Tipos de Seguros: Personales, de Daños, Patrimoniales y Multirriesgo


Tipos de Seguros

9.1 Seguros personales

Comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.

9.1.1 Seguro de vida

Es un contrato aleatorio, existe incertidumbre sobre cuándo se producirá el riesgo asegurado. Existen diversos tipos de seguros de vida según el riesgo que sea objeto de cobertura. Veamos cada uno de ellos:

  • Seguro de vida para caso de muerte: La entidad aseguradora pagará la prestación convenida al beneficiario cuando se produzca el fallecimiento del asegurado. Si en el fallecimiento no se hubiera designado al beneficiario de forma expresa, el capital formará parte del patrimonio del tomador por vía hereditaria.
  • Seguro de vida para caso de supervivencia: Son seguros de ahorro o de jubilación. Se basa en las primas que se van entregando a la entidad y que se devuelven con la rentabilidad correspondiente. Se distinguen entre:
    • Seguro de capital
    • Seguro de renta
  • Seguros mixtos: Son una mezcla de los dos anteriores, ya que cubren a la vez el fallecimiento y la supervivencia a una fecha determinada.

9.1.2 Seguro de accidente

Es un seguro que cubre el riesgo de sufrir una lesión corporal derivada de una causa violenta que produzca invalidez temporal o permanente o muerte.

9.1.3 Seguros de enfermedad y de asistencia sanitaria

El seguro de enfermedad tiene por objetivo la cobertura del riesgo de enfermedad del asegurado, garantizando el pago de una indemnización en caso de alteraciones de la salud certificadas por un médico.

El seguro de asistencia sanitaria pone a disposición del asegurado asistencia médica por medio de un cuadro médico y centros hospitalarios concertados.

9.2 Seguros de daños

Son aquellos en que el asegurador indemnizará al asegurado si, como consecuencia de un siniestro, sus bienes resultan perjudicados.

9.2.1 Seguros de incendios

Si el incendio se origina por caso fortuito, mala intención de extraños o negligencia del asegurado o de las personas de quienes responda civilmente.

9.2.2 Seguro contra el robo

El asegurador se obliga a indemnizar los daños derivados de la sustracción ilegítima por parte de terceros.

9.2.3 Seguros de transporte terrestre

El asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos por la ley, a indemnizar los daños materiales que puedan sufrir con ocasión o consecuencia del transporte las mercancías porteadoras.

9.2.4 Seguro obligatorio de vehículos

Todo propietario de vehículos a motor estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por la responsabilidad civil.

La Ley 21/2007 establece una serie de exclusiones de la cobertura del seguro obligatorio:

  • Los daños y perjuicios ocasionados por las lesiones o fallecimiento del conductor.
  • Los daños sufridos por el vehículo asegurado.
  • Los daños personales y materiales producidos por la circulación del vehículo.

El Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará por siniestros ocurridos cuando:

  • El vehículo causante sea desconocido o robado.
  • El vehículo causante no esté asegurado.
  • La aseguradora sea insolvente.

9.3 Seguros patrimoniales

Cubren los riesgos que puedan afectar al patrimonio de una persona y no a bienes concretos del mismo.

9.3.1 Seguro de responsabilidad civil

Cubre la responsabilidad civil, entendida como la obligación que tiene una persona de reparar los daños y perjuicios producidos a un tercero a consecuencia de una acción.

Algunos de estos seguros obligatorios están regulados por leyes específicas, son:

  • Seguro de responsabilidad civil por daños nucleares.
  • Seguro de responsabilidad civil del cazador.
  • Seguro de responsabilidad civil de embarcaciones de recreo.
  • Decenal de daños a la edificación.
  • Seguro de responsabilidad civil para perros.
  • Responsabilidad civil por daños causados por la contaminación de los hidrocarburos para combustibles de los buques.

9.3.2 Seguros de defensa jurídica

El asegurador se obliga a prestar al asegurado los servicios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro. Se excluyen de la cobertura el pago de multas y la indemnización de gastos originados por sanciones impuestas.

9.3.3 Seguros de lucro cesante

El asegurado se obliga a indemnizar al asegurado la pérdida del rendimiento económico que hubiera podido alcanzarse en un acto o actividad de no haberse producido el siniestro descrito en el contrato.

9.3.4 Seguro de caución

Es un contrato de garantía que otorga la compañía de seguros para cubrir una determinada suma de dinero frente al acreedor de esas obligaciones. En este seguro el tomador es siempre el deudor, el causante del siniestro.

Las tres partes que configuran el seguro de caución son:

  • Tomador del seguro o contratante.
  • Asegurado o beneficiario.
  • Asegurador.

9.4 Seguros combinados o multirriesgo

Son pólizas que incluyen coberturas de diferentes seguros: personales, de daños a los bienes, de responsabilidad civil. El motivo es que, en muchos casos, una persona o una empresa tenía que suscribir varias pólizas para asegurar un mismo riesgo.

Las más conocidas son:

  • Multirriesgo de hogar.
  • Multirriesgo de comunidades.
  • Multirriesgo de comercio.
  • Multirriesgo de oficinas.
  • Multirriesgo de embarcaciones.
  • Multirriesgo de colegios.
  • Multirriesgo de industrias.

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