1. TRÁMITES MERCANTILES
Se realizan en el REGISTRO MERCANTIL que depende del Ministerio de Justicia(Madrid). Si la empresa es un empresario individual (autónomo), no necesita realizar los trámites mercantiles ya que actúa en nombre propio, el único trámite es la inscripción en el Registro Mercantil y es un acto voluntario. Si la empresa es una sociedad si está obligada a realizar los trámites mercantiles para adquirir independencia respecto a sus socios y obtener capacidad legal para sus actos empresariales. CERTIFICACIÓN NEGATIVA DE NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. Hay que comprobar que no existe ninguna empresa con el mismo nombre o razón social ya registrada. Se realiza en el Registro Mercantil con una instancia donde se expresan 3 nombres enumerándolos por orden de preferencia. Caduca a los 3 meses. EMISIÓN DE UN INFORME SOBRE LAS APORTACIONES NO DINERARIAS. Si la sociedad es una SA y los socios deciden realizar aportaciones no dinerarias se solicita al Registro Mercantil el nombramiento de peritos independientes que emitan un informe sobre dichas aportaciones y así las valoren.ESCRITURA PÚBLICA ANTE NOTARIO. Los socios fundadores firman un acuerdo de constitución de la sociedad ante Notario .INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTILAntes de proceder a la inscripción en el Registro Mercantil se deben realizar algunos trámites fiscales (la declaración censal y el ITAJD) Se inscribe la copia original de la escritura de constitución. Cooperativas de la CCAA y las sociedades laborales en el Registro General de las Sociedades Laborales de la CCAA. LEGALIZACIÓN DE LOS LIBROS EN EL REGISTRO MERCANTIL. Hay que legalizar los siguientes libros: Libros contables:
libro diario, inventario y cuentas anuales.Libros sociales: libro de actas de los socios y libro de registro de socios o libro de acciones nominativas.Libro de registro de contratos: (solo para sociedades unipersonales) recoge los contratos entre la sociedad y el socio individual.
2.TRÁMITES FISCALES
.Estos trámites se realizan en la HACIENDA PÚBLICA. DECLARACIÓN CENSAL. AGENCIA ESTATAL DE HACIENDA PÚBLICA. En este modelo se solicita el alta de la empresa en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), se solicita el código de identificación fiscal (CIF) y las etiquetas, se elige el régimen de tributación del IRPF y del IVA y se declara el inicio de la actividad. IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (ITPAJD) (600) Se realiza en la Consejería de la Hacienda de la CCAA donde la empresa tenga su domicilio fiscal. La constitución de una sociedad es un hecho imponible por lo tanto debe tributar. El importe del impuesto es el 1% del capital social de la empresa. Después de realizar estos dos trámites fiscales (declaración censal y ITPAJD) la empresa está en condiciones de inscribirse en el Registro Mercantil. Las sociedades Cooperativas y las sociedades laborales están exentas del 99% de la cuota a ingresar. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Se realiza en el ayuntamiento donde la sociedad tenga el domicilio fiscal. Se realiza 10 días antes del inicio de la actividad. Se cumplimenta un impreso por actividad y centro de trabajo porque este impuesto grava la realización de una actividad empresarial o profesional con establecimiento o sin él. Algunos ayuntamientos eximen a las PYMES de su pago. DILIGENCIA DE LIBROS FISCALES. Solo para empresarios individuales. Existen una serie de libros que reflejan las operaciones empresariales y es obligatorio diligenciar en la AEAT. Estos libros dependen de la tributación del IRPF. En la estimación objetiva por índices o módulos: libro de ventas e ingresos o libro de facturas emitidas.
3.TRÁMITES SOCIALES
3.1. TRAMITES DE TRABAJO.Se realizan en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO. Se comunica a la Consejería de Trabajo de la CCAA donde tenga su domicilio fiscal, la apertura del centro de trabajo en los 30 días siguientes al inicio de la actividad.LEGALIZACIÓN DEL LIBRO DE VISITAS.Existe un libro para las visitas del inspector donde realizará las anotaciones oportunas..LEGALIZACIÓN DEL LIBRO DE MATRÍCULA. Existe un libro que recoge los datos de los trabajadores por cuenta ajena, sus datos personales, la fecha de alta, de modificación del contrato, de bajo, la categoría…. Este libro se legaliza a través de la Inspección de Trabajo. COMUNICACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO ESCRITOS. En los 10 días siguientes a su formalización se le comunicarán al INEM los contratos formalizados por escrito.CALENDARIO LABORAL. TRAMITES DE SEGURIDAD SOCIAL. Se realizan en la Tesorería General de la Seguridad Social. INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA EN LA SEGURIDAD SOCIAL Se abre una cuenta de cotización y se obtiene el número con el que la empresa trabajará con la Seguridad Social. ELECCIÓN DE LA ENTIDAD QUE ASUME LOS ACCIDENTES LABORALES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. La empresa debe elegir la entidad que asumirá los accidentes laborales y las enfermedades profesionales. Puede elegir una entidad privada o mutua patronal o la Seguridad Social. ALTA EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS. Los socios autónomos deben inscribirse en la Seguridad Social como tal. AFILIACIÓN Y ALTA DE LOS TRABAJADORES EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Los trabajadores por cuenta ajena deben darse de alta en la empresa tonel modelo TA2. Si el trabajador nunca ha trabajado se le asignará un número definitivo con el modelo TÁ1.
4. TRÁMITES LOCALES
Se realizan en el AYUNTAMIENTO. LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA. Todos los establecimientos que realicen actividades económicas necesitan una licencia municipal para poder abrir. El ayuntamiento revisará que cumple todos los requisitos para su apertura. Deben incluir un proyecto de impacto medioambiental en las actividades recogidas en la ley de medio ambiente de Murcia. LICENCIA DE OBRAS. Si la empresa va a realizar obras, estas necesitan ser aprobadas y cumplir el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del Ayuntamiento. Obras menores. No alteran la estructura del edificio. Obras mayores o calificadas. Alteran la estructura del edificio