¿Cuáles son las claves sociales, económicas y políticas que condicionan los avances en acción social?
Los cambios que sucedieron en el tránsito del siglo XVIII al XIX fueron transformando paulatinamente los problemas sociales en cuestiones de naturaleza pública y de responsabilidad política. Las viejas concepciones sobre la responsabilidad eclesiástica y la beneficencia privada entraron en decadencia. Por esto, las claves sociales, económicas y políticas que condicionaron los avances sociales en esta época fueron dos: la Revolución Industrial y las Revoluciones Democráticas (Revolución Francesa y Revolución Americana).
La Revolución Industrial y su impacto en la acción social
La aparición de la sociedad industrial impulsa el intervencionismo público porque la miseria y la pobreza se agravan con la industrialización. Por lo tanto, la Revolución Industrial constituye uno de los acontecimientos más importantes de la historia de la humanidad. Supone una profunda transformación de las condiciones de vida y del trabajo. Además, esta nueva situación social afecta por primera vez a sectores hasta entonces alejados de la miseria y de la pobreza.
La diversificación de las procedencias de los afectados por las nuevas condiciones económicas (antiguos artesanos y pequeños propietarios agrícolas empujados a trabajar como obreros en las fábricas), hará todavía más alarmante el alcance de los nuevos problemas sociales.
Otro efecto originado por la industrialización fue la visibilidad y concentración de la pobreza, pues ésta se concentró en los suburbios de las ciudades, en las proximidades de las fábricas.
El volumen del problema era que la concentración de grandes masas de población en las mismas condiciones de miseria podía suponer un riesgo para la estabilidad política. La nueva burguesía que estaba en el poder, veía la concentración del proletariado en los suburbios como una amenaza potencial a su recién estrenado poder. Ahí es donde se encontrarían las raíces de los servicios sociales, el inicio de las medidas legales para paliar los problemas sociales, y así contener a los ciudadanos para que no se rebelaran contra el nuevo estado.
La Revolución Democrática y la transformación de la beneficencia
Otro hecho fue la Revolución Democrática que, con la aparición de los partidos políticos de masas y los movimientos sindicales, unido a la consideración del pobre como ciudadano, favoreció que los problemas sociales fueran considerados asuntos del Estado, es decir, públicos.
El liberalismo y la transición hacia la beneficencia pública
¿Cuál fue el hecho decisivo proporcionado por el liberalismo y en qué se materializó?
Con la Revolución Democrática, la definición social de la pobreza y de los problemas sociales se modificó, superponiéndose con los de la Revolución Industrial. La principal consecuencia de la Revolución Democrática fue transformar la naturaleza de la vida política.
La vida política de las sociedades deja de ser asunto de minorías (aristocracia, nobleza, reyes) para ir convirtiéndose, poco a poco, en asunto de masas, de toda la colectividad, es decir, de obreros y pobres también. El protagonismo de las nuevas clases va a alterar la dinámica política, situando los problemas sociales en una posición dominante. Aparecen los partidos políticos de masas que, influyendo en la vida política, se hacen portavoces de las necesidades de los grupos y sectores sociales marginados, impulsando también reivindicaciones para que se adopten medidas a favor de los obreros y de los pobres.
También aparecen los movimientos sindicales, vinculados a la clase obrera y a la reivindicación de soluciones a los problemas sociales de la clase obrera.
De los propios principios revolucionarios (libertad, igualdad y fraternidad) surge la consideración del pobre como ciudadano. Sus necesidades no son asuntos meramente privados, sino que al Estado le corresponde adoptar una función protectora ante ellos.
Por lo tanto, la concepción de la persona como ciudadano conlleva la superación de la fase de beneficencia pública y el nacimiento de la asistencia social, y más adelante de los servicios sociales.
La Ley de Beneficencia de 1822 y el sistema público de beneficencia
¿Cuáles son sus rasgos más importantes?
La Ley de Beneficencia de 1822 constituye una pieza clave en la política asistencial, al tratarse del primer plan organizativo de la beneficencia pública en España. Con esta ley, se ponían todos los fondos disponibles para la beneficencia bajo la autoridad municipal (los ayuntamientos), pero, a la vez, crea Juntas municipales de beneficencia como auxiliares del respectivo Ayuntamiento.
Cada una de estas juntas municipales estará compuesta por:
- El Alcalde, que la presidirá.
- Un regidor del Ayuntamiento.
- El párroco más antiguo.
- Cuatro vecinos ilustrados y caritativos.
- Un médico y un cirujano.
Su misión era cuidar de la colecta de limosnas, de la hospitalidad y socorros domiciliarios, de recoger a los desamparados, etc. La presencia de clérigos en las Juntas es simbólica, ya que lo que se intenta es atenuar la ruptura de la beneficencia con la Iglesia (se relega a la Iglesia y se intenta romper con ella).
Esta ley de 1822 se asienta en el principio de fomentar la beneficencia domiciliaria. Este tipo de “socorros” pueden ser económicos, de materiales para el trabajo a domicilio o alimentos. Este tipo de “hospitalización domiciliaria” se trata de la asistencia de enfermeros a domicilio, que semanalmente tendrán que dar cuenta a la Junta.
La Ley de 1822 regula tres tipos de establecimientos de beneficencia:
- Las casas de maternidad: que servían de refugio para mujeres embarazadas, para la lactancia de los niños y para educar a éstos hasta los seis años.
- Las casas de socorro: cuyo objeto era acoger a los huérfanos desamparados, a los niños de las casas de maternidad que tuvieran más de seis años y a los impedidos. Estas casas de socorro se constituyen en centros de trabajo y de estudio, como fábricas y talleres.
- La Hospitalidad Pública: a estos hospitales se les considera subsidiarios, pues acuden a éstos las personas que no pueden disfrutar de la asistencia domiciliaria. Se ordena la existencia de hospitales en todas las capitales de provincia.