de Médico de Familia. (Estructura asistencial en 2 niveles: Primaria y especializada)
El marco legislativo Sanitario Español se completa en:
2002.- cuando se hace efectiva la transferencia del órgano gestor INSALUD-Instituto Nacional de Salud a todas las Comunidades Autónomas. Produciéndose la plena descentralización territorial propugnada en la Ley de Sanidad (1986).
2003.-
- Ley de Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud (Ley 16/2003) Busca la mejora de la calidad y la modernización del sistema sanitario, así como garantizar la igualdad de acceso a los servicios sanitarios de todos los españoles, con independencia de la comunidad autónoma de residencia.
Estos dos últimos hechos son los que van a marcar el desarrollo futuro del Sistema Nacional de Salud.
- En lo que respecta a la comunidad Valenciana nos regimos por la Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad Valenciana (Ley 3/2003, de 6 de Febrero).
3.2 Organigrama del Sistema Sanitario Español
El Real Decreto 840/2002 de 2 de agosto, que modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del ministerio de Sanidad y Consumo establece la desaparición del Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) y su adaptación en una entidad de menor dimensión, conservando la misma personalidad jurídica, económica, presupuestaria y patrimonial, la naturaleza de entidad gestora de la Seguridad Social y las funciones de gestión de los derechos y obligaciones del INSALUD, que pasa a denominarse Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
Culminado el proceso de transferencias a las Comunidades Autónomas, a este nuevo Instituto le corresponderá la gestión de los derechos y obligaciones del INSALUD, así como las prestaciones sanitarias en el ámbito de las ciudades de Ceuta y Melilla y realizar cuantas otras actividades sean necesarias para el normal funcionamiento de sus servicios, en el marco de lo dispuesto por la disposición transitoria tercera de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
3.3 Organigrama del sistema sanitario en la Comunidad Valenciana
Cada comunidad autónoma diseña la ordenación territorial de sus servicios sanitarios sin olvidar la integración del sistema autonómico en otro superior, el nacional.
Por tanto se crea un: Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud: órgano de cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas que tiene como finalidad promover la cohesión del SNS. Cuyo presidente es el Ministro de Salidad y está integrado por un representante de cada CCAA. (Conseller de Sanitat)
- Conselleria de Sanitat:
- Servicio de Salud Valenciano: SERVASA. Integrado por todos los centros y servicios de la comunidad así como los de las diputaciones provinciales ayuntamientos etc. Cada CCAA es responsable de la ordenación territorial y por tanto el Servicio de Salud de cada comunidad elabora el mapa sanitario.
- Áreas de Salud: El SERVASA divide al territorio de la comunidad en varias Área de Salud, que son las unidades geográficas y funcionales del sistema sanitario reformado. Cada Área de Salud es autónoma, por cuanto estudia las necesidades sanitarias de su población y establece los Planes de Salud.
Cada área cuenta con dos niveles asistenciales: la atención primaria (en centros de salud) y la atención especializada (en hospitales y centros de especialidades). Ha de haber al menos un Área de Salud por provincia, pero pueden ser más si cada Área comprende de 200.000 a 250.000 habitantes. En cada una existirá al menos un hospital general público o privado, vinculado al Sistema Nacional de Salud. La Comunidad Valenciana está organizada en 20 áreas de Salud.
Las áreas de Salud contarán con los siguientes órganos:
- De participación: El Consejo de Salud del Área. Es un órgano consultivo, participa en la gestión y está formado por representantes de la administración sanitaria, corporaciones locales y sindicatos.
- De dirección: El Consejo de Dirección de Área. Responsable de la gestión y marcar las directrices en política de Salud. Formado por representantes de la comunidad y de las corporaciones locales.
