Títulos Valores: Características, Requisitos y Garantías


Creación del Título Valor: Por ley, norma legal y por determinadas autoridades y órganos de control.

El Título Valor como Documento: Es un instrumento que tiene que estar sujeto a requisitos formales impuestos por la ley a fin de que pueda otorgar la certeza indispensable para promover la circulación.

Firma y Documento Oficial de Identidad

a) Suscripción del Título Valor: La ley hace indispensable la firma para la emisión, este es un acto declarativo de voluntad.

b) Firma Digital: Firma autógrafa en el título que puede ser sustituida por medios electrónicos, la firma electrónica responde a una lógica distinta a cuanto su elaboración.

c) Documento Oficial de Identidad: Es un aspecto vinculante con las firmas, es la identidad del obligado para efectos de evitar homonimia, debe contener nombre y número de DNI.

Efectos de las Firmas Inválidas y Nulas de los Títulos Valores

La falsedad o nulidad de alguna de las firmas ocasiona la invalidez total del título valor.

Alteración del Título Valor

Las firmas posteriores a la alteración tienen responsabilidad en los términos del texto alterado, y las firmas anteriores a la alteración tienen responsabilidad al texto original.

Título Valor Incompleto. Integración del Título Valor

Para que tenga validez el título valor tiene que reunir los requisitos por ley, si el título valor fue omitido en forma incompleta permitiéndose que pueda ser completado posteriormente.

Solidaridad Cambiaria, Responsabilidad Solidaria

Puede exigir a cualquiera o a todos a la vez el cumplimiento, individual o conjuntamente de forma acumulativa, sin tener que observar el orden en que se hubiese obligado.

Títulos Valores Representativos

La ley dispone que se le otorgue a su poseedor legítimo el derecho exclusivo a disponer los bienes que mencionen sin perjuicio de excepciones que señale la ley.

Gravámenes de los Títulos Valores

La ley destaca el carácter de bien inmueble de la cosa que corresponde al título valor, si este es así este puede ser objeto de derechos reales.

Título Cambiario Historia

Surge debido a las exigencias económicas, se da en la Edad Media, se origina la difusión del uso de la letra de cambio pues era necesario remitir sumas de dinero a lugares lejanos, como las comunicaciones eran difíciles habían peligros lo realizan mediante un pedazo de papel fácil de transportar y ocultar entregándose la suma de dinero a un cambista y este se obligaba a pagar a un tercero en un plazo que la persona designaba.

Requisitos Esenciales

a) Lugar de giro letra de cambio

b) Lugar donde cumplirá dicha obligación

c) Señalar varios lugares para fines de pago

d) Modo de expiración

e) Precisar el nombre del beneficiario

Formas de Señalar el Vencimiento de la Letra de Cambio

a) Fecha fija: se expresa en la propia letra de cambio

b) A la vista: al momento en que se presenta al girado

c) A cierto plazo de la fecha de su aceptación: depende de la fecha del título se presenta en la aceptación

d) A cierto plazo de la fecha de su giro: la fecha en el título que se emite

Formas del Vencimiento del Pagaré

A la vista y a la fecha fija

Facturas Conformadas

Tiene como finalidad la compra y venta de la mercadería son bienes fungibles que no están sujetos a cargas ni gravámenes se transmite por endoso.

Características de la Factura Conformada

  • Denominación
  • Lugar y fecha de la emisión
  • Nombre de quien lo emite
  • Domicilio del comprador
  • Nombre de quien lo entrega

Renovación

Se anula la anterior fecha y se pone una nueva. Nuevo título valor.

Prórroga

No se anula solo se amplía, se le adiciona. Mismo título valor.

Interés Compensatorio

Es cuando constituye la contraprestación por el uso del dinero o de cualquier otro bien.

Interés Moratorio

Tiene por finalidad indemnizar la mora en el pago.

Garantías del Título Valor

Garantías cambiarias y extra-cambiarias, dentro de la LGTV, no dentro de la LGTV.

1) Tipos de Garantías Personales

a) Garantías cambiarias

b) Garantías extra – cambiarias

c) Dentro de la LGTV

d) No dentro de la LGTV

Aval y Fianza

Tienen la obligación de garantizar la prestación de la obligación.

Aval

Declaración de voluntad unilateral.

Fianza

Negocio jurídico contractual.

2) Garantías Reales: Se usa en el C.C. son la hipoteca, anticresis, prenda.

3) Garantías Privilegiadas: Son la forma de cumplimiento de pago de manera anticipada.

Duración de la Garantía

El aval puede asumir la obligación de forma indefinida.

Subrogación del Aval

Se subroga en los derechos resultantes del título contra la persona a quien avaló y contra todos aquellos que estaban obligados a favor de este.

El Protesto

Es la forma, acto formal mediante el cual el fedatario deja constancia del incumplimiento de alguna obligación contenida en el T.V.

Función del Protesto

Probatoria: Es decir que se acredita que el obligado no cumpla con las obligaciones respectivas haciendo posible que el tenedor ejercite las acciones correspondientes.

Conservatoria: En cuanto sin ese acto se pierdan las acciones propias del T.V.

Título Valor que no están Sujetos a Protesto

Certificado bancario de moneda extranjera y nacional, carta de porte, acciones, obligaciones, certificados de embarque. No están sujetos a protesto.

División de los Protestos

Los sujetos a protesto notarial o judicial, los sujetos a protesto a formalidades sustitutorias del protesto, no sujetos a protesto.

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