- De gestión: Gerente de Área. Responsable de la ejecución delas directrices tomadas por el Consejo de Dirección de Área como pueden ser ejecutar los Planes de Salud de área o hacer cumplir las normas establecidas por la Administración central…
- Zona básica de Salud: Para facilitar el trabajo del los profesionales sanitarios y mejorar la organización administrativa las áreas de salud se dividen en Zonas Básicas de Salud. Como en el caso de las Áreas de Salud es la comunidad autónoma la que decide los límites de sus Zonas Básicas de Salud. El tamaño de la Zona se modula según criterios demográficos, geográficos, de recursos sanitarios…Normalmente una Zona atiende entre 5.000 y 25.000 habitantes.
- Centros de Salud o Centro de Atención primaria es el centro integral de la atención de la Zona Básica de Salud, donde se encuentran los consultorios y los servicios asistenciales. Es una estructura física y funcional que permite el adecuado desarrollo de la atención primaria de salud por parte de los profesionales sanitarios y no sanitarios que en trabajan en él e integran el equipos de Atención Primaria.
- RECURSOS DE LOS SISTEMAS SANITARIOS
Comenzamos definiendo los recursos como el conjunto de medios disponibles a nuestro alcance necesarios para que funcione un sistema sanitario.
Los recursos los podemos clasificar en varios tipos:
- Recursos humanos.
- Recursos materiales.
- Recursos económicos o medios financieros.
- Recursos humanos: Se incluyen en este grupo todas las personas que prestan su servicio al sistema tanto profesionales sanitarios como no sanitarios, desde médicos, ATS, odontólogos, farmacéuticos, veterinarios hasta personal de limpieza y mantenimiento.
- Recursos materialesSe consideran todos los medios físicos y establecimientos destinados a la atención de la salud. En España disponemos de las siguientes redes sanitarias:
- Red del Servicio Nacional de Salud y sus equivalentes en las CCAA (SERVASA, para la comunidad Valenciana)
- Redes de las propias administraciones autonómcias, diputaciones y ayuntamientos.
- Servicios de Sanidad Militar (Hospital Gómez-Ulla de Madrid)
- Red de las agencias aseguradoras de los funcionarios de la administración del Estado: ISFAS, MUFACE, MUYEJU…
- Recursos extrahospitalarios: Casas de socorro, centros de planificación familiar, centros de Salud mental, etc.
- Redes de las aseguradoras privadas
- Recursos económicos o medios financieros: El gasto sanitario total será la suma del gasto sanitario público + gasto sanitario privado.
- El gasto público está financiado por:
- administraciones (70%)
- Centrales: Presupuestos Generales del Estado
- Autonómicas
- Locales
- Seguros Sociales + Mutualidades públicas de funcionarios (30%)
- administraciones (70%)
Dentro del gasto sanitario público, existen diferencias entre las distintas CCAA, siendo Navarra la que más gasta y Galicia la que menos.
- El gasto privado está financiado por:
- El propio individuo
- Instituciones privadas sin ánimo de lucro
- Aseguradoras privadas
- NORMATIVA DE SEGURIDAD E HIGIENE EN CENTROS E INSTITUCIONES SANITARIAS
Desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995) es de obligado cumplimiento establecer una normativa de seguridad e higiene en cualquier ámbito de trabajo.
Para estudiar las Normas de Seguridad e Higiene en el trabajo conviene definir los términos básicos en este campo:
- ACCIDENTE LABORAL: Es un incidente brusco, imprevisto que suele lesionar a uno o varios trabajadores. Las causas de este accidente laboral pueden ser de dos tipos:
- Causas esenciales: aquellas que dependen de:
- El propio trabajador: incompetencia, formación escasa…
- Las condiciones en que se lleva acabo el trabajo: deficiencia en las instalaciones, falta de organización de las tareas, falta de equipos de seguridad…
- Causas circunstanciales: son consecuencia de las esenciales:
- Incompetencia genera inseguridad, negligencia…
- Distribución inadecuada pude conducir a la inadecuada utilización de un equipo etc.
- Causas esenciales: aquellas que dependen de:
- ENFERMEDAD LABORAL o PROFESIONAL: son las padecidas por la acción continuada en el tiempo de agentes nocivos presentes en el medio laboral, de evolución lenta y progresiva que llevan al trabajador al incapacidad laboral o incluso la muerte.
En la práctica del trabajo se deben tener en cuenta ambos riesgos tanto el accidente como la enfermedad laboral.
La seguridad laboral va a ser una de las prioridades tanto de la empresa como del trabajador.
La prevención se organiza mediante la creación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales (P.P.R.L.), comenzando con un análisis de las condiciones de cada trabajo y a partir de las conclusiones que se saquen se actuará de forma general en cualquier tipo de trabajo a diferentes niveles:
- Eliminación o reducción de las fuentes productoras de agentes nocivos
- Sustitución o mejora de los procesos
- Sustitución o mejora de los equipos y medios de trabajo
- Protección personal de los trabajadores
Según al ley de Prevención de Riesgos laborales es el empresario quien tiene la responsabilidad de garantizar la seguridad y la salud de los trabajdores que tiene a su servicio y debe de hacerlo adoptando medidas y realizando las actividades que sean necesarias. Estas actividades se llevarán a cabo mediante la creación de un SERVICIO de PREVENCIÓN.
El servicio de prevención es el conjunto de personas y medios materales necesarios para llevar acabo las actividades preventivas que garanticen una protección adecuada de la seguridad y de la salud de los trabajadores.
En lo que respecta a la seguridad e higiene en los centros e instituciones sanitarias, la Ley General de Sanidad dice que: “los centros sanitarios a parte de realizar tareas de atención médico-quirúrgicas, tendrán que realizar funciones de promoción de Salud, prevención de enfermedades, así como desempeñar funciones de investigación y docencia” . Por tanto si las instituciones sanitarias que no controlasen la seguridad e higiene de sus usuarios, estarían yendo contra los principios de su existencia.
A nivel hospitalario, la preocupación y el control de la higiene y seguridad se inicia en nuestro país con la creación de la Medicina preventiva y Salud Laboral.
La asistencia sanitaria y en especial la práctica médica es una actividad de riesgo y con riesgo. Para disminuir en lo posible la producción de efectos no esperados o no deseados durante los procesos asistenciales hay que elevar el nivel de calidad de la asistencia sanitaria, tanto en el ámbito público como en el privado, proporcionando formación e información con guías útiles de seguridad e higiene para el personal de centros de salud y hospitales, así como otras informaciones de gran interés para los profesionales cuya función es atender a los enfermos.
Sería imposible dejar constancia de cada uno de los riesgos laborales a los que se pueden encontrar expuestos los profesionales sanitarios debido al amplio abanico de distintos profesionales (auxiliares, ATS, Facultativos…) y las distintas actividades que pueden desarrollar.
Citaremos sólo algunos ejemplos.
- Riesgos físicos:
- Ruido: Normativa sobre Protección de los trabajadores frente a Riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo.
- Radiaciones:
- Radiaciones electromagnéticas: Pantallas protectoras
- Radiaciones ionizantes: Reglamento de Protección sanitaria contra Radiaciones ionizantes
- Vibraciones
- Aspectos ergonómicos: Sobre todo en personal que levanta peso (auxiliares, celadores…)
- Riesgos químicos: Desinfectantes, Citostáticos etc.
- Riesgos biológicos: Tuberculosis, Sida, hepatitis
- Riesgos psíquicos: Salud mental y morbilidad psiquiátrica en el personal sanitario (estrés, trabajo a turnos, alcoholismo, drogadicción..)
- Agresiones al personal sanitario.
Frente a cualquiera de estos riesgos debe de existir un control y aplicar las correspondientes medidas de protección y medidas preventivas.
Será necesario de forma periódica practicar al personal sanitario exámenes apropiados con criterios de salud ocupacional